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Culminado el traspaso de las competencias de Tráfico a Navarra, que será efectivo en julio de 2026

Las Administraciones de la Comunidad Foral de Navarra y del Estado sellaron este pasado martes en Madrid el acuerdo para que Navarra pueda recuperar la competencia plena de tráfico. Dicho acuerdo será aprobado en próximas fechas por el Consejo de Ministros para su posterior publicación en el BOE. De esta forma, la Comunidad Foral podrá asumir en exclusiva las labores de vigilancia y control de carreteras, así como la gestión de las multas.

El acuerdo recoge que el despliegue de los agentes de Policía Foral para la vigilancia y control del tráfico se irá produciendo de manera progresiva en el plazo máximo de tres años. Tras ese periodo, Policía Foral pasará a asumir las labores de vigilancia y control de carreteras en exclusiva de forma definitiva en la misma situación que actualmente disponen País Vasco y Cataluña.

Durante el periodo necesario para que la Policía Foral complete dicho despliegue, la Guardia Civil continuará, en coordinación con aquélla, ejerciendo funciones de vigilancia y control en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor en las vías interurbanas y en travesías cuando no exista policía local.

En cuanto a la tramitación, resolución y recaudación de las sanciones, corresponderá a la Administración del Estado desde la fecha de efectividad del traspaso hasta el 30 de junio de 2026, con independencia del cuerpo policial que formule la denuncia.  A partir del 1 de julio de 2026, la tramitación, resolución y recaudación de los expedientes sancionadores corresponderá a Navarra.

Actualización de cuantías de indemnizaciones por daños y perjuicios en accidentes de circulación 2025

En el BOE de 24 de marzo de 2025 se ha publicado la Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. El Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, establece en su artículo 65 que en tanto se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2025, las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, así como las pensiones ordinarias y extraordinarias del Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado, se revalorizarán en 2025 con carácter general el 2,8% respecto del importe que tuvieran a 31 de diciembre de 2024, equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del IPC
de los doce meses previos a diciembre de 2024.

Hacienda aclara por fin los límites para tributar por módulos en 2025

Se mantienen en 2025 los límites para la aplicación del método de estimación objetiva (módulos) vigentes en los ejercicios 2016 a 2024.

En el BOE de 24 de diciembre 2024 se publicó el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social. Entre las medidas, la prórroga (*) para el período impositivo 2025 de los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA (en Gipuzkoa, no hay módulos en IRPF). El 23 de enero de 2025 se publicó en el BOE el  acuerdo de derogación de dicho Real Decreto-Ley., quedando la prórroga a 250.000 euros sin efecto.

(*) Disposición transitoria decimotercera. Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en los ejercicios 2016 a 2025.
Para los ejercicios 2016 a 2025, ambos inclusive la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2.º y el número 3.º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124 de esta Ley, queda fijada en 250.000 euros.

Desde el sector se ha presionado para que Hacienda aclarase cómo iba a quedarse el límite de facturación para los transportistas ya que la citada situación tras la derogación del Real Decreto-ley 9/2024 estaba generando incertidumbre e inestabilidad al sector. El viernes pasado, 21 de marzo, la Dirección General de Tributos de la Agencia Tributaria emitió una nota informativa en la que confirma la prórroga de los límites aplicados en 2024.

Para acceder a dicha nota, pinchar aquí.

 

Un camión equipado con funciones de seguridad avanzadas obligatorias por el Reglamento (UE) 2019/2144 como por ejemplo sistemas de información de puntos muertos, ¿debe tener colocadas las pegatinas de señalización de ángulo muerto para circular por Francia?

Sí. Desde la asociación de transporte francesa O.T.R.E nos confirman que, a pesar de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2019/2144, que exige una serie de elementos de seguridad avanzados de carácter obligatorio que deben incorporar las homologaciones de vehículos nuevos, sigue vigente la obligación de colocar las pegatinas de de señalización de ángulo muerto en los vehículos pesados.

Iruña actualiza su protocolo para la descarga de mercancías en horario nocturno

El Ayuntamiento de Pamplona cuenta con un protocolo para la descarga de mercancías en horario nocturno que deben cumplir las empresas distribuidoras autorizadas. El Ayuntamiento tiene concedidas 34 autorizaciones, principalmente a empresas de transporte de productos con destino a supermercados de la ciudad. El protocolo se ha actualizado y se adjunta a la resolución de las autorizaciones concedidas para insistir en la obligatoriedad de su cumplimiento.

El Ayuntamiento de Pamplona va a mantener reuniones con empresas distribuidoras para dar una mejor difusión al protocolo y para desarrollarlo, con la introducción incluso de posibles mejoras. El protocolo se ha actualizado incluyendo una especificación en lo que se refiere al transporte de la mercancía por las aceras. Se añade al protocolo que “en el recorrido por los tramos de acera de acera se deberán instalar algún tipo de estera de caucho, alfombra de goma, manta o similar de espesor suficiente, a fin de evitar el ruido generado al desplazar la transpaleta y las jaulas sobre el dibujo (pastillas) de las baldosas”.

El protocolo de descarga de mercancías en horario nocturno establece una serie de disposiciones que regulan tanto la preparación y la descarga en sí como la labor del personal que participa en los trabajos. Se exige, por ejemplo, señalización de balizamiento e iluminación acorde al vehículo, elementos y condiciones de la vía, que la descarga se realice con el motor del camión parado, que se desconecte en equipo frigorífico de los vehículos hasta que se salga del término municipal o que la apertura del establecimiento, en especial las puertas y persianas metálicas, se realice con especial cuidado evitando ruidos innecesarios.

El personal involucrado en la descarga deberá portar un chaleco reflectante y el conductor del camión se abstendrá de utilizar el claxon y la radio, o de conducir de forma agresiva en especial sin acelerones bruscos. Los elementos que se utilicen para el transporte de mercancías contarán con ruedas de material específico para evitar ruido, el suelo de la cama del camión deberá estar insonorizado y, una vez finalizada la descarga, el tiempo entre el arranque del camión y el abandono del lugar será mínimo, además de que la zona queda despejada y limpia.

El Ayuntamiento de Pamplona quiere insistir en el cumplimiento de este protocolo para evitar molestias a la ciudadanía en el horario nocturno. En el caso de que se detecten incumplimientos, el Ayuntamiento de Pamplona podría proceder a la retirada de las autorizaciones o incluso a sanciones.

Izaskun Goñi Razquin, nueva presidenta del Puerto de Pasaia

El Gobierno Vasco nombrará en la reunión del Consejo de Gobierno del próximo martes 25 de marzo a Izaskun Goñi Razquin como nueva presidenta de la Autoridad Portuaria de Pasaia, en sustitución de Joakin Telleria, que ha cesado en su cargo por jubilación. Con este nombramiento, Izaskun Goñi pasará a ser la primera mujer en ostentar la máxima responsabilidad del Puerto de Pasaia.

Inició su carrera profesional en el campo de la Industria, como responsable de exportación en la empresa Docuworld, en Oiartzun, y como directora general de la empresa Óptima Comunicación en el Parque Tecnológico de Bizkaia, durante 8 años.

En los dos últimos años ha ostentado el cargo de Presidenta no ejecutiva de NHOD Industries, ingeniería francesa de innovación dedicada a la transferencia del conocimiento a la industria, y ha trabajado como miembro del Consejo Asesor de SRT Automotive.

Izaskun Goñi ha sido miembro del Comité Ejecutivo de la Eurorregión NAEN – Nueva Aquitania-Euskadi-Navarra durante 8 años donde trabajó en proyectos transfronterizos de colaboración logística y captando fondos europeos.

También ha ostentado el cargo de Directora General del Departamento de Desarrollo Económico del Gobierno de Navarra durante 8 años, responsabilizándose de las áreas de Industria, Digitalización, Política Económica, Comercio Internacional, Fondos Europeos y Trabajo.

Una empresa de transportes debe tramitar el certificado de conductor no comunitario para un conductor con residencia de larga duración?

No. El artículo 2 de la Orden TRM/59/2025, de 16 de enero, establece que «deberán obtener un certificado de conductor aquellas empresas que realicen transporte público internacional de mercancías por carretera y sean titulares de una licencia comunitaria para cada conductor contratado o empleado salvo que sea trate de nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o residentes de larga duración de acuerdo con la Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración».

Primer paso para reducir la tasa máxima de alcohol en la conducción y la prohibición de la difusión de la ubicación de controles en redes sociales

El Pleno del Congreso ha tomado en consideración este martes la Proposición de Ley sobre la reducción de la tasa máxima de alcohol en la conducción y la prohibición de la difusión de la ubicación de controles en redes sociales. La iniciativa, del Grupo Socialista, comienza su tramitación con 177 votos a favor, 32 en contra y 135 abstenciones.

Según la exposición de motivos, las múltiples reformas de la  Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial “han tenido como hilo conductor la mejora de la seguridad vial. Y en este mismo objetivo deben entenderse las dos medidas objeto de la presente modificación: la reducción de la tasa máxima de alcohol en sangre o en aire espirado permitida para la conducción de vehículos y la prohibición de la difusión de información sobre controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial, claramente complementarias”.

La ley, que se constituye por un artículo único, propone reformar el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

En primer lugar, se añade al artículo 13 la prohibición de “la difusión por cualquier medio, público o privado, de todo dato o información relativa a la ubicación de controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial”.

Asimismo, el artículo 76 señalará que será infracción grave “conducir con tasas de alcohol superiores a 0,1 miligramos por litro de aire espirado o 0,2 gramos por litro en sangre, hasta 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre.” De la misma manera, el artículo 77 recogerá que será infracción muy grave “conducir con tasas de alcohol superiores a 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre, o con presencia en el organismo de drogas”.

También será infracción muy grave “la difusión por cualquier medio, público o privado, de todo dato o información relativa a la ubicación de controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial”.

A su vez, se modifica el artículo 80, que señalará que “las infracciones previstas en el artículo 77c) cuando la tasa de alcohol exceda de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o 1 gramos por litro en sangre, y d) serán sancionadas con multa de 1.000 euros”.

Por su parte, el punto seis modifica el artículo 82, relativo a los controles policiales, que queda redactado de la siguiente manera: “En el supuesto de difusión por cualquier medio, público o privado, de todo dato o información relativa a la ubicación de controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial, el responsable de la infracción será la persona física que difunda el contenido, aunque se sirva para ello de plataformas o servicios de la sociedad de la información, o se trate de redifusiones con origen en otros datos o informaciones de terceros”.

Por último, el punto siete modifica el punto 1 del anexo II, que recoge las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos. De tal modo, la sanción será de seis puntos cuando los valores miligramos por litro aire espirado sean superiores a más de 0,5, o 1 gramo por litro en sangre; de cuatro puntos cuando los valores miligramos por litro aire espirado sean superiores a 0,25 hasta 0,50, o superior a 0,5 hasta 1 gramo por litro en sangre (incluido), y de dos puntos cuando los valores miligramos por litro aire espirado sean superiores a 0,10 hasta 0,25, o superior a 0,2 hasta 0,5 gramos por litro en sangre (incluido).

Tramitación parlamentaria

Al haber superado el debate de toma en consideración, la proposición de ley se remitirá a la comisión competente y se abrirá el correspondiente plazo de presentación de enmiendas a la totalidad y al articulado. En el caso de que se presentaran enmiendas a la totalidad, que solo pueden ser de texto alternativo, se celebrará el debate de totalidad. Una vez celebrado el debate, y si dichas enmiendas son rechazadas, la iniciativa continuará su tramitación en el Congreso. Si la iniciativa resulta aprobada por la Cámara Baja, se remitirá al Senado para continuar su tramitación parlamentaria.

Eslovaquia: desvío del tráfico de mercancías en tránsito desde el puente Prístavný

Según informa ANTRAM, con la información facilitada por CESMAD, apartir de este mes de marzo entrará en vigor una nueva normativa que permitirá el paso por el puente Prístavný (circunvalación de la autopista D1 en Bratislava) únicamente a vehículos con un peso superior a 3,5 toneladas destinados al transporte de mercancías. El tráfico de tránsito se redirigirá desde la D2 (Pečňa – Petržalka) a la D4, desde donde los vehículos accederán a la D1 a través del ramal recientemente inaugurado en el cruce D1/D4.

Si bien el nuevo trazado puede suponer un ligero incremento en las tarifas de los peajes, es una solución eficaz y recomendable si la comparamos con el ahorro de tiempo que supone la menor frecuencia de los atascos.

En caso de infracción de la prohibición de circulación, el conductor podrá ser multado con hasta 1.000 € en procedimiento sumario y con hasta 1.500 euros en procedimiento administrativo.