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Catalunya: Ya se conoce la fecha en la que entrará en vigor la tasa por el uso del Eix Transversal (C-25), el próximo 2 de septiembre

El pasado 30 de enero se publicó en el DOGC la ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, en cuyo artículo 110 se regula la tasa por el uso de las carreteras de titularidad de la Generalidad, en concreto, de la carretera C-25, desde el enlace con la A-2 en el término municipal de Cervera (Segarra) hasta el enlace con la A-2 en el término municipal de Caldes de Malavella (Selva), por parte de los vehículos pesados de transporte de mercancías por carretera de 12 toneladas o más. El Govern ha decidido aplicar el tramo más bajo del impuesto, que, según
la normativa de tarificación del uso de las infraestructuras de la
Comisión Europea, oscila entre 11 y 18 céntimos de euro por kilómetro. Según la tipología de vehículo y grado de emisiones,
la cuota a pagar por el recorrido completo de la C-25 oscilará entre un
mínimo de 15 euros para un camión clase I y Euro VI y un máximo de 20
euros para un clase III y Euro 0-II.Tasa Eix Transversal.

Programa de apoyo financiero a PYMES y autónomos para el año 2014

Beneficiarios del Programa. Pequeñas y Medianas Empresas. PYMES, de acuerdo con la definición
europea de Pequeñas y Medianas Empresas, domiciliadas en Euskadi, que
cumplan los siguientes requisitos: 1) Que lleven a cabo una actividad económica.2) Que empleen a menos de 250 personas.3) Que su volumen de negocio anual no supere los 50 millones de euros, o bien,
que su balance general anual no rebase los 43 millones de euros.4) Que no se hallen participadas directa o indirectamente en un 25%, o
más, por otra empresa, o conjuntamente por varias de ellas, que no reúna
alguno de los requisitos anteriormente expuestos.Empresarios individuales y profesionales autónomos. Domiciliados en Euskadi, que cumplan los siguientes requisitos: 1) Que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o por cuenta propia de la Seguridad Social.2) Que obtengan rendimientos de actividades económicas o profesionales
sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El Programa estará abierto a todos los sectores de actividad económica,
si bien quedan excluidos como beneficiarios del mismo, entre otros, los
Entes y Sociedades Públicas, las entidades financieras o las actividades
de naturaleza inmobiliaria. Será imprescindible para acogerse al Programa que la empresa en cuestión
no se halle en situación de crisis ?según la concepción de la Comisión
Europea al respecto-, y que esté al corriente en el pago de sus
obligaciones con las Haciendas Forales y con la Seguridad Social.Características de las operaciones de préstamo. Las operaciones de préstamo tendrán las siguientes características: 1) Instrumento: préstamo amortizable.2) Tipo de interés máximo: Euribor a seis meses más 3,0%. (3,4%)3) Plazo: 3, 5 y 7 años, con uno de carencia opcional de amortización
del principal. La liquidación de intereses y amortización se efectuará
con periodicidad trimestral, plazo que también regirá para la revisión
del tipo de interés en caso de que el préstamo se formalice a tipo
variable.Los prestatarios podrán cancelar o amortizar anticipadamente los préstamos sin coste alguno.4) Los préstamos no tendrán ningún tipo de comisión o gasto adicional.5) La cuantía de los préstamos será:- Entre 50.000 euros y 650.000 euros para pequeñas y medianas empresas.- Entre 10.000 euros y 100.000 euros para empresarios individuales y profesionales autónomos. Coste y condiciones de los avales.-    Comisión de estudio: 0,10% del principal del préstamo, por una sola vez a la solicitud del aval. –    Comisión de formalización: 0,20% del aval formalizado y por una sola vez. –    Comisión de aval: 0,75% anual. Se aplicará anticipadamente con fecha 1 de enero sobre el saldo a esa fecha de cada año de cada préstamo avalado. En el año de su formalización y el de su vencimiento definitivo se aplicará sobre el saldo medio de forma proporcional al número de días efectivamente transcurridos hasta fin de año o hasta el vencimiento. –    No se aplicará ningún tipo de comisión o gasto adicional por parte de la Sociedad de Garantía Recíproca. Relación de las Sociedades de Garantía Recíproca y Entidades Financieras colaboradoras Las pymes y autónomos que quieran solicitar la financiación deben dirigirse directamente a las Sociedades de Garantía Recíproca, que valorarán las propuestas y decidirán quién se beneficia del programa, esto es, Elkargi y Oinarri evaluarán directamente las solicitudes de ayudas y emitirán las autorizaciones de aval con las que las pymes y los autónomos podrán formalizar el préstamo con la caja o banco. Podrán exigir contragarantías reales o personales.Presentación de solicitudes Las solicitudes, así como el resto de documentación, se presentarán en las oficinas de las Sociedades de Garantía Recíproca colaboradores que en Donostia están situadas en:ELKARGI (Dirección Regional Gipuzkoa, Donostia):Paseo Mikeletegi, 50 20009 – DonostiaTeléfono: 943 – 309177 (Beatriz Insausti)egipuzkoa@elkargi.es OINARRI (Delegación Gipuzkoa, Donostia):Idiáquez 13, 1º oficina 6 20004 – DonostiaTeléfono: 943 – 440666 gipuzkoa@oinarri Los interesados podrán obtener información así como los impresos de solicitud en el portal www.ejgv.euskadi.net o a través del servicio de atención Zuzenean (teléfono 012).Esta primera convocatoria se realiza por un
importe de 300 millones de euros: 280 millones de euros para el colectivo de pequeñas
y medianas empresas y 20 millones de euros para el de empresarios individuales
y profesionales autónomos.

Las dietas y los nuevos conceptos de cotización incluidos en la base de cotización

– Las asignaciones para gastos de locomoción del trabajador que se desplace fuera de su centro habitual de trabajo para realizarlo en lugar distinto siguen estando excluidas, y conviene resaltarlo por su importancia en el sector y porque ha dado lugar a cierta inquietud. – También seguirán excluidas las asignaciones para gastos normales de manutención y estancia generados en municipio distinto del lugar de trabajo habitual del perceptor y de su domicilio habitual del perceptor, con los límites establecidos en la Ley del IRPF (*).

(*) Límites establecidos en la Ley del IRPF
RD 439/2007. Art. 9.A.3.a) Se considerará como asignaciones para gastos normales de manutención y estancia en hoteles, restaurantes y demás establecimientos de hostelería, exclusivamente las siguientes: 1.º Cuando se haya pernoctado en municipio distinto del lugar de trabajo habitual y del que constituya la residencia del perceptor, las siguientes:
? Por gastos de estancia, los importes que se justifiquen. En el caso de conductores de vehículos dedicados al transporte de mercancías por carretera, no precisarán justificación en cuanto a su importe los gastos de estancia que no excedan de 15 euros diarios, si se producen por desplazamiento dentro del territorio español, o de 25 euros diarios, si corresponden a desplazamientos a territorio extranjero. ? Por gastos de manutención, 53,34 euros diarios, si corresponden a desplazamiento dentro del territorio español, o 91,35 euros diarios, si corresponden a desplazamientos a territorio extranjero. 2.º Cuando no se haya pernoctado en municipio distinto del lugar de trabajo habitual y del que constituya la residencia del perceptor, las asignaciones para gastos de manutención que no excedan de 26,67 ó 48,08 euros diarios, según se trate de desplazamiento dentro del territorio español o al extranjero, respectivamente.

Tasa por el uso de infraestructuras en el Reino Unido desde el próximo 1 de abril de 2014

Los vehículos británicos pueden pagar la tasa por periodos semestrales o anuales y los extranjeros por periodos diarios, semanales, mensuales o anuales. La tasa para cada vehículo de más de 12 Tn oscila entre 1,70 y la 10 libras al día (85 y 1000 libras al año) dependiendo del tipo de vehículo, número de ejes y peso (ver tabla 1), y la banda (ver tabla 2). El sistema de pago permitirá a los usuarios o conductores extranjeros
el abono de la tasa antes de entrar en el Reino Unido a través de un
abanico de canales on-line, incluyendo teléfono y terminales de punto de
venta. La autorización se habilita por períodos de días naturales, es decir, el plazo de validez de la tasa es desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas, independientemente de a qué hora se haya sacado la tasa. En caso de no pagar, la multa asciende a las 300 libras, es decir, unos 366 euros, y se podría inmovilizar el vehículo en caso de no hacerla efectiva en el momento.Tabla 1 y Tabla 2.Acceso a la página del Gobierno de Reino Unido con toda la información.

Catalunya: La Agencia Tributaria devolverá a partir del 1 de febrero el importe del céntimo sanitario a todos los transportistas inscritos en el censo del Gasóleo Profesional

Para obtener la devolución, los titulares de los vehículos deben inscribirse en el censo de beneficiarios del gasóleo profesional y de vehículos de su titularidad, pagar con una tarjeta de gasóleo profesional los repostajes realizados en una estación de servicio y, cuando se trate de suministros realizados en instalaciones de consumo propio, darlas de alta y presentar la relación de los suministros realizados.

Proposición de Ley para modificar la actual legislación de lucha contra la morosidad

El pasado 21 de enero, el grupo parlamentario de CiU presentó en el Congreso de los Diputados una proposición para modificar la actual legislación de lucha contra la morosidad para su tramitación parlamentaria. En concreto esta propuesta incluye un nuevo régimen sancionador dirigido tanto a las empresas como a las entidades públicas que incurran en algunas de las infracciones previstas en dicha Proposición de Ley, estableciéndose cuantías que van desde los 6.000 euros para las infracciones leves, por ejemplo, pagar a 80 días, hasta los 900.000 euros para las infracciones muy graves, como incumplir sistemáticamente los plazos de pago en perjuicio de las pequeñas y medianas empresas o prevaliéndose de su situación de dependencia económica.

El próximo 18 de febrero se constituirá el CNTC en el que participará FITRANS por primera vez

Tal y como ya se informara en el boletín de noticias Nº 1024, FITRANS se ha hecho un «hueco» dentro del Comité Nacional del Transporte por Carretera obteniendo un 3,44% de representatividad, si bien en algunas secciones este porcentaje es mayor.Sección 11 – Transporte Público Interior de Mercancías en Vehículos Pesados: 5,43%.Sección 12 – Transporte Público Internacional de Mercancías: 4,75%.Sección 13 – Agencias de Transporte de Mercancías de Carga Completa: 8,07%.Nota de prensa completa.Comparativa de representación en CNTC entre 2010 y  2014Composición completa por secciones.

El Gobierno Vasco lanza un plan para crear 32.000 empleos

El Consejo de Gobierno aprobó ayer el Programa Marco por el Empleo y la Reactivación Económica. El programa contempla dos grandes ejes de actuación en el horizonte 2014-2016: la recuperación del crecimiento y el empleo, a través del Plan de Empleo, que también fue aprobado ayer por el Consejo de Gobierno, y la reactivación de la economía, a través de la llamada Estrategia 4i (Inversión, Innovación, Internacionalización e Industrialización). El programa contempla un presupuesto de 6.475 millones de euros y prevé un impacto en la economía vasca cifrado en 32.000 nuevos empleos, 8.000 nuevas empresas y autónomos, 1.750 nuevas PYMES exportadoras y 75 nuevos proyectos estratégicos de investigación.

Los camiones no podrán circular por el carril izquierdo en Austria

La fecha de entrada en vigor de esta Ley aún no se ha fijadoEl pasado 8 de enero, y con el objetivo de mejorar la seguridad y fluidez del tráfico, el Consejo de Ministros del país germano aprobó una enmienda a la Ley de Circulación en la que establece una prohibición general de circulación para camiones de más de 7,5 toneladas de peso bruto en el carril izquierdo de las autopistas de 3 y 4 carriles en Austria. Esta prohibición afectará a 700 km de autopistas con tres carriles y 40 kilómetros con cuatro carriles. En Suiza, Alemania y en Italia ya hay regulaciones idénticas o similares en vigor.

Publicado en el BOG el nuevo IRPF en Gipuzkoa que «elimina» el sistema de módulos

Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en la misma y, en particular, la Norma Foral 10/2006 de 26 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.Continuarán en vigor las normas reglamentarias que no se opongan a la presente Norma Foral, en tanto no se haga uso de las habilitaciones reglamentarias que en ella se prevén.Texto íntegro NF 3/2014.