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Agosto, excelente mes en cuanto a los plazos de pago en el transporte

Los datos correspondientes al pasado mes de agostodel Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera en España, que elabora mensualmente Fenadismer, confirman la tendencia positiva en la reducción de los plazos de pago de los últimos años, situándose en 58, 3 días por debajo al dato registrado en julio, cuando se situó en 61 días de media. Es la primera vez desde que el Observatorio analiza la evolución de los plazos de pago que la media se sitúa por debajo del limite legal de 60 días.

En ese mes , las empresas cargadoras e intermediarias que incumplieron la legislación de lucha contra la morosidad, esto es, con plazos de pago superiores a 60 días, suponen aún el 49% del total, aunque en el 81% de los casos los incumplimientos fueron leves, esto es, entre 60 y 90 días. Sin embargo, en el lado opuesto hay todavía un 7% de empresas incumplidoras que aún pagan de 120 días, aunque inferior al que se producía en 2022 en el que esta franja de incumplimiento se situaba en más del 20%.

En cuanto a los medios de pago que son utilizados más habitualmente para el pago de los servicios de transporte, continúan siendo por este orden la trasferencia (64%), seguido del confirming (30%), el pagaré (5%) y el cheque (<1%).

En 2023,  la media anual se situó en 69 días, frente a los 74 días en 2022 y los 83 días en 2021, año en el que se aprobó el régimen sancionador en materia de morosidad en el sector del transporte por carretera, lo que ha contribuido a una reducción en los plazos de pago de casi el 20% a lo largo de estos 2 años.

Puerto de Pasaia: Instrucción de prevención general de obligado cumplimiento

En el BOG de 15 de septiembre se ha publicado esta Instrucción, Información de entrada, transito, estancia y riesgos-medidas preventivas generales en los accesos, viales y dominio público común del ámbito portuario de servicio, de obligado cumplimiento, sin perjuicio de otras instrucciones particulares que pudieran disponer, las organizaciones que dispongan de concesión o autorización de dominio público. Toda organización que realice su actividad en el ámbito portuario velará por su cumplimiento. La presente Revisión n.º 6 anula la anterior publicada en el BOG de 11 de octubre de 2023.

Vehículos (camiones, maquinaria, trenes, coches, …).
2.1. Los vehículos y maquinaria deberán ser operadas por personal autorizado, cualificado y responsable de su actuación y se respetarán las normas específicas que dispongan las empresas que desarrollan su actividad en el ámbito portuario de servicio.
2.2. La velocidad máxima autorizada en el vial general del Puerto es de 40 km/h, siendo de 15 km/h en las zonas de operaciones o muelles, sin perjuicio de disponer limitaciones de velocidad más restrictivas donde lo exijan los niveles de riesgo detectados y señalizados al efecto. Para los trenes el límite es de 10 km/h.
2.3. Los vehículos que transporten mercancías, deberán circular por los viales con la carga acondicionada al objeto de  evitar el desprendimiento de la misma o evitar producir ruido, polvo u otras molestias.
2.4. No se podrá acondicionar la carga o colocar la lona red sin medios que garanticen la seguridad del transportista. Estas operaciones no podrán realizarse en viales ni arcenes.
2.5. Se deben respetar las señales de tráfico interior: limite de velocidad, direcciones de accesos a muelles…
2.6. Cuando se transporten mercancías peligrosas debe cumplirse el ADR y se dispondrá de la documentación reglamentaria. En su caso se cumplirá el RID.
2.7. Los transportistas y personal en general que permanezca en viales, zonas de operaciones o muelles, deberá llevar puesta ropa de alta visibilidad con reflectantes.
2.8. Está prohibido estacionar en todo el ámbito portuario de servicio exceptuando los parkings.
2.9. Sobre las vías férreas y los cruces del tren, éste tiene prioridad.
Acceso a zonas de operaciones-muelles y almacenes, incluido cantil
3.1. Prohibido el acceso a zonas de operaciones, muelles y almacenamientos a todo el personal y vehículos ajenos a las mismas, salvo que se disponga de autorización expresa, evitando en todo caso permanecer debajo de cargas suspendidas y/o el radio de acción de las grúas (riesgo de caída de objetos desprendidos y riesgo de choques y golpes contra objetos móviles), así como al alcance del tránsito de diferentes tipos de vehículos [camiones, automóviles, tren de circulación interior, maquinaria (grúas automóviles, carretillas elevadoras, palas cargadoras, tolvas móviles, camiones volquete, etc.)] (riesgo de atropello, riesgo de atrapamiento por o entre objetos y riesgo de atrapamiento por vuelco de maquinaria) y al alcance de acopios de materiales que por diversos factores humanos, técnicos o meteorológicos pueden generar riesgos de desprendimiento, desplome y derrumbe.
3.2. En días ventosos y junto a las zonas en las que se están descargando mercancías a granel que generen polvo (mercancías pulvígenas), existe riesgo de proyecciones de fragmentos y/o partículas.
3.3. Extremar la precaución al acercarse al cantil del puerto, ya que existe riesgo de caída a la mar. Para la protección al efecto, se dispone de aros salvavidas con rabiza distribuidos por los muelles como dispositivo o medio de salvamento.
3.4. Toda persona (trabajador, visita, etc.) que acceda a la Zona de Operaciones-Muelles y almacenes deberá cumplir las normas de seguridad en zonas de operaciones de las empresas autorizadas o concesionarias, donde se especifican entre otras consignas, el uso obligatorio de los equipos de protección individual preceptivos para la protección frente a los mencionados riesgos.
3.5. Está terminantemente prohibido aparcar en la zona de operaciones o muelles.
En el siguiente enlace puede acceder al texto completo de la Instrucción.

ÚLTIMA HORA: ampliado el plazo de presentación de solicitudes de ayudas al Programa “Vehículos de Menos Emisiones” para la compra de turismos y furgonetas

En el BOPV de 12 de septiembre se publicó la Resolución que amplía el plazo de presentación de solicitudes de ayuda debido a que el número de solicitudes recibidas se encuentra ostensiblemente por debajo de lo previsto al observar que el registro de la solicitud de ayuda queda condicionado a la obtención de la totalidad de la documentación administrativa y técnico-económica exigida para justificar tanto la adquisición del vehículo nuevo como el achatarramiento del vehículo antiguo. Es por ello por lo que se amplía el plazo hasta el 15/10/2025.

Resumen del Programa

En el BOPV de 31 de marzo se publicó la Resolución de 12 de marzo de 2025, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del Programa de ayudas a inversiones en vehículos de menos emisiones, cuyo plazo de presentación de solicitudes se inició el 1 de abril.

Acceso al programa de ayudas
Podrán acceder a esta subvención los vehículos turismo o furgonetas de estas características: eléctricos puros e híbridos enchufables, de autonomía extendida, GLP (gases licuados del petróleo), gas natural, gasolina o gasóleo, con emisiones de CO2 inferiores a 125 g/km para los coches, y de 150 g/km para las furgonetas que se adquieran a partir del 1 de abril de 2025.

En todo caso, será obligatorio el achatarramiento del vehículo antiguo para hacer efectiva la sustitución y optar a la ayuda de hasta 3.500€ por vehículo. El precio máximo del nuevo vehículo, con carácter general, no podrá ser superior a los 40.000€ para los turismos y 75.000€ para los turismos de hidrógeno.

Las ayudas se aplicarán a aquellas adquisiciones realizadas a partir del 1 de abril, siempre y cuando la compra esté realizada y pagada en su integridad a partir de esa fecha. Las ayudas podrán solicitarse en la página web del Ente Vasco de la Energía.

Principales características de las ayudas

Actuaciones subvencionables:
Adquisición de vehículos ligeros, nuevos o de demostración, pertenecientes a las categorías de vehículos M1 (turismos) y N1 (furgonetas):

  • con emisiones de CO2 inferiores a 125 g/km para vehículos de categoría M1
  • con emisiones de CO2 inferiores a 150 g/km para vehículos de categoría N1

Se consideran vehículos de demostración los vehículos con hasta nueve meses de antigüedad, contada desde su primera matriculación hasta la fecha de la factura de compraventa.

Los vehículos objeto de subvención podrán ser eléctricos puros, híbridos enchufables, de autonomía extendida, propulsados por gases licuados de petróleo (GLP), gas natural, gasolina o gasóleo.

Algunos de los vehículos de 125 g/km subvencionables serían: Volkswagen Golf, Seat León, Audi A3, Peugeot 508. Hay más de 900 modelos/versiones de vehículos (M1) para elegir.

Estos coches podrían acceder a todas las Zonas de Bajas Emisiones de Euskadi.

Resulta OBLIGATORIO el achatarramiento de un vehículo que cumpla con las siguientes condiciones:

  • El solicitante de la ayuda debe ser propietario del vehículo.
  • El achatarramiento del vehículo debe producirse a partir del 1 de abril de 2025.
  • Debe ser de categoría M1 o N1.
  • Debe constar el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, debidamente abonado, al menos desde 2024 en un municipio de la CAE; y finalmente,
  • El vehículo achatarrado debe cumplir con una de las dos siguientes condiciones: tener una antigüedad igual o superior a 20 años (contados desde su primera matriculación hasta la fecha de achatarramiento o emitir más de 175 g CO2/km en el caso de vehículos de categoría M1 y más de 200 g CO2/km en el caso de vehículos de categoría N1.

Cuantía de las ayudas
3.500 euros  por vehículo con un límite de como máximo del 20% del coste subvencionable del vehículo adquirido.

Precio máximo del vehículo adquirido

  • El precio del vehículo adquirido, en el caso de los M1 no podrá superar los 40.000 euros (IVA e impuestos de matriculación NO incluidos).
  • En el caso de vehículos M1 de hidrógeno, el precio máximo asciende a 75.000 euros (IVA e impuestos de matriculación NO incluidos).
  • En el caso de vehículos N1, no aplica ningún precio máximo.

Límites por beneficiario

  • Como máximo, un vehículo por cada persona física y tres vehículos por cada persona jurídica solicitante de la ayuda.
  • Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos

Compatibles siempre que, consideradas en su conjunto, supongan un porcentaje de ayuda igual o inferior al 70% del coste subvencionable.

Plazo de presentación de solicitudes
Desde la apertura (1 de abril) y hasta el 15 de octubre de 2025.

Tramitación administrativa
La tramitación de la ayuda se realizará en una única fase, una vez ejecutada la compra del vehículo.
El vehículo deberá estar comprado, facturado y pagado en su totalidad a partir del 1 de abril. No se admitirán señales de pago ni anticipos.

Para más información  946 620 600

Resumen ayudas.

Carlos Folchi, nuevo Presidente de FENADISMER


En el centro de la imagen, Julio Villaescusa y a su derecha, el recién elegido Presidente, Carlos Folchi.

Releva en el cargo a Julio Villaescusa que deja el cargo tras más de dos décadas de reconocida labor en defensa del colectivo. Este martes 9 de septiembre, la Asamblea de FENADISMER, procedió a la elección de su nuevo Comité ejecutivo que dirigirá la Federación para los próximos 4 años, resultando elegido por unanimidad la lista encabezada por el nuevo Presidente de FENADISMER, Carlos Folchi Tarragona, profesional de 48 años de edad vinculado familiarmente al sector empresarial del transporte, y que asimismo viene dirigiendo la Asociación General de Transportistas de Cataluña AGTC durante los últimos 7 años.

(Fuente imagen: www.fenadismer.es).

BULGARIA: nuevas tarifas por el uso de autopistas y carreteras a partir del 1 de septiembre

El 1 de marzo de 2020 entró en funcionamiento un sistema electrónico para el cobro de la tasa por el uso de infraestructuras en función de las características técnicas, de la sección de carretera, la distancia recorrida, la categoría del vehículo y el número de ejes.

Tarifas aplicables a partir del 01/09/2025 (euro/km)

Autopistas Ctra de 1era clase Ctra de
2 clase
Camión de más de 3,5 toneladas – hasta 12 toneladas. EURO VI, EEV 0,12 0,07 0,05
EURO V 0,13 0,08 0,06
EURO III y IV 0,14 0,08 0,06
EURO 0, I, II 0,16 0,11 0,08
Camión de más de 12 toneladas con 2-3 ejes EURO VI, EEV 0,31 0,26 0,23
EURO V 0,32 0,29 0,25
EURO III y IV 0,34 0,29 0,25
EURO 0, I, II 0,36 0,30 0,28
Camión de más de 12 toneladas con 4 y más ejes EURO VI, EEV 0,42 0,38 0,35
EURO V 0,43 0,40 0,36
EURO III y IV 0,44 0,42 0,38
EURO 0, I, II 0,52 0,47 0,44

¿Eres titular de vehículos de transporte de 2,5 a 3,5 toneladas y realizas transporte internacional? Estas ayudas te interesan

Tal y como hemos venido informando, en el BOPV del pasado 4 de agosto se ha publicó la  Orden de 22 de julio de 2025, de la consejera de Movilidad Sostenible, por la que se convoca y regula un programa de ayudas para la adquisición e implantación de sistemas de nuevas tecnologías y de seguridad en el sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por carretera de la CAV.  Recordamos que la normativa europea obliga a que todos los vehículos de transporte de más de 3,5 Tn que realicen transporte internacional cuenten ya con un tacógrafo inteligente de segunda generación. Los vehículos de entre 2,5 y 3,5 Tn que realicen transporte internacional deberán cumplir con este requisito a partir del 01/07/2026.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda vence el próximo 6 de octubre.

Toda la información sobre estas ayudas en el siguiente enlace.

RUMANÍA: se modifican las tarifas de la viñeta electrónica “Ro-viñeta» y del peaje por el uso del Puente sobre el Danubio

A partir del lunes 8 de septiembre, las tarifas y el importe de las multas por infracción de los peajes y peajes se modifican de acuerdo con la GO 23/2025 que modifica y completa la GO n.º 15/2002.

Además, de acuerdo con lo dispuesto en la GO 23/2025, también se modifican las tarifas de peaje para el uso del puente sobre el Danubio entre Giurgeni y Vădu Oii.

Tarifas Ro-viñeta a partir del 08/09/2025, en €, IVA incluido:

 

 

Validez

MMA hasta 3.5t.  

MMA >3.5t. a 7.5t.

 

 

MMA>7.5t. a 12t.

 

 

MMA > 12t.
máx. 3 ejes

 

 

MMA > 12t.
4 ejes o más

 

1 día 10 € 7,5 € 13 € 17 € 28,5 €
7 días 19 € 33 € 42,5 €71  €
10 días 13,5 €
30 días  21,5 € 38 € 66,5 € 85,5 € 142,5€
60 días 34 €
12 meses 114€ 380 € 665 €855  € 1.425 €

Tarifas peaje Puente Danubio entre Giurgeni-Vadul Oii  (E60)  partir del 08/09/2025 en €, IVA incluido:

 

Validez

MMA>3.5t. a <12t.

 

MMA > 12t.
máx. 3 ejes 
MMA > 12t.
4 ejes o más
1 pasaje 38€ 63 € 94 €

 

Vuelven los negocios al Hotel MLC San Sebastián


Después de un verano intenso en el que el Hotel MLC San Sebastián se ha consolidado como un referente para el descanso y el confort de cientos de turistas, el establecimiento comienza a vivir un nuevo escenario con la llegada del otoño: la vuelta al trabajo. Lo que hace apenas unas semanas eran mochilas, toallas y chanclas, ahora se transforma en maletines, agendas y zapatos de ejecutivo.

La privilegiada ubicación del hotel, a pocos minutos de San Sebastián, le permite adaptarse a la perfección a las nuevas necesidades de los clientes ejecutivos. Allí donde antes los visitantes encontraban un lugar acogedor para reponer fuerzas tras una jornada de turismo por la ciudad, ahora muchos directivos y profesionales descubren un espacio ideal para iniciar o terminar su jornada laboral.

En un entorno económico y laboral en constante movimiento, contar con un hotel que ofrezca tanto descanso como facilidades para el trabajo se ha convertido en un valor añadido.

Los profesionales de negocios destacan que la tranquilidad de las instalaciones, la conexión Wi-Fi y los espacios comunes, les permiten mantener reuniones informales o simplemente un momento de concentración antes de acudir a un compromiso profesional. Asimismo, la versatilidad de su sala y la cercanía de zonas estratégicas de la ciudad lo convierten en un punto de encuentro para entrevistas o encuentros de trabajo.

Además, el hotel mantiene intacta su esencia de hospitalidad, combinando la calidez de un entorno natural con la profesionalidad necesaria para atender a un público exigente. El personal de recepción, acostumbrado a resolver cualquier necesidad del huésped turístico, ahora amplía su atención a las demandas del ejecutivo: desde la gestión de traslados, hasta la recomendación de espacios de networking.

De esta forma, el Hotel MLC San Sebastián se posiciona no solo como un alojamiento vacacional, sino también como un aliado estratégico para empresas y profesionales que visitan la ciudad. Con la vuelta al trabajo, este establecimiento demuestra que la hospitalidad puede ser también un impulso para el mundo corporativo, ofreciendo el equilibrio perfecto entre descanso y productividad.

Sabía que…

… según un estudio patrocinado por la Comisión Europea, solo 4.943 de las 380.000 plazas de aparcamiento para camiones que se calcula que hay en la UE están actualmente certificadas como seguras?
Tal y como recoge el Estudio «Sin conductores, no hay transporte», promovido por Fundación GUITRANS Fundazioa, en nuestro país se estima que se precisan al menos 100 áreas seguras para albergar 15.000 plazas de aparcamiento para vehículos de transporte de mercancías.

Indicadores económicos

En el mes de SEPTIEMBRE de 2025 con datos publicados por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y actualizados con fecha 01/09/2025, hay en Gipuzkoa 1.263 empresas de transporte de servicio público menos que en enero de 2009. En el Estado, 32.466 empresas menos.

En cuanto a la tasa de paro, en el cuarto trimestre de 2024 esta se sitúa en Gipuzkoa en el 4,67%, la más baja de todo el Estado, en Euskadi en el 8,17% y en el Estado en el 10,61% según datos de la Encuesta de Población Activa del INE publicada el 28 de enero de 2025.

Precio medio gasóleo AGOSTO 2025
1,4158 euros/litro
Tipo impositivo del TEG (Tipo Especial General)
0,307 euros/l.
Tipo impositivo del TEE (Tipo Especial Estatal) a partir del 01/01/2019
 0,072 euros/l.
Devolución gasóleo profesional desde el 01/01/2019
 49 euros/1.000 l.
Nº de empresas de transporte en Gipuzkoa  – SP
1.653
Nº de autorizaciones MDP en Gipuzkoa  – SP
5.663
Nº de autorizaciones MDL en Gipuzkoa – SP
890
Diferencia nº de empresas de transporte de servicio público desde el 01/01/2009 Gipuzkoa
 -1.263
Diferencia nº de empresas de transporte de servicio público desde el 01/01/2009 Estado
– 32.466
Tasa de paro EPA  4º trimestre de 2024 – Gipuzkoa
4,67%
Tasa de paro EPA  4º trimestre de 2024 – Estado
 10,61%
Afiliación media a la Seguridad Social sector transporte y almacenamiento mes de mayo de 2025 –  Régimen General (Gipuzkoa)
11.529
Afiliación media a la Seguridad Social sector transporte y almacenamiento mes de mayo de 2025-  Régimen Autónomos (Gipuzkoa)
3.086
IPC 2024
 CAV
 Gipuzkoa Estado
3,6% 3,7% 2,8%