Se ha publicado en el BOE de 19 de octubre la Resolución de 6 de octubre de 2011 por la que se publica la nueva relación de teléfonos para la notificación de las emergencias producidas en este tipo de transporte.Teléfonos actualizados a 19/10/2011.
Exigencias de documentación a las empresas subcontratadas
La norma no prevé el modo en que la empresa contratante debe cerciorarse de la afiliación en la Seguridad Social de los trabajadores de la empresa contratada si solicitando a la empresa subcontratada los justificantes de alta en la afiliación o a la Seguridad Social la certificación correspondiente. Tampoco se establece ninguna periodicidad.El artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores establece la obligación de las empresas que contratan o subcontratan con otros que desarrollan la misma actividad de solicitar a la Seguridad Social certificación de estar al corriente de pagos de la empresa subcontratada.
Ecoviñeta obligatoria en Dinamarca
Se entregará la viñeta en función de la norma euro del vehículo o dependiendo de si el vehículo está equipado o no con un filtro de partículas.La ecoviñeta se puede solicitar on-line a la empresa danesa de control técnico a través del siguiente enlace donde también se puede conocer el detalle de las zonas afectadas.Para realizar una solicitud on-line, será necesario aportar:
Una copia electrónica de la tarjeta gris del vehículo.
Una copia electrónica que justifique el montaje de un filtro de partículas (en caso de ser necesario).
Información general sobre el vehículo.
Igualmente, se podrán realizar solicitudes por escrito a la siguiente dirección:Applus+ Danmark A/SKorsdalsvej 111DK-2610 RoedovreDinamarca
Nuevo bloque de medidas para la reducción de las cargas administrativas a las empresas
IMPULSO A LA ACTIVIDAD EMPRESARIALAlgunas iniciativas, de carácter transversal, suponen un impulso a la actividad empresarial en general, entre otras:
Programas ICO: facilitar el acceso electrónico de pymes y autónomos a los programas del Instituto de Crédito Oficial de cada año a través de la web de este organismo (www.icodirecto.es), sin necesidad de desplazamientos ni de aportar documentación física en papel.
Agencia Tributaria: Las empresas dispondrán de hasta treinta días a su elección para no recibir notificaciones tributarias. Esto resuelve los posibles problemas que se pueden plantear cuando los destinatarios están ausentes, por ejemplo en vacaciones.
SIMPLIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOSOtras actuaciones simplifican los procedimientos que tienen que afrontar las empresas de sectores determinados:Productos fitosanitarios: medidas de agilización y racionalización del procedimiento de autorización y registro de productos fitosanitarios, estableciendo plazos máximos que reduzcan el tiempo de espera.
Reducción de cargas en los sectores de seguros y comercio exterior, entre otros.ELIMINACIÓN DE TRABAS A LOS CIUDADANOSHay, igualmente, propuestas que van dirigidas a eliminar las trabas burocráticas que afectan a los ciudadanos:
Deudas con la Agencia Tributaria: se permitirá realizar el pago, mediante adeudo en cuenta y por vía telefónica, de deudas cuya gestión recaudatoria corresponde a esta Agencia. Hasta ahora ya era posible realizar este trámite a través de internet.
Declaración de la Renta. Se eliminan rigideces normativas, de forma que en cada campaña de la Renta se pueda ampliar el número de contribuyentes que pueden recibir el borrador de su declaración. Igualmente, se establecen medidas para simplificar la resolución de errores o incoherencias en las autoliquidaciones presentadas por los contribuyentes.
El carril reversible de retorno de la A-8 iniciará sus pruebas el próximo día 25
El siguiente fin de semana se volverá a repetir la experiencia, el viernes 30 de septiembre y el domingo 2 de octubre, y, aunque estaba previsto sólo en septiembre, también se aplicará con ocasión del puente de Todos los Santos, siempre sujeto a las condiciones meteorológicas.
Neumáticos de invierno en la República Checa
Todos los ejes motor de los autocares y camiones de más de 3.5 T. El perfil mínimo es de 6mm., y los neumáticos deben llevar las indicaciones M+S, M.S. ó M&S.
Todas las ruedas de los vehículos de 3.5 T. o menos. El perfil mínimo es de 4mm., y los neumáticos deben llevar las indicaciones M+S, M.S. ó M&S.
Está prohibido el uso de neumáticos con clavos.
La entrada del nuevo año no traerá consigo el cobro a los camiones de un peaje en Etxegarate
Además, las variantes de Zarautz e Irun sufrirán un parón técnico de 3 meses.Así lo anunció el pasado miércoles la portavoz del nuevo Gobierno foral, Larraitz Ugarte, a su vez Diputada de Movilidad e Infraestructuras Viarias, tras la celebración del primer Consejo de Diputados. En su comparecencia anunció que no se va a respetar el calendario de fechas marcado por el anterior ejecutivo en relación con el peaje al no disponer de tiempo para analizar la situación y tomar decisiones. Añadió, no obstante, que si bien en principio el gobierno mantiene su postura en contra de financiar las carreteras mediante peajes, se estudiarán otras fórmulas llevadas a cabo en otros países europeos para financiar la deuda acumulada por el anterior gobierno. Explicó que debido a esta deuda, varias infraestructuras van a sufrir un parón en su ejecución, citando las variantes de Zarautz y de Irun como perjudicadas en dicho retraso.
La Supersur o Variante Sur Metropolitana (VSM) de Bilbao entrará en servicio el sábado
Los días 10, 11, 12 y 13 de septiembre estará abierta en periodo de pruebas y de forma gratuita. A partir de las 06:00 horas miércoles día 14 se cobrarán los peajes establecidos (5,98 euros para los camiones pesados de categoría 1 y 6,74 euros para los de categoría 2, tanto en días laborales como en sábados y festivos). Peajes PESADOS I y II.
El 1 de enero de 2012 subirán los impuestos al gasóleo aunque se espera mantener el gasóleo profesional
El mensaje del Director fue tranquilizador respecto a la postura de España de oposición a la supresión del gasóleo profesional, si bien anunció que existe un compromiso de España con la Comisión Europea de que las CCAA pueden opcionalmente incorporar impuestos minoristas en la tasación de hidrocarburos y esta medida podría establecerse a nivel nacional por medio de medidas legislativas.
En opinión del Director, la nueva Propuesta de Directiva no tiene muchos visos de prosperar o al menos cree que en caso de que se llegase a adoptar no se haría en los términos que actualmente se contemplan, al contar con la oposición de Francia, Alemania y Bélgica.
No obstante, confirmó que, de acuerdo con el artículo 18 de la Directiva 96/2003 actualmente en vigor, a partir del 1 de enero de 2012 finalizará el periodo transitorio otorgado a España para que los impuestos sobre el gasóleo permitan la devolución de 2,9 céntimos de euros por litro, lo que ha venido siendo denominado gasóleo profesional. A partir de esa fecha los márgenes para esa devolución se reducirán a 0,1 céntimo de euro por litro.
Francia: 44 Tn. de MMA para los productos agrícolas y agroalimentarios
Mediante Decreto del 17 de enero, publicado en el JO de 18 de enero pasado, se elevó a 44Tn. la MMA autorizada para circular en Francia de los vehículos que realicen transportes de las siguientes características:
A partir del 18/01/2011 podrán tener 44 toneladas de MMA los vehículos que realizan transporte de productos agrícolas y agroalimentarios (ver relación).
A partir de la fecha de aplicación de la ecotasa (probablemente a lo largo del año 2013) la medida se aplicará al transporte de todo tipo de mercancías.
Número de ejesLos conjuntos de vehículos podrán circular con 5 ejes y 44 toneladas hasta el 31/12/2018, siempre que su primera matriculación sea anterior al 01/01/2014.Los vehículos cuya primera matriculación sea posterior al 01/01/2014 podrán circular con 44 toneladas si disponen de 6 ejes.A partir del 01/01/2019 ningún vehículo de menos de 6 ejes podrá circular con 44 toneladas.Antigüedad del tractor(Con fecha 07/07/2011 se publicó un Decreto que retrasaba las fechas límite 3 años, en rojo las fechas modificadas)Se autoriza la circulación con 44 toneladas, a partir del 07/08/2011 hasta el 30/09/2014 a todos los conjuntos de vehículos, cuyo tractor haya sido puesto en circulación a partir del 01/10/2001.Desde el 01/10/2014 hasta el 30/9/2017 sólo podrán ir con 44 toneladas los conjuntos de vehículos cuyo tractor haya sido puesto en circulación después del 1/10/2006.A partir del 01/010/2017 sólo podrán pesar 44 toneladas los conjuntos de vehículos cuyo tractor haya sido puesto en circulación a partir del 01/10/2009.Remolques y semirremolquesLos remolques o semirremolques que circulen con más de 40 toneladas no podrán utilizar adrales o sujeciones laterales de la carga abatibles.ItinerariosMediante decreto de los prefectos se podrán fijar los itinerarios en los que esté autorizada la circulación con más de 40 toneladas o aquellos en los que esté prohibida. Transporte combinadoEstas reglas no se aplican a los vehículos que realizan transportes combinados.Lista de productos agrícolas o agroalimentarios afectados:- Animales vivos- Carnes y despojos comestibles.- Pescados y crustáceos, moluscos y otros invertebrados acuáticos.- Leche y productos lácticos, huevos de ave, miel natural, productos comestibles de origen animal no indicados ni incluidos en otros apartados.- Otros productos de origen animal, no indicados ni incluidos en otros apartados.- Plantas vivas y productos de floricultura.- Verduras, plantas, raíces y tubérculos alimentarios.- Frutos comestibles, cáscaras de cítricos o melones.- Café, té, mate y especias.- Cereales.- Productos derivados de harinas, malta, almidones, féculas, inulina, o gluten de trigo.- Granos y frutos oleaginosos, pepitas, semillas y frutos diversos, plantas de uso industrial o medicinal, pajas y forrajes.- Gomas, resinas y otros jugos y extractos vegetales.- Material para trenzar y otros productos de origen vegetal, no incluidos en otros apartados.- Grasas y aceites animales o vegetales, productos de su disociación, grasas alimentarias elaboradas, ceras de origen animal o vegetal.- Preparados de carnes, pescados, crustáceos, moluscos u otros invertebrados acuáticos.- Azúcar y derivados.- Cacao y sus preparados.- Preparados a base de cereales, harinas, almidones, féculas o leche, repostería.- Preparados de verduras, frutos u otras partes de plantas.- Preparados alimentarios diversos.- Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagres.- Residuos y desechos de las industrias alimentarias, alimentos para animales.