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Con un retraso de un año se publica por fin la transposición de la directiva de trabajadores desplazados

La Directiva 2014/67/UE, relativa a la garantía de cumplimiento de la
Directiva 96/71/UE, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en
el marco de una prestación de servicios, debiera haber sido transpuesta
al ordenamiento jurídico español antes del 18 de junio del pasado año. El Real Decreto-ley 9/2017 se ha publicado en el BOE el sábado 27 de mayo. El Real Decreto-ley publicado establece para todas las empresas extranjeras que desplacen trabajadores a España el cumplimiento de una serie de requisitos similares a los exigidos para los trabajadores desplazados en otros países países como Alemania, Francia, Austria, Bélgica, Holanda, Italia, etc., consistentes en:

Previamente a la prestación de un servicio en España, sea cual sea la duración del mismo, la empresa extranjera deberá notificar a la autoridad laboral española la realización de dicho servicio mediante una comunicación de desplazamiento. Dicha notificación se realizará por medios electrónicos, conforme al modelo que reglamentariamente apruebe el Ministerio de Empleo.
La comunicación de desplazamiento incluirá todos los datos que permitan identificar el servicio a realizar (identificación de la empresa extranjera y del trabajador desplazado así como fecha de inicio y duración del servicio, entre otros). No será exigible la comunicación en el caso de desplazamientos cuya duración no exceda de 8 días.
La empresa extranjera deberá designar un representante en España para responder ante las autoridades laborales de cualquier incumplimiento de la normativa laboral española por parte de la empresa extranjera.
Las comunicaciones de desplazamiento de trabajadores a España realizadas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley se regirán por la normativa vigente en el momento de su realización.En tanto se proceda al desarrollo reglamentario previsto, las comunicaciones de desplazamiento de trabajadores a España podrán seguir realizándose por los medios en que vinieran haciéndose a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley.Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores, las modificaciones introducidas en la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, por el presente real decreto-ley serán aplicables a los desplazamientos ya iniciados a la fecha de entrada en vigor del mismo, siempre que a esa fecha los trabajadores desplazados continúen prestando servicios en España.Además de esta directiva han sido transpuestas otras en los ámbitos financiero, mercantil y sanitario.Ver Real Decreto-ley 1/2017 (*).(*) La información de la transposición de la directiva de trabajadores desplazados se encuentra en las páginas 42862-42870.

Nueva instrucción de la ITSS sobre el control en materia de tiempo de trabajo

La instrucción determina que la falta de este control horario «no es
constitutiva, en cuanto tal, de una infracción del orden social». Cabe
recordar, sin embargo, que sí existe obligación de registro de la
jornada diaria en los contratos a tiempo parcial, en los trabajadores
móviles de transporte por carretera, de la marina mercante y
ferroviarios. Se mantiene vigente el resto de la Instrucción 3/2016, a
efectos del cumplimiento de los límites legales y convencionales del
tiempo de trabajo y horas extraordinarias, así como la función de
control que sobre estas materias ejerce la ITSS.

Los registros de jornada diaria que estén implantados constituyen medio
de prueba de la misma, y en ausencia de dicho registro, la ITSS podrá
emplear los elementos de prueba admitidos, incluyéndose entre estos la
prueba indiciaria.

En cualquier caso, se mantiene la obligación de registro de horas
extraordinarias del artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores, a
efectos de su control y comunicación a trabajadores y a la
representación legal.Instrucción 1/2017.

Justificante de estar en posesión de certificado digital válido y exigible por Transportes para la realización de trámites

Si durante este año no ha realizado ninguna gestión con el Departamento
de Transportes de Diputación Foral de Gipuzkoa, debe saber que, con
motivo de la entrada en vigor el pasado 1 de enero de las notificaciones
electrónicas en las comunicaciones con este organismo, debe disponer de
una dirección y firma electrónica, entendiéndose esta última bien el
certificado digital o el DNI electrónico (válido para las personas
físicas, no así para las empresas). En el siguiente enlace se accede a la web donde se obtiene el certificado digital que Diputación está requiriendo: Enlace para validar el certificado

Hay que seleccionar el certificado que queremos comprobar, los expedidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) tienen que haber sido importados previamente al navegador por el que se accede en ese momento. En el caso del DNI electrónico, tiene que estar conectado al ordenador en ese momento a través del lector de tarjetas.
Una vez seleccionado, en la casilla inferior cumplimentar el código que solicita para comprobar que es una persona la que realiza la operación.
A continuación, sale la pantalla de si el certificado es válido o no. Si es válido, imprimir la pantalla y enviar a Diputación a garraiobaimenak@gipuzkoa.eus o presentarlo físicamente en las oficinas de Transportes de la Diputación.

El Gobierno Vasco apoya con 1,7 millones de euros a las empresas que faciliten la conciliación de la vida familiar y laboral

Este programa fue aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión del martes 23 de mayo y es gestionado directamente por Lanbide. Podrán solicitar las mismas, las personas físicas que trabajen por
cuenta propia, así como las personas jurídicas privadas con centro de
trabajo en la CAV, excluidas las sociedades públicas.Les mantendremos informados cuando se publiquen en el BOPV.

Acuerdo M-304 relativo al número máximo de remolques permitidos en una unidad de transporte de mercancías peligrosas

Conviene, sin embargo, aclarar que dentro de la normativa española la
Orden PRE/2788/2015, de 18 de
diciembre, por la que se modifica el anexo IX del
Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998, de 23 de
diciembre), publicada en el BOE el 23 de diciembre de 2015 y que regula
la expedición de las autorizaciones especiales
de circulación para los conjuntos en configuración euro-modular
(conocidos como megacamiones), establece claramente que no se podrá
conceder dichas
autorizaciones cuando se pretenda realizar transporte de mercancías
peligrosas por carretera (ver apartado Masa máxima autorizada y longitud
máxima autorizada de los conjuntos de vehículos en configuración
euro-modular).ACUERDO MULTILATERAL M304 BAJO APLICACIÓN DE LA SECCIÓN 1.5.1 DEL ADR, RELATIVO AL NÚMERO DE REMOLQUES EN UNA UNIDAD DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSASPor derogación de las disposiciones de la sección 8.1.1. del ADR, las mercancías peligrosas pueden ser cargadas en una unidad de transporte que incluya más de un remolque (o semirremolque) bajo las siguientes condiciones:(1) La unidad de transporte deberá cumplir íntegramente la reglamentación referida a combinaciones de vehículos en los países donde la operación de transporte se efectúe.(2) Una unidad de transporte que incluya un vehículo, y un convertidor Dolly*, deberá satisfacer los requerimientos y ser aprobada de acuerdo a las disposiciones requeridas en el ADR.* Un convertidor Dolly a estos efectos es un remolque diseñado con el sólo objetivo de arrastrar un semirremolque.(3) Cuando la disposición especial V2 (2) de la sección 7.2.4 del ADR se aplica, y cuando los explosivos se transportan en un semirremolque, el vehículo del remolque para ese semirremolque deberá satisfacer los requerimientos para los vehículos EX II o EX III según corresponda.(4) Una unidad de transporte puede no incluir dos remolques en un eje central.(5) Todas las demás disposiciones del ADR deben ser cumplidas.(2) Este acuerdo será válido hasta el 16 de diciembre de 2021 para el transporte en aquellos territorios de las partes contratantes del ADR que hayan firmado el presente Acuerdo. Si es revocado con anterioridad a esa fecha por alguno de los firmantes, será válido únicamente para el transporte de mercancías en aquellos territorios de partes contratantes del ADR firmantes de este Acuerdo que no lo hayan revocado.El presente Acuerdo entró en vigor el 30 de enero de 2017 fecha de su firma por la autoridad competente para el ADR en España.

Mikroenpresa Digitala Prestakuntza, SPRI: 26 cursos de 2 horas para vender mejor y más seguro en internet

El Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras a través de
SPRI (agencia de desarrollo empresarial) ofrece cursos intensivos de dos
horas a autónomos y microempresas para que conozcan y sepan utilizar
las herramientas que proporciona internet con el objetivo de mejorar sus
ventas a través de la red. El programa Mikroenpresa Digitala Prestakuntza acerca a este colectivo
de pequeñas compañías los beneficios de las tecnologías de la
información y lasa oportunidades para optimizar sus ventas y mejorar y
personalizar la relación con sus clientes. SPRI, completa la oferta para autónomos y microempresas en materia
digital con otras actividades que están disponibles a través de la
iniciativa Enpresa Digital como son los Barnetegis Tecnológicos, el
programa Inplantalariak y las numerosas jornadas y talleres que se
organizan periódicamente en los tres territorios.

Apoyo de Izaskun Bilbao a Violeta Bulc

Las normas a revisar afectan al acceso y desempeño de la profesión, a
las condiciones sociales que deben cumplir empresas y trabajadores y a
cuestiones relacionadas con la Unión Energética como la Euroviñeta, los
peajes electrónicos o las medidas de apoyo a la descarbonización. Izaskun Bilbao Barandica ha subrayado tras escuchar al sector que las acciones unilaterales adoptadas estado a estado mientras se reforma la legislación europea que afecta al sector «solo aportan distorsión, confusión y más cargas administrativas a un sector que bastante tiene con los problemas descritos». Ha señalado, además, que «el sector del transporte por carretera es crítico para la seguridad vial y  la competitividad de la economía y fuente de empleo». Superar los retos que le afectan «obliga a profesionales y empresas a integrar novedades tecnológicas asociadas a vehículos autónomos, hiperconectados e hipo carbónicos auxiliados por inversiones públicas y privadas y por nuevas capacitaciones que enriquecerán el desempeño profesional y mejorarán los servicios». Las modificaciones a los reglamentos y directivas que debe presentar la Comisión están basadas en los estudios de evaluación sobre el actual marco que señalan las disfunciones que hay que corregir. Entre ellas la vicepresidenta del grupo ALDE ha citado «el dumping social, la utilización fraudulenta de empresas buzón en los estados con más bajos estándares de protección social, el proteccionismo encubierto que está tras las muy variadas interpretaciones del alcance de la normativa sobre cabotaje o las cuestiones relacionadas con la Euroviñeta o el telepeaje». Bilbao Barandica ha insistido igualmente en la necesidad de prestar atención a las cuestiones sociales y se ha mostrado partidaria de «armonizar las condiciones de trabajo en un sector caracterizado por la movilidad mejorando directivas que regulan el tiempo de conducción, el desplazamiento de los trabajadores o los Reglamentos sobre acceso a la profesión».Por esas razones Izaskun Bilbao Barandica ha deseado suerte  a la Comisaria Bulc, que no ha podido participar en el debate pues debía asistir en Bruselas a una importante cumbre sobre seguridad aérea, y ha agradecido «el esfuerzo que me consta lleva tiempo dedicando al tema». Finalmente ha anunciado «mi total apoyo, tras escuchar al sector, a las soluciones europeas. Porque las acciones unilaterales estado a estado solo aportan distorsión, confusión y más cargas administrativas a un sector que bastante tiene con los problemas descritos».

Se restringirá el tráfico de vehículos pesados en la N-232, facilitando su desplazamiento a la autopista AP-68

El ministro de Fomento, Iñigo de la Serna, y el presidente del Gobierno
de La Rioja, José Ignacio Ceniceros, firmaron el pasado 16 de mayo un protocolo para
la mejora de la movilidad y funcionalidad del corredor viario formado
por la autopista AP-68 y la carretera N-232.
El protocolo contempla restringir el tráfico de vehículos pesados de
mayor volumen (vehículos pesados de 4 o más ejes) en la N-232,
facilitando su desplazamiento a la autopista AP-68, con el objetivo de
mejorar las condiciones de circulación de dicha carretera a su paso por
la Comunidad Autónoma de la Rioja. Esta medida irá acompañada de una
bonificación del 75% en los peajes para este tipo de vehículos.
Asimismo, el protocolo suscrito contempla:

La aprobación del proyecto de construcción de la Ronda Sur de
Logroño, cuyo trazado se apoya en la AP-68 entre Navarrete y Arrúbal, y
el inicio de las expropiaciones y la contratación de las obras.
Desdoblar la N-232 desde Calahorra hasta el límite de provincia
de Navarra, para lo que se redactará el correspondiente proyecto.
Completar el enlace de Lodosa, cuya configuración actual sólo
permite los movimientos sentido Zaragoza, de forma que sean posibles
también los movimientos sentido Logroño. El Ministerio de Fomento
comenzará los trámites de redacción del proyecto e información pública
necesaria durante 2017.
Redactar el proyecto de construcción de la variante de Villar de Arnedo en la N-232.
Aprobar el proyecto de construcción de la A-12 en el tramo
entre Santo Domingo de la Calzada y Villamayor del Río e iniciar las
expropiaciones y la contratación de las obras.
Aprobar las obras del enlace de la N-111 en Lardero e iniciar las expropiaciones y la contratación de las obras.

Estas medidas se encuentran incluidas en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2017.

Donostia: En estudio un centro de reparto de mercancías en bici en Pío XII

Un centro de microconsolidación es un almacén al que llegarían las furgonetas de
reparto a dejar su mercancía, que sería recogida por bicicletas y
triciclos que la distribuirían por los comercios de la ciudad.

La concejala de Movilidad, Pilar Arana, baraja como una de las
ubicaciones posibles el entorno de la plaza de Pío XII.Para la implantación de este centro el ayuntamiento donostiarra disponer de ayudas europeas con las que
también ha contado a la hora de poner en marcha otra campaña piloto, el
servicio a domicilio en txitas, desarrollado entre el 6 de marzo y
el 22 de abril, y que ha dado como resultado 92 entregas realizadas en los barrios
de Parte Vieja, Gros, Centro y Amara.

Ciberataques informáticos a las PYMES, una amenaza real

Desde que en el 2013 un «genio» ruso creara éste virus destructivo, cientos de miles de usuarios se han visto afectados. Se trata de un virus tipo Ramsonware que secuestra nuestra información codificándola (fotos, datos de usuario, documentos…) y a cambio de recuperarla nos piden abonar una cantidad de dinero en bitcoins (moneda de uso en internet).Su principal fuente de infección es a través de nuestro correo electrónico por medio de un email engañoso (el atacante se hace pasar por Correos, Endesa…) donde se nos solicita pinchar en un enlace para acceder a información que nos interesa. También nos puede entrar al pinchar en un enlace a través de nuestro navegador. Los antivirus pueden llegar a detectar que el correo electrónico es pernicioso y llegar a bloquearlo, pero no debernos fiarnos porque no es así en todas las ocasiones y si pinchamos en el enlace que contiene, estaremos infectados.  Nuestra principal arma: la prudencia a la hora de navegar y abrir emails sospechosos. Y muy importante, tener una copia de nuestra información fuera del  ordenador (copias de seguridad en dispositivos externos).Una vez infectado, el virus se instala en nuestro equipo y se oculta (troyano). En cuestión de poco tiempo todos nuestros datos, tanto del ordenador como de  las memorias (discos externos, memorias USB, unidades de red… ) conectados en ése instante quedarán infectados. Los ficheros pueden quedar renombrados con la extensión .encrypted o similar y enseguida nos daremos cuenta de la infección al intentar abrir un fichero donde no aparece el contenido original sino caracteres raros o un mensaje donde se solicita el pago para poder recuperar su contenido.La realidad es que incluso abonando la cantidad de dinero que los piratas solicitan, no tendremos  garantizada la recuperación de los datos (son piratas y ya tienen nuestro dinero), por lo que aconsejamos no caer en el chantaje y no pagar la cantidad que piden. Si lo hacemos, además de perder nuestro dinero, estaremos contribuyendo a fomentar la difusión de este tipo de actividades.La única forma de poder usar el equipo con garantías es formateándolo y volviendo a instalar el sistema y programas que teníamos. ¿Nuestros datos? En el mejor de los casos y si hemos sido precavidos, tendremos una copia de seguridad actualizada en un dispositivo externo.Por todo lo descrito, y para evitar éste y otros tipos de ataques, desde Servilink aconsejamos seguir las siguientes medidas:

Prudencia y sentido común al navegar por Internet y al abrir mensajes de correo electrónico.
Tener el sistema operativo actualizado.
Tener instalado y actualizado un antivirus de confianza.
Una medida fundamental y  que no nos cansaremos de repetir es tener una copia de seguridad de nuestra información actualizada.
Debemos de ser conscientes de que nuestra información no está segura en un equipo y que debemos de tenerla en uno o varios dispositivos más y a ser posible guardados en diferentes ubicaciones.Todos nuestros trabajos, recuerdos e información valiosa cobrarán su valor real cuando sintamos que los hemos perdido.