
En el BOPV de 12 de septiembre se publicó la Resolución que amplía el plazo de presentación de solicitudes de ayuda debido a que el número de solicitudes recibidas se encuentra ostensiblemente por debajo de lo previsto al observar que el registro de la solicitud de ayuda queda condicionado a la obtención de la totalidad de la documentación administrativa y técnico-económica exigida para justificar tanto la adquisición del vehículo nuevo como el achatarramiento del vehículo antiguo. Es por ello por lo que se amplía el plazo hasta el 15/10/2025.
Resumen del Programa
En el BOPV de 31 de marzo se publicó la Resolución de 12 de marzo de 2025, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del Programa de ayudas a inversiones en vehículos de menos emisiones, cuyo plazo de presentación de solicitudes se inició el 1 de abril.
Acceso al programa de ayudas
Podrán acceder a esta subvención los vehículos turismo o furgonetas de estas características: eléctricos puros e híbridos enchufables, de autonomía extendida, GLP (gases licuados del petróleo), gas natural, gasolina o gasóleo, con emisiones de CO2 inferiores a 125 g/km para los coches, y de 150 g/km para las furgonetas que se adquieran a partir del 1 de abril de 2025.
En todo caso, será obligatorio el achatarramiento del vehículo antiguo para hacer efectiva la sustitución y optar a la ayuda de hasta 3.500€ por vehículo. El precio máximo del nuevo vehículo, con carácter general, no podrá ser superior a los 40.000€ para los turismos y 75.000€ para los turismos de hidrógeno.
Las ayudas se aplicarán a aquellas adquisiciones realizadas a partir del 1 de abril, siempre y cuando la compra esté realizada y pagada en su integridad a partir de esa fecha. Las ayudas podrán solicitarse en la página web del Ente Vasco de la Energía.
Principales características de las ayudas
Actuaciones subvencionables:
Adquisición de vehículos ligeros, nuevos o de demostración, pertenecientes a las categorías de vehículos M1 (turismos) y N1 (furgonetas):
- con emisiones de CO2 inferiores a 125 g/km para vehículos de categoría M1
- con emisiones de CO2 inferiores a 150 g/km para vehículos de categoría N1
Se consideran vehículos de demostración los vehículos con hasta nueve meses de antigüedad, contada desde su primera matriculación hasta la fecha de la factura de compraventa.
Los vehículos objeto de subvención podrán ser eléctricos puros, híbridos enchufables, de autonomía extendida, propulsados por gases licuados de petróleo (GLP), gas natural, gasolina o gasóleo.
Algunos de los vehículos de 125 g/km subvencionables serían: Volkswagen Golf, Seat León, Audi A3, Peugeot 508. Hay más de 900 modelos/versiones de vehículos (M1) para elegir.
Estos coches podrían acceder a todas las Zonas de Bajas Emisiones de Euskadi.
Resulta OBLIGATORIO el achatarramiento de un vehículo que cumpla con las siguientes condiciones:
- El solicitante de la ayuda debe ser propietario del vehículo.
- El achatarramiento del vehículo debe producirse a partir del 1 de abril de 2025.
- Debe ser de categoría M1 o N1.
- Debe constar el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, debidamente abonado, al menos desde 2024 en un municipio de la CAE; y finalmente,
- El vehículo achatarrado debe cumplir con una de las dos siguientes condiciones: tener una antigüedad igual o superior a 20 años (contados desde su primera matriculación hasta la fecha de achatarramiento o emitir más de 175 g CO2/km en el caso de vehículos de categoría M1 y más de 200 g CO2/km en el caso de vehículos de categoría N1.
Cuantía de las ayudas
3.500 euros por vehículo con un límite de como máximo del 20% del coste subvencionable del vehículo adquirido.
Precio máximo del vehículo adquirido
- El precio del vehículo adquirido, en el caso de los M1 no podrá superar los 40.000 euros (IVA e impuestos de matriculación NO incluidos).
- En el caso de vehículos M1 de hidrógeno, el precio máximo asciende a 75.000 euros (IVA e impuestos de matriculación NO incluidos).
- En el caso de vehículos N1, no aplica ningún precio máximo.
Límites por beneficiario
- Como máximo, un vehículo por cada persona física y tres vehículos por cada persona jurídica solicitante de la ayuda.
- Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
Compatibles siempre que, consideradas en su conjunto, supongan un porcentaje de ayuda igual o inferior al 70% del coste subvencionable.
Plazo de presentación de solicitudes
Desde la apertura (1 de abril) y hasta el 15 de octubre de 2025.
Tramitación administrativa
La tramitación de la ayuda se realizará en una única fase, una vez ejecutada la compra del vehículo.
El vehículo deberá estar comprado, facturado y pagado en su totalidad a partir del 1 de abril. No se admitirán señales de pago ni anticipos.
Para más información 946 620 600
Resumen ayudas.