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GIPUZKOA: EPSV para autónomos


El Gobierno Vasco y las Cámaras de Comercio de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa han promovido unos sistemas de previsión diseñados para los autónomos a través de diferentes EPSVs. Con el apoyo de seis entidades bancarias de referencia, esta iniciativa ofrece  un sistema adaptado a las particularidades del colectivo, equiparándolo al tratamiento de las EPSV de empleo preferente.

GIPUZKOA: Nueva Calculadora de IVA TicketBAI modelo 390

Tal y como se informa en la página web de la Hacienda Foral de Gipuzkoa, ya se dispone en la sede electrónica dentro de TicketBAI Ataria la nueva versión que permite consultar el borrador del modelo 390 anual de IVA además de otras opciones.

Novedades principales:

  • Posibilidad de consulta del borrador de IVA del modelo 390 con la información anual.

  • En el borrador del 390 se muestra la información de las casillas* especificas del modelo:
    • Operaciones en régimen general excepto REBU, AGENCIAS DE VIAJE y CRITERIO DE CAJA
    • Operaciones en Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP)
    • Operaciones en Régimen Especial Recargo de Equivalencia (RERE)
    • Régimen Especial de Bienes Usados, Objetos de arte,.. (REBU)
    • Régimen Especial de Agencias de Viaje (REAV)
    • Operaciones exentas sin derecho a deducción
  • Nuevas casillas* con información acumulada de los siguientes conceptos
    Otra información relevante:
    • Régimen Simplificado
    • Facturas emitidas en sustitución de facturas simplificadas (F3): Base imponible
    • Facturas emitidas en sustitución de facturas simplificadas (F3): Cuotas
    • Otras operaciones no sujetas art. 7, Otros. OT
    • Operaciones por cuenta de terceros. VT
    • Operaciones realizadas desde establecimientos permanentes situados en Canarias, Ceuta y Melilla

 

* Todas estas casillas se muestran tanto en el modelo anual como en los trimestrales o mensuales.

 

  • Consulta de la información de un mes concreto. Seleccione en el apartado de “Otras calculadoras parciales” el mes del que desea obtener la información
    • Nota: dispone además de la posibilidad de consultar la información relativa al 4º trimestre

  • La información de cualquier periodo se puede consultar en cualquier momento del año, no hace falta esperar a que el periodo a consultar esté finalizado. En la pantalla se indica que el periodo no ha finalizado:

  • Una vez presentado el modelo se muestra en el borrador la comparativa entre lo calculado a partir de TicketBAI y lo declarado en el modelo. Además de la comparativa trimestral 300 ahora también se muestra la anual del 390.

 

Con cualquier consulta no dude en recurrir al buzón TicketBAI ticketbaikontsultak@gipuzkoa.eus

Toda la información en la página web de TicketBAI Calculadora

Ayudas a la formación dirigidas a delegados de prevención de las empresas de la CAV


Osalan ha aprobado una ayuda de 300.000 euros para formar a delegadas y delegados de prevención de riesgos laborales en materia de seguridad y salud laboral en 2025. De este modo, se busca capacitar a representantes de prevención para que conozcan los riesgos laborales de los puestos de trabajo de su empresa y facilitar la labor de prevención a la empresaria o al empresario y al resto del personal trabajador, dado que son uno de los eslabones más importantes de la prevención y contribuyen a difundir su importancia y facilitar la reducción de los accidentes laborales y enfermedades profesionales.

La convocatoria está dirigida a entidades públicas y privadas para que impartan formación de nivel básico de la que debe disponer el personal delegado de prevención de riesgos laborales de las empresas de Euskadi. La solicitud de subvención se deberá presentar para cada acción formativa a través de la sede electrónica (euskadi.eus/sede).

El alumnado deberá ser exclusivamente personal delegado de prevención de riesgos laborales y deberá estar previamente inscrito en el Registro de Delegadas y Delegados de Prevención de Riesgos Laborales de Euskadi, adscrito al Departamento de Economía, Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco.

Aclaraciones sobre los certificados de aprobación ADR y los certificados de conformidad ATP

Según la información remitida desde la Subdirección General de Inspección de Transporte por Carretera y Ferrocarril, en los últimos meses ha habido algunas dudas sobre los certificados de aprobación ADR emitidos electrónicamente pero cuya renovación se produce de forma manuscrita en el dorso de una copia en papel. Este hecho ha generado algún incidente con ciertos cargadores, así como alguna denuncia. Teniendo en cuanta el fomento de la digitalización del sector, el Ministerio de Transportes, Movilidad Sostenible y el Ministerio de Industria y Turismo han elaborado un comunicado conjunto, con el visto bueno de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, que aclara la situación respecto de los certificados ADR y ATP electrónicos y establece una situación transitoria hasta el 1 de marzo de 2025.

Obligatoriedad de llevar a bordo los certificados

Es obligatorio llevar a bordo del camión tanto el Certificado de Aprobación ADR como el Certificado de Conformidad ATP, salvo que, en el caso del ATP, el vehículo cuente con una placa fija que lo sustituya.

Formatos válidos y modos de presentación

Los certificados pueden ser emitidos en formato papel o electrónico y deberán portarse de la siguiente manera:

1- Certificados emitidos en formato papel:

  • Si el certificado se emitió en formato papel se llevará el original en papel.
  • En el caso del Certificado de Conformidad ATP también se podrá llevar fotocopia autentificada por el organismo de control emisor.

2- Certificados emitidos en formato electrónico:

Si el certificado se emitió en formato electrónico se podrá llevar:

  • Copia electrónica, que deberá incluir los metadatos que acrediten su condición
    de copia y que se visualicen al consultar el documento.
  • O una copia en soporte papel, en la que deberá figurar la condición de copia y contendrá un código de verificación (CSV) y un código en formato QR que permitan contrastar la autenticidad del documento electrónico.

En el caso del Certificado de Aprobación ADR prorrogado antes del 28 de febrero de 2025, las copias en papel podrán incluir las prórrogas de forma manuscrita en el reverso.

Aceptación de los certificados

Los certificados que se lleven a bordo de acuerdo con lo descrito anteriormente deberán ser aceptados por los cargadores, por los diferentes servicios de inspección (transporte, sanidad o industria) y por los agentes de las Fuerzas de vigilancia del transporte en carretera.

Controles en carretera y requisitos técnicos

En el caso de los controles de carretera realizados por la Guardia Civil, que dispone de dispositivos electrónicos para contrastar la autenticidad de las copias, tanto el certificado ADR como el ATP emitido de forma electrónica deberán llevar un código QR que contenga la URL donde se encuentra guardado el documento electrónico. Los organismos emisores de dichos certificados deberán comunicar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible el dominio donde estén alojados dichos documentos electrónicos.

Responsabilidad del conductor

Es indispensable que el conductor disponga de los dispositivos y aplicaciones necesarias para acceder al certificado electrónico original, en caso de que sea requerido por un agente de control o por los cargadores de mercancías peligrosas.

Próxima regularización de las cotizaciones sociales de los autónomos correspondientes a 2023

El Ministerio de Seguridad comenzará a enviar las notificaciones del proceso de regularización en unos días. En las mismas se notificará la información de las bases de cotización definitivas a través de correo electrónico, carta física y el portal Importass de la Tesorería General de la Seguridad Social. A su vez, la información estará disponible a través del sistema RED de la Seguridad Social. Si la cuota elegida durante el año por el autónomo fuera inferior a la cuota mínima que le correspondería por los rendimientos netos obtenidos, tras el cruce de datos con Hacienda, se notificará al trabajador el importe de la diferencia. La devolución o ingresos de oficio está prevista para el próximo mes de febrero, aunque podría estirarse a marzo debido al retraso inicial. El trabajador por cuenta propia deberá abonar ese importe antes del último día del mes siguiente a aquel en que se haya recibido la notificación con el resultado de la regularización. Si, por el contrario, la cotización realizada por el trabajador autónomo fuera superior a la correspondiente a la base máxima del tramo en el que estén comprendidos sus rendimientos, la Seguridad Social tendría que devolver al autónomo las cuotas pagadas de más en 2023 antes del 30 de abril de 2025.

Más información.

Representación a favor de GUITRANS para realizar los trámites en Tráfico

Recordamos que desde el pasado el 10 de enero de 2024 es necesario apoderar a GUITRANS para todas las gestiones relacionadas con la Dirección General de Tráfico como matriculaciones, transferencias, etc. Y que dicha representación o apoderamiento tiene una vigencia de 6 meses, por lo que deberá procederse a su renovación.

El otorgamiento del poder o representación se realiza on line. Los pasos que hay que dar son los siguientes:

Consulte en GUITRANS los datos de la Asociación para formalizar la representación.

Nuevos descuentos para camiones en el peaje de la AP-9

El Consejo de Ministros, reunido el pasado 27 de noviembre, ha acordado ampliar el compromiso de gasto para financiar la mejora de las bonificaciones de los peajes de la Autopistas del Atlántico (AP-9), que incrementa las rebajas a los usuarios hasta el 50%, cumpliendo una serie de condiciones. Esta medida supone un paso previo para la tramitación y aprobación del Real Decreto que regulará el aumento de los descuentos a los vehículos ligeros que utilicen la autopista de forma habitual y a todos los pesados.
Las nuevas bonificaciones se aplicarán de la siguiente forma:
  • Se mejora el descuento extra por recurrencia, que se eleva al 50%, a aquellos vehículos que realicen al menos 20 viajes al mes y abonen los peajes con telepeaje o VIA-T.
  • La recurrencia es una rebaja del importe pagado en todos los recorridos realizados en un mes, a contar desde el recorrido inicial, para aquellos vehículos que realicen al menos 20 viajes en dicho periodo. Se contabiliza como un viaje el recorrido realizado en un mismo día y en un mismo sentido de circulación por tramos de peaje de la autopista.
  • Se mantiene gratuidad de todos los trayectos de vuelta que se realicen en un plazo máximo de 24 horas, siempre que se pague con telepeaje, y el resto de las bonificaciones.
  • Los vehículos pesados verán incrementado el descuento desde el 20% actual al 50% desde el primer viaje, independientemente del sistema de pago y de los tramos que recorran.
Con el actual sistema de bonificaciones, en vigor desde finales de julio de 2021 (Real Decreto 681/2021), se han bonificado hasta el 30 de septiembre de 2024 más de 66 millones de tránsitos de vehículos ligeros y casi 14 millones de vehículo pesados.

Un conductor que posea una tarjeta de conductor de tacógrafo antigua, versión G2V1, y conduzca vehículos equipados con tacógrafos inteligentes versión 2, ¿tiene que registrar manualmente el cruce de fronteras?

No, no es necesario ya que queda registrado en la memoria del tacógrafo. En cualquier caso, para facilitar y reducir la duración de los controles en carretera a los conductores titulares de tarjetas de conductor antiguas (G2V1), estos, especialmente al cambiar de vehículo, deberán llevar siempre consigo los tickets impresos con la memoria del tacógrafo de los últimos 28 días. (o 56 días a partir del 1/1/2025). De esta forma, al no registrar las siglas de los países atravesados ​​las tarjetas más antiguas (G2V1), pueden presentar a las autoridades los tickets que contienen los registros de las siglas de los países atravesados, cumpliendo así con lo establecido en la normativa comunitaria.
Si estos mismos conductores no han cambiado de vehículo en los últimos 28 ó 56 días (a 1/1/2025), entonces no necesitan imprimirlos, ya que los registros de los países atravesados quedan registrados en la memoria del tacógrafo del. vehículo que conducen habitualmente.