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Enmiendas al Convenio TIR, adoptadas en Ginebra el 12 de octubre de 2017

Con arreglo al procedimiento de enmienda previsto en su artículo 59, el texto principal del Convenio TIR, queda enmendado como sigue:

Artículo 1, letra q), después de «autoridades aduaneras», se inserta «u otras autoridades competentes».
Artículo 11, apartado 3, se sustituye «tres meses» por «un mes».
Artículo 38, apartado 1, el texto actual se sustituye por el texto siguiente:

«Cada Parte Contratante tendrá derecho a excluir, temporal o definitivamente, de la aplicación del presente Convenio a toda persona culpable de infracción grave o reiterada de las leyes o reglamentos aduaneros aplicables al transporte internacional de mercancías. Las condiciones en las que la infracción de las leyes o reglamentos aduaneros se considerará grave serán decididas por la Parte Contratante.»

El Gobierno Vasco transfiere a la Diputación Foral de Álava el último tramo pendiente de la A-1 entre Burgos y Armiñon

Será a partir del próximo 1 de abril, fecha en la que se publicará el decreto
firmado hoy en el BOPV y el BOTHA, cuando este tramo de 6 km de carretera pasará a manos de la Diputación Foral de Araba quien completa, así,
definitivamente, todas las funciones y potestades en materia de
planificación, financiación, proyecto, construcción, conservación,
modificación, uso y explotación de la A-1 a su paso por todo el
Territorio Histórico. El Gobierno Vasco recibió esta transferencia del Gobierno español el
pasado mes de noviembre con el compromiso, además, de que el Gobierno
español asumía las obras necesarias para calmar el tráfico, refuerzo de
señalización, balizamiento, demoler la playa de peaje así como la
ampliación de la capacidad de los ramales en la conexión con la
provincia de Burgos. Compromiso que desde esa fecha se está, ya,
materializando.

El CNTC apoya la denuncia impulsada por ATFRIE de prohibir el intercambio de palés de madera

Así, en su reunión correspondiente al mes de marzo, ha acordado
remitir un escrito a la Subdirección General de Promoción de la
Seguridad Alimentaria de la Agencia española de Consumo, Seguridad
Alimentaria y Nutrición, denunciando también la situación que se da en
la actualidad y poniendo de manifiesto su temor a que en cualquier
momento se pueda producir una contaminación cruzada de alimentos debido a
que la madera es un elemento absorbente que pude contaminarse con
facilidad.

Han recordado la crisis del pepino que se vivió hace unos años en Alemania de nefastas consecuencias, y no quisieran desde el Comité que, a costa de ello, se criminalizara a los transportistas que son las víctimas de este  sistema de intercambio de euro-palés, obligándoles a ellos a ejercer las labores de lavado, desinfección, mantenimiento y conservación adecuada, sino que tendría que hacerse por quienes disfrutan de su uso, que no son otros que los cargadores y distribuidores.

Desde el CNTC se propone la prohibición inmediata del intercambio de palés, toda vez que existe en el mercado empresas cuyo fin y su negocio es poner en disposición de las empresas cargadoras soportes efectivamente tratados. Asimismo, propone que se prohíba el transporte de los soportes de madera en paleteras ubicadas en los bajos de los remolques y semirremolques.

Prohibición del descanso en cabina: No pero sí

Esta política de actuación entra claramente en contradicción con la información facilitada
desde la propia Administración en el sentido de que el control de estos
descansos se realizaría «in situ», es decir, comprobando si durante la
realización de estos descansos normales el conductor se encontraba a
bordo del vehículo, y que en ningún caso se exigirían justificantes
referidos al lugar donde se realizaran los descansos.A la vista de lo anterior, si ha sido sancionado por realizar este tipo de descanso en cabina referido a un período de descanso anterior al control, háganoslo saber para ponerlo en conocimiento del Departamento Jurídico de GUITRANS para presentar el correspondiente recurso mientras no se aclare el protocolo de la actuación inspectora en carretera.

Hacienda Navarra modifica desde el próximo 23 de abril el sistema de notificación electrónica

Es el mismo modelo que ya vienen aplicando otros organismos del entorno
como la Agencia Tributaria estatal o la Hacienda foral de Gipuzkoa. A
partir de su puesta en marcha, las notificaciones solo serán accesibles
por dos vías: la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) o a través del
punto de acceso general, la llamada Carpeta Ciudadana.

Última hora sobre el Brexit: El Parlamento aprueba aplazarlo y rechaza realzar otro referéndum

La moción aprobada ayer decreta que el Gobierno buscará un acuerdo con
la UE para una extensión del artículo 50 del Tratado de Lisboa más allá
de la fecha del 29 de marzo, tras ganar por 412 votos a favor y 202. La moción expone que si se llega a un acuerdo del brexit antes
del 20 de marzo, entonces esta sería una extensión técnica breve hasta
el 30 de junio, pero de lo contrario, implicaría un periodo más largo y
Reino Unido participaría paradójicamente en las próximas elecciones
europeas.

Jornada 12/03, en Donostia: Entre los claroscuros del ROTT y la incertidumbre del Brexit

En una concurrida jornada, organizada por Fundación GUITRANS Fundazioa
en la Escuela de Ingeniería de Gipuzkoa con la colaboración de la
UPV/EHU y el Departamento de Movilidad y Ordenación del Territorio de la
Diputación Foral de Gipuzkoa, patrocinada por Zaisa, y con
representación de todos los agentes de la cadena logística, se
analizaron en profundidad dos temas de total actualidad, que preocupan y
sobre todo ocupan a las empresas de transporte, como son el Brexit y
los efectos de la reciente modificación del ROTT.

El Presidente del Patronato de la Fundación GUITRANS Fundazioa, Ignacio
Cepeda, destacó que nos encontramos en un momento histórico al que
necesariamente todos los sectores económicos deben adaptarse, preparando
las empresas para el nuevo escenario resultante.
El acto inaugurado por Xabier J. Ostolaza, Director de la Escuela de Ingeniería de Gipuzkoa de la UPV/EHU, comenzó con la intervención del Director General de ASTIC, Ramón Valdivia, que expuso las últimas noticias sobre el denominado paquete de movilidad que se está debatiendo en la Comisión Europea y que lleva ya cuatro años de tramitación. Destacó que un sector que emplea en Europa a once millones de trabajadores, sufre en la actualidad un déficit importante de conductores, grave problema que habrá que afrontar sin dilación. En cuanto a los paquetes de movilidad, cuyo objetivo prioritario ha de ser clarificar y simplificar las normas y luchar contra todo tipo de competencia desleal, en particular contra las empresas buzón, señaló que las reglas poco claras de la UE están ocasionando la implementación de normas nacionales, que lejos del objetivo complican y burocratizan la actividad. Aspectos como el cabotaje, la vuelta a casa, el descanso en cabina requieren una normativa coordinada y no un mosaico de legislaciones nacionales.Juan José Gil, Secretario General de FENADISMER, realizó un resumen de los principales cambios introducidos por la reciente modificación del ROTT, texto que ha llevado una tramitación, por lo menos, poco transparente y que una vez aprobado deja gran número de incertidumbres. Quiso dejar claro que la eliminación del requisito de tres vehículos para acceder al sector, responde exclusivamente al cumplimiento de una sentencia europea, que ineludiblemente hay que aplicar. El Sr. Gil hizo énfasis en la importancia que adquiere el gestor de transporte y la gran responsabilidad que asume, ya que está expuesto a perder la honorabilidad por acciones, en algunos casos, de terceros y con ello comprometer la continuidad de la empresa y el sustento de las familias que dependen de la misma. El nuevo texto del ROTT aunque no establece un tipo infractor nuevo, porque no tiene suficiente rango normativo, sí modifica su redacción para considerar que el incumplimiento de la normativa comunitaria en materia de tiempos de conducción y descanso se considerará descanso no realizado, lo cual hace sancionable el descanso semanal normal en cabina. También destacó que el ROTT contempla la unificación de notificaciones electrónicas, para que todas se realicen en el mismo portal.En su intervención el presidente de FENADISMER, Julio Villaescusa, incidió en lo significativo que es que el paquete de movilidad se vaya a votar por tercera vez, muestra de la fuerza de los lobbys de presión existentes. El Sr. Villaescusa aseguró que históricamente ha habido interés en mantener la mayor división posible en el sector. Por eso valoró positivamente la unanimidad concitada en el Comité Nacional de Transporte en torno a los doce puntos reivindicados en noviembre de 2018, el 100% de las organizaciones suscribieron el documento de trabajo que se está negociando con los diversos Ministerios implicados. De hecho esta unión posibilitó que a última hora se diera un giro a la redacción del ROTT, que estaba diseñada para desregular totalmente el sector y se modificara la condición para ampliar o sustituir flota, obligando, en todo caso, a que la nueva incorporación reduzca la antigüedad de la flota. A pesar de todo, defendió que el transporte tiene futuro, aunque su mayor problema sea la rentabilidad. Dado que la unidad de explotación es el camión es fundamental que el camión sea rentable y para ello puso el acento en el duodécimo punto reivindicado, que pide que se prohíba por ley desarrollar la actividad por debajo de unos costes mínimos referenciados en los Observatorios publicados por el Ministerio de Fomento.Por su parte Juanjo Álvarez, Catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV/EHU,  explicó cuáles son los escenarios que se ciernen sobre las empresas de transporte con la posible salida, acordada o no, del Reino Unido de la UE, que son básicamente tres: una salida acordada que establezca un periodo transitorio de adaptación al nuevo marco; una salida sin acuerdo que reinstauraría un régimen aduanero costoso y para el que nadie está preparado; y una tercera posibilidad que pasaría por la aprobación unánime de la modificación del artículo 50 del Tratado de Lisboa, que ampliara el plazo de dos años para hacer efectiva la salida del Reino Unido. Los transportistas serían, en palabras del Sr. Álvarez, el colectivo más damnificado en el caso de darse un Brexit duro, que implicaría mayores costes derivados de los mayores tiempos de espera en las aduanas y del sobrecoste de los aranceles, señalando que el riesgo regulatorio es tan importante como el comercial. Las empresas de transporte verían, entonces, modificada su actividad y se convertirían en depósitos aduaneros. Las licencias comunitarias dejarían de ser válidas y el CMR digital no sería la panacea porque ni el sector está preparado para usarlo mayoritariamente, ni hay infraestructuras aduaneras que puedan asumirlo. Abogó por la importancia de colocarse en el peor escenario posible para tomar las medidas adecuadas, aunque lamentó que ni las instituciones, ni las empresas lo han hecho. En relación al Real Decreto Ley con medidas de contingencia aprobadas por el Gobierno español, además de considerar que posiblemente sea inconstitucional, por no establecer expresamente el momento de entrada en vigor, expresó su opinión de que el mismo no aporta seguridad jurídica para las empresas de transporte. En la mesa redonda posterior a la que además del Sr. Villaescusa se incorporaron Alberto Emparanza, Catedrático de Derecho Mercantil, como moderador, Pablo Lorenzo, Vicepresidente de FITRANS, Mario Palacios, Presidente de GUITRANS y Marcos Basante, Presidente de ASTIC que entablaron un interesante debate en el que coincidieron que el transporte no está preparado para una liberalización total.Luis Corta, Director Gerente de ZAISA, cerró el mismo señalando en su intervención que debemos tomar decisiones inteligentes que nos hagan crecer como sociedad y lamentó la decisión política en torno al Reino Unido, ya que a su juicio todos juntos éramos más fuertes.

Seguridad Social: En funcionamiento la nueva aplicación Alfa Premium que automatiza el trámite y la resolución de los expedientes de jubilación

A modo de ejemplo, algunas de las actuaciones que dejan de ser
manuales gracias a esta aplicación son la cumplimentación de
determinados campos del informe de cotización, el análisis de los
periodos cotizados, el estudio de la modalidad de jubilación y sus
requisitos, la determinación del sentido de la resolución (estimatoria o
desestimatoria), y la elección de la causa por la que se deniega la
prestación, en su caso.En un primer momento estará disponible para los expedientes de
jubilación, con el objetivo de que durante los próximos meses se puedan
introducir mejoras y se extienda la automatización a otras prestaciones
como las de supervivencia (viudedad; orfandad y favor de familiares).

El registro de la jornada laboral entrará en vigor el 12 de mayo

El citado Real Decreto-Ley reforma el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores (a través de su art. 10), estableciendo para las empresas las siguientes obligaciones:

Garantizar el registro horario de la jornada que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que establece en propio precepto estatutario.
Organizar y documentar el registro de jornada bien mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, mediante decisión del empresario previa consulta con los representantes de los trabajadores en la empresa.
Conservar los registros durante 4 años y tenerlos a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Mediante el art. 11, modifica el artículo 7.5 de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, tipificando como infracción grave la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en esta materia.

Prohibición del descanso semanal normal en cabina en el nuevo ROTT

Como este Reglamento es de aplicación directa, sin que haga falta
transponerlo a la normativa nacional, esa prohibición está ya vigente en
nuestro territorio. La infracción se asimila a la no realización del
descanso semanal normal, una infracción muy grave que se sanciona con
2.000 euros. De momento no hay constancia del protocolo que se aplicará.

Baremo sancionador

COD.
CONCEPTO
NORMAS INFRINGIDAS
NORMA SANCIONADORA
 NT
 P.SANCIÓN
CUANTÍA SANCIÓN

 CB51.03
 Descanso semanal normalMenos de 24 horas
 Art. 8.6 Reglamento (CE) 561/06
 Art. 140.37.6 LOTT
 MG
 Art. 143.1.g) LOTT
 2.000 euros