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Los infractores sancionados por incumplimientos en la normativa de prevención de riesgos laborales serán dados a conocer en un registro creado a tal efecto por el Gobierno Vasco

Por tanto, el Gobierno dará publicidad a dichas sanciones y creará un
registro de empresas sancionadas por incumplir la prevención de riesgos
laborales. El registro queda adscrito a la dirección de Trabajo del
Departamento de Empleo y Asuntos Sociales. La creación de este registro ya está prevista en la Ley estatal de
Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que prevé la publicidad de
las sanciones firmes impuestas por infracciones muy graves en materia de
prevención de riesgos laborales, en la forma que reglamentariamente se
establezca. Las sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de
prevención de riesgos laborales, una vez firmes, y previa comunicación a
la empresa sancionada, serán publicadas en el Boletín Oficial del País
Vasco, mediante resolución del Director o Directora de Trabajo. Una vez
publicadas, se inscribirán en el registro. La publicación especificará,
entre otras cuestiones, el nombre de la empresa, la infracción cometida y
la cuantía de la sanción económica, así como otras sanciones impuestas
con carácter principal o accesorio, en su caso.(Real Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y creación del Registro de empresas sancionadas, publicado en el BOPV de 4 de diciembre de 2012).

Los depósitos de combustible fijos en una unidad de transporte en el ADR 2013: Caso particular de los frigoríficos

El nuevo ADR 2013, cuya entrada en vigor es el 1 de enero de 2013 recoge la Disposición Especial 363, que literalmente dice:»Condiciones de transporte, señalización y documentación de los combustibles líquidos para maquinaria instalada o transportada en un vehículo».Según nos informa ASTIC, de este texto, y en palabras de D. Eduardo Gómez, Jefe de Mercancías Peligrosas del Ministerio de Fomento, se deduce que los depósitos de combustible para funcionamiento del equipo de frío están exentos, pero cumpliendo los dos siguientes requisitos:1. Etiquetas.- Depósitos con una capacidad entre 60 y 450 litros. Tendrán que llevar pegada una etiqueta de la clase 3 (Inflamables) de unas dimensiones de 10 x 10 cm.- Depósitos con una capacidad entre 450 y 1.500 litros. Llevarán cuatro etiquetas de 10 x 10 cm. cada una de ellas en una de las caras del depósito.- Depósitos con más de 1.500 litros, llevarán Placas Etiquetas de 30 x 30 cm.

2. 2.- En el documento de transporte se tiene que hacer mención a la Disposición Especial 363 del capítulo 3.3. del ADR. Con estos dos requisitos, y no superando los 1.500 litros para el transporte en los depósitos de combustible, no se considerará que estos vehículos transportan mercancías peligrosas.

El Gobierno analiza modificar el sistema de prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos por las dificultades que presenta acceder al mismo

Los requisitos para acceder al sistema están siendo difíciles de cumplir, a la vista de las estadísticas de la Seguridad Social. Y es que, según datos de la Seguridad Social, en lo que va de año, 505.889 trabajadores del RETA cotizan por la cobertura de cese de actividad. En este periodo se presentaron 5.281 solicitudes, de las que se resolvieron favorablemente 959 (un 18,2%). En este sentido, solo 1 de cada 100 autónomos, el 1,04%, de los trabajadores por cuenta propia que cotizaban por la cobertura de cese de actividad solicitaron el paro. Para acogerse al sistema, además de estar en situación de alta y de haber cotizado el tiempo exigido, deben además justificar y acreditar la situación de cese, requisito prácticamente imposible de acreditar.

Los contribuyentes deberán informar en el primer trimestre de 2013 sobre los bienes y derechos situados en el extranjero

El Real Decreto excluye de esta obligación de declarar cuando el valor de los mismos no supere los cincuenta mil euros por cada tipo de bien. La presentación en años sucesivos de la declaración informativa sólo será obligatoria cuando el citado límite hubiese experimentado un incremento superior a veinte mil euros.La información a suministrar incluirá, en el caso de cuentas abiertas en entidades financieras, los saldos de estas cuentas a 31 de diciembre y el saldo medio correspondiente al último trimestre del año; esta información se referirá a cuentas corrientes, de ahorro, imposiciones a plazo, cuentas de crédito y cualesquiera cuentas o depósitos dinerarios con independencia de la modalidad o denominación que adopten, aunque no exista retribución. En el caso de inmuebles figurarán la fecha y el valor de adquisición, y la fecha de apertura o cancelación y, en el caso de valores, constará derechos, seguros y rentas depositados o gestionados en el extranjero, el saldo a 31 de diciembre de cada año.
El incumplimiento de las obligaciones en cuestión podrá tener consecuencias en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades, en la medida en la que se puedan descubrir, por parte de la Administración tributaria, patrimonios ocultos vinculados a este tipo de bienes y derechos. En ese caso serán imputados al último ejercicio no prescrito, con lo que el contribuyente se arriesga a fuertes sanciones e, incluso, a incurrir en delito fiscal.

Túnel de Mont- Blanc: Desde el 1 de noviembre de 2012, los vehículos de más de 3,5 Tn de la categoría Euro 2 también tienen prohibido el acceso al túnel

La conferencia intergubernamental franco-italiana del túnel de Mont-Blanc, reunida el pasado 12 de octubre, constataron la prohibición para los vehículos pesados de la categoría Euro 2 de circular por el interior del túnel. Según informa el servicio de prensa de la Prefectura de la Alta Saboya, esta prohibición afecta a los vehículos de más de 3,5 Tn puestos en circulación con anterioridad al 1 octubre de 2001. Recordamos que los vehículos de las categorías 0 y 1 ya tenían prohibida la circulación por el túnel.

Unanimidad en las Juntas Generales de Gipuzkoa que aprueban el límite máximo de 25 euros al mes por usar la AP-8 y la AP-1

El que no use la autopista no va a pagar. Y el usuario que no llegue a los 25 euros, pagará lo que le corresponde. Solo afectará a aquellos que lleguen o superen los 25 euros de gasto, siempre que dispongan del Via-T. La norma foral aprobada modifica el decreto foral del 2010. En ese decreto se aprobó el descuento gradual, y esa política de descuentos se mantiene pero añadiendo el tope de los 25 euros.

Publicado un decreto que regula el registro general de delegados de prevención en la CAV

La existencia del registro de delegados, cuya adhesión por parte de las
empresas es voluntaria, sacará a la luz las necesidades formativas de
los delegados y posibilitará el desarrollo ordenado de la formación,
tanto en su fase inicial como en lo que se refiere a las posteriores
acciones de reciclaje. OSALAN determinará los sectores o subsectores que
requieran de una formación específica en función de los riesgos
existentes.