La propuesta persigue reducir la alta siniestralidad de esta vía. El
Ministro de Fomento ha argumentado que una medida similar se puso en
marcha en Cataluña, en la AP-2, y se logró
reducir en un 75% la siniestralidad en esa vía.
Comunicado del Departamento de Mercancías del CNTC en relación con la norma foral de los peajes para camiones en la A-15 y N-1
Tras haber presentado un recurso contencioso administrativo contra la citada Norma Foral, que pretende implantar en diciembre de 2017 un nuevo peaje a los vehículos de transporte de mercancías de más de 3,5 toneladas de MMA, el Comité Nacional del Transporte por Carretera ha acordado
por unanimidad que, a partir del mes de septiembre, y previa
coordinación con las organizaciones de transporte de Gipuzkoa, se
adoptarán las medidas de movilización que se estimen necesarias para
manifestar su oposición frontal a dichos peajes.
Prueba piloto e-CMR: Prueba superada con éxito
El nuevo e-CMR recoge la información del camión y su carga, por lo que
se obtiene la completa trazabilidad del proceso de transporte. Este
sistema fue recientemente presentado por ASTIC al Ministerio de Fomento. Este experimiento piloto, a través de la aplicación Transfollow, va a durar 6 meses. La pretensión de sus impulsores es expandirlo a otros países, entre ellos, el Beneluxm a finales de 2017.Más información (nota de prensa de IRU en inglés).
DEV (Dirección Electrónica Vial): cada vez más ventajas
Desde hace seis años, la DEV (Dirección Electrónica Vial) es obligatoria para las personas jurídicas (empresas) y continúa siendo
voluntaria para las personas físicas (particulares). Pero, aun siendo
voluntaria, la DEV tiene muchas ventajas. Eso sí, mientras esté dado de
alta en la DEV solo recibirá las notificaciones a través de correo
electrónico y no en papel por vía postal.La primera es la de estar
informado de cualquier notificación o comunicación que, por una
infracción de tráfico, pudiera producirse. Y, así, poder alegar o
recurrir o pagar (si es que se está de acuerdo) e, incluso, acogerse a
los descuentos por pago inmediato. Esta es una ventaja importante ya que
una buena parte de las notificaciones por infracciones de tráfico son
notificadas por las administraciones públicas con competencia en materia
de tráfico, que pueden utilizar para la notificación sus boletines
oficiales (autonómicos, locales o provinciales) a los que no siempre es
fácil acceder y, por desconocer la sanción, ésta pasa a fase ejecutiva
con los consiguientes recargos.La segunda ventaja es no tener que
estar pendiente de la llegada de un aviso a notificación al buzón postal
y tener que acudir, posteriormente, a la oficina de correos para
recoger la misma.Una tercera ventaja es que se trata de una acción
reversible. En cualquier momento, la persona física puede darse de baja
de la Dirección Electrónica Vial (DEV) y volver al sistema de
notificaciones habituales, en papel y mediante correo postal. O, con
igual facilidad, cambiar el correo electrónico de recepción cuando se
produzca una modificación.
Así se notifican a través de la DEV La
notificación de una propuesta de sanción por haber cometido una
infracción a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV) no representa
ningún cambio especial respecto a la notificación por vía postal.
Así,
el ciudadano particular dado de alta en la DEV recibe en su correo
electrónico un aviso con la notificación. Hasta que no entra en su buzón
y abre el aviso, no se produce la notificación por la infracción. A
partir de ahí, el ciudadano tiene 10 días para rechazar, abrir o no
hacer nada con este aviso.
Si lo abre o lo rechaza, se entiende
como notificado y se continúa el procedimiento, con lo que el interesado
dispone de 20 días para alegar o para pagar (si está de acuerdo)
Si no hace nada, se entiende como notificado desde el día 11 tras el envío del aviso y continúa el procedimiento.
Real Decreto que fomenta la reutilización de piezas, materiales y componentes procedentes de los automóviles cuando son achatarrados
El Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de
su vida útil, publicado en el BOE del pasado 21 de enero, persigue
reducir «al máximo» las repercusiones sobre el medio ambiente de los
residuos que generan los vehículos al final de su vida útil, así como
asegurar una mejor recuperación de los materiales. Con la entrada en vigor de este nuevo Real Decreto, queda derogado el Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.
Adaptación a la Ley de Residuos
Mediante este nuevo Real Decreto se adapta la regulación de los
vehículos al final de su vida útil a la Ley de Residuos y Suelos
Contaminados, en especial a aspectos como incluir la «preparación para
la reutilización», que comprende las operaciones de comprobación,
limpieza o reparación mediante las cuales los componentes de los
vehículos que se hayan convertido en residuos se preparan para que
puedan reutilizarse.
Igualmente, se establecen las previsiones relativas a la
responsabilidad ampliada del productor del vehículo, contempladas en la
Ley de Residuos, para dar cumplimiento a las obligaciones de los
fabricantes e importadores de organizar la recogida y gestión de los
vehículos al final de su vida útil y, cuando resulte necesario, la
financiación de esa recogida y del tratamiento de los residuos generados
por ellos.
El Real Decreto introduce también, por primera vez, objetivos
específicos con porcentajes de preparación para la reutilización, con lo
que se fomenta la economía circular.
Para fomentar la reutilización, además, el Real Decreto establece un
proceso que obliga a que todos los vehículos al final de su vida útil se
traten, primero, en un Centro Autorizado de Transformación, donde se
descontaminan y se separan las piezas que pueden ser reutilizadas.
Además, el establecimiento de objetivos mínimos de preparación para la
reutilización otorga instrumentos a las Administraciones públicas para
conocer la cantidad de piezas que se comercializan en el mercado de
segunda mano.
Por otra parte, la clarificación de la cadena de tratamiento del vehículo permitirá combatir más eficazmente el desguace ilegal.
Mejora de la información
Los productores de vehículos deben presentar, asimismo, un informe
anual sobre la puesta en el mercado de vehículos y los residuos
generados, recogidos y tratados procedentes de estos vehículos.
Además, los gestores de residuos que realicen operaciones de
tratamiento de vehículos al final de su vida útil presentarán una
memoria anual relativa a todos los residuos que gestionen.
Francia necesitará para 2019 entre 17.800 y 21.700 conductores de transporte de mercancías
Así se afirma en el informe de 2016 del Observatorio del Transporte y la
Logística del gobierno francés, que la asociación FNTR resume en su
página web, además de recopilar el estudio completo al que puede acceder
pinchando aquí.
La mitad de los conductores franceses dedicados al transporte de
mercancías tienen actualmente más de 45 años, frente al 36% que
superaban esta edad en 2005. Además, el número de asalariados menores de
30 años ha pasado de representar el 30% del total en 2005 a suponer el
23% diez años después.
NOVEDADES sobre el registro de vehículos para el pago de la viñeta obligatoria en París desde el 16/01/2017
ASTIC nos remite la siguiente información recabada de la asociación francesa AFTRI:Registro de vehículos extranjeros:El módulo de registro para los vehículos extranjeros debería haber estado disponible antes del 16 de enero, pero lo estará el próximo 1 de febrero.Cuando el módulo esté operativo, se deberá escanear el certificado de matriculación (permiso de circulación y ficha técnica) para evitar fraudes.En las 24 horas siguientes al registro se emitirá una factura y un recibo. A partir de ese momento, la viñeta se enviará por correo a portes debidos.Controles y sanciones:Si el módulo de registro no estuviera operativo antes del 16 de enero, como es el caso, no se podrán realizar controles de vehículos extranjeros por falta de viñeta.Los controladores, principalmente funcionarios de la prefectura de París, serán informados de esta circunstancia.Si la viñeta se ha solicitado, pero todavía no se ha recibido, los vehículos deberán llevar, en un lugar visible bajo el parabrisas, el recibo de la solicitud que habrá recibido por internet.Aunque no se sancionará por la ausencia de viñeta en caso de que no esté disponible la página web, sí se podrá comprobar, a través de la documentación del vehículo, si éste cumple con los requisitos de emisión obligatorios (euro 5 o superior, y hasta el 30 de junio euro 4).Los controles intensivos para la viñeta se realizarán algunas semanas después de la disponibilidad del módulo de registro para dar tiempo a los operadores a proveerse de la viñeta.
Etiquetas o distintivos ambientales
Algo que a
futuro significará el uso de medidas discriminatorias basadas en la
lectura de la etiquetas. El etiquetado de emisiones se divide en 4
clases de menor a mayor nivel de emisiones: 0 emisiones, ECO, C y B.
Esta simple identificación será suficiente para conocer el grado de
contaminación del vehículo, pero además esa pegatina reúne un importante
nivel de información en relación al vehículo, información que hoy
pretendemos que conozcas de primera mano para sacar toda la utilidad a
esta etiqueta.
¿Qué etiqueta de emisiones llevará mi coche según la DGT?
Etiqueta 0 emisiones: Ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y
motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas
y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de
Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo
eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido
enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos
de pila de combustible.
Etiqueta ECO: Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8
plazas y vehículos de transporte de mercancíasclasificados en el
Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía
<40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados
por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o
gas licuado del petróleo (GLP).
Etiqueta C: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a
partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014.Vehículos de más de 8
plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel,
matriculados a partir de 2014.Por tanto, los de gasolina deben cumplir
la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6.
Etiqueta B: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a
partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de
2006.Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de
gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.Por tanto, los de
gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.
Más información.
Reino Unido estudia una tasa a las empresas que contraten a europeos
La medida, ha sido anticipada por el secretario de Estado de
Inmigración, Robert Goodwill, en su testimonio ante la Cámara de los
Lores. Según reveló Goodwill, el así llamado immigration skills levy
para penalizar la contratación de trabajadores europeos cumpliría la
triple finalidad de reducir el número de inmigrantes en el Reino Unido,
de dar un trato preferencial a los trabajadores británicos y de
financiar al mismo tiempo los cursillos de aprendizaje para tres
millones de jóvenes de aquí al 2020.
La cotización a tiempo parcial para autónomos, en suspenso de nuevo
Según la información publicada por la Federación de Autónomos ATA en su página web, «Seguridad Social ya nos ha comunicado que iniciará conversaciones con los
representantes de los autónomos para estudiar fórmulas de cotización a
tiempo parcial para los autónomos pero que tendrán que ir paralelas a
los trabajos de la subcomisión creada en el Congreso de los Diputados y
que tiene, entre otros objetivos, este análisis de la cotización a
tiempo parcial para los autónomos».La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 aplazaba la entrada en vigor de la posibilidad de ejercer a tiempo parcial la actividad autónoma hasta 1 de enero de 2017. Sin embargo, a pesar de que las modificaciones realizadas en su momento en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, para el efectivo desarrollo de esta posibilidad será necesaria la implantación de las siguientes reglas específicas que están aún por desarrollar:
establecimiento de condiciones reglamentaria para la inclusión en el RETA de los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial;
establecimiento de un sistema de cotización a tiempo parcial para los trabajadores autónomos, por actividades o colectivos o durante determinados periodos de su vida laboral;
establecimiento de determinadas reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social a quienes ejerzan su actividad a tiempo parcial, en análogas condiciones a las de un trabajador por cuenta ajena contratado a tiempo parcial.