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Tras la supresión de la obligación de cumplimentar el leave-letter, ¿cómo se justifican los periodos de descanso, vacaciones, baja por enfermedad, etc?

El Ministerio de Transportes emitió en junio de 2021 la instrucción circular 01/2021 estableciendo que el certificado de actividades o leave letter ya no era obligatorio (salvo en el caso de que se conduzca un vehículo con tacógrafo analógico).
Desde entonces, todos los conceptos que se recogían en el certificado de actividades han de registrarse obligatoriamente realizando una entrada manual adicional en el tacógrafo. Al insertar la tarjeta el tacógrafo pregunta si hay alguna entrada manual adicional, es en ese momento cuando hay que indicar que sí e introducir el periodo de vacaciones, de baja, de descanso de conducción de vehículo sin tacógrafo, de otros trabajos o de disponibilidad

2024, último año en el que estará operativa la licencia CEMT en papel

Según se informa en la página web del Ministerio, 2024 va a ser el último año en que va a estar operativa la licencia CEMT en papel tradicional. A partir del 1 de enero de 2025 las licencias y sus cuadernos de control estarán 100% digitalizadas y no habrá ningún documento en papel. Actualmente se está definiendo y desarrollando el nuevo sistema digital con un nuevo software. Las licencias CEMT se seguirán solicitando como hasta ahora, pero se emitirá una licencia CEMT digital que permitirá a las empresas, organización CEMT, autoridad emisora y autoridades de control gestionar los viajes vía web y parcialmente vía App; en todo caso, estos detalles son los que se están definiendo en la actualidad y no están aun totalmente definidos. Será recomendable que los conductores lleven incorporado en su móvil la App para gestionar el viaje, y también poder mostrar la autorización digital y toda su documentación asociada a las autoridades de control en caso necesario.
Las empresas que quieran solicitar licencias CEMT para el año 2025 deben ir preparando los recursos necesarios y estar listas para probar el sistema entre septiembre y noviembre de 2024.

NAVARRA: adjudicadas las obras de la duplicación del túnel de Belate por 62,8 millones de euros


Está previsto que en las próximas semanas se inicien los trabajos de construcción de la “Duplicación del túnel de Belate”. Supone poner en marcha uno de los proyectos de obras públicas más importantes y ambiciosos de Navarra de los últimos años. El plazo de ejecución es de 45 meses.

El nuevo túnel

El nuevo túnel de Belate dispondrá de una longitud de 2.885 metros aproximadamente, similar a la de la actual galería. Se iniciará en el punto kilométrico 28+010, a la izquierda de la entrada actual y finalizará en torno al punto 30+895, junto a la boca norte actual. Por tanto, este nuevo túnel se destinará para el tráfico en sentido sur, en dirección hacia Pamplona / Iruña.

Se construirán cinco galerías de emergencia, situadas cada 500 metros, que conectarán con el túnel existente. La galería central permitirá el paso de vehículos de emergencia y las otras 4 serán peatonales con acceso a vehículos ligeros.

Los dos carriles del nuevo túnel tendrán 3,5 metros de anchura cada uno de ellos, con arcén de 3 metros en el lado derecho en sentido de la circulación, y otro de 1 metro en el lado izquierdo. A ambos lados de la calzada se proyectan dos aceras de 0,75 metros cada una. La altura permitida para los vehículos que circulen por el interior de este túnel será de 5,5 metros.

Estará dotado con un sistema de ventilación compuesto por 17 ventiladores dimensionados para potencias de incendio superiores a 30MV, lo que garantiza el mantenimiento de los niveles ambientales en el tubo y la extracción de humo en caso de incendio.

A nivel de señalización, dispondrá de varios soportes exteriores e interiores. Fuera del túnel se instalarán 4 semáforos, 2 barreras de cierre y 1 panel de mensajería. En el interior se colocarán 16 paneles de afección de carril, 16 paneles de límite de velocidad, 16 semáforos, 2 paneles de mensajería y señalización fotoluminiscente.

De esta manera, la duplicación de los túneles de Belate permitirá disponer de vías unidireccionales con sentidos de circulación independientes, que permiten reducir el número de vehículos que circula por cada tubo. Además, en caso de emergencia se disponen galerías que interconectan los dos túneles y se logra una mayor capacidad de respuesta y una intervención más ágil.

Cronograma previsto 

Según el cronograma previsto por la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, se inician en primer lugar las obras del desdoblamiento del túnel de Belate. Progresivamente, se continuará con el túnel de Almandoz y el tramo entre túneles. Se finalizará con los trabajos de actualización de los actuales túneles de Belate y Almandoz.

PORTUGAL: reducción de tarifas de peaje a partir del 01/01/2024

En el Diário da República del 11 de diciembre de 2023 se publicó la Ordenanza nº 418/2023 que prevé una reducción de las tarifas de peaje en algunas autopistas y también un nuevo sistema modular de descuentos para las empresas de transporte. La reducción de las tarifas de peaje prevista en la ordenanza publicada es del orden del 65% y se aplica en las autopistas A22, A23, A24, A25 y en parte de la A4 – concretamente en el Túnel de Marão y entre Vila Real- Bragança (Quintanilha), en la A13-1 y también en la A13 entre Atalaia-A23 y Coimbra Sul.

Según informa la asociación portuguesa ANTRAM, respecto al nuevo régimen de modulación del valor del peaje, destacamos lo siguiente:

– Deja de existir el régimen de modulación del 15% previsto para el horario diurno en la A22, A23, A24 y A25, y del 35% en parte de la A4, A13 y A13-1.
– En régimen de modulación en días laborables, entre las 20.00 horas y las 7.59 horas (horario nocturno), festivos y fines de semana se sigue aplicando el descuento del 40% en la A22, A23, A24 y A25; sin embargo, en la autopista A4, A13 y A13-1 (en los tramos mencionados anteriormente) el descuento es ahora del 40% en lugar del 55%.
– Se mantiene el régimen de modulación en horario nocturno entre semana, festivos y fines de semana del 30% para la A4 (entre Sendim-Águas Santas), A17 (entre Mira-Aveiro Nascente (IP5), A25 (entre Aveiro/Barra – Albergaria /IP1), A28, A29, A41 (entre Freixieiro-Ermida/IC215) y A42.

En definitiva, a pesar de que las tarifas de los peajes se han reducido un 65%, la ordenanza ahora publicada determina el fin del régimen de peaje modular. (15% y 35%, dependiendo de la autopista de que se trate) y también una reducción del 15% en los descuentos actualmente previstos para los citados tramos de la A4, A13 y A13-1 (que pasarán al 40 %) en horario nocturno, entre semana, festivos y fines de semana.

Puerto de Amberes-Brujas: registro obligatorio de las empresas de transporte en CPu (Recogida certificada)


A partir del 15 de enero, los contenedores que salgan del puerto de Amberes por tierra, ferrocarril o camión únicamente se liberarán a través de la nueva plataforma Certified Pickup, utilizando los datos de identificación personal de los operadores y previa verificación por parte de la aduana. Por ello es fundamental que todos los afectados se registren antes del 15 de enero, ya que a partir de esa fecha ya no se aceptará el actual sistema de código PIN para la liberación de contenedores.

El nuevo sistema de recogida certificado se implementará inicialmente en las terminales de aguas profundas de Amberes, incluidas DP World (K1700), MPET, PSA 869 y PSA 913. Se espera que todas las demás terminales entren en funcionamiento poco después de esta fase inicial. Las terminales de contenedores de Zeebrugge no se verán afectadas durante esta primera fase de implementación.

Información adicional sobre la colección certificada y las etapas del proceso de registro se puede consultar en la plataforma de colección certificada .

En los siguientes enlaces se puede acceder a las guías específicas para todas las partes afectadas por los cambios:

– información general

– operadores de terminales

– agentes de transporte

– operadores de transporte

– Preguntas y respuestas más frecuentes (FAQ’s) .

¿Cuál es la edad de jubilación a partir del 1 de enero de 2024?

Aquellos trabajadores que quieran jubilarse a partir del 1 de enero con el 100% de la pensión tendrán que tener al menos 66 años y seis meses cumplidos, en virtud de la reforma de pensiones de 2013, en la que se elevaba progresivamente la edad de jubilación desde los 65 a los 67 años en un horizonte total de 15 años.

Estos 66 años y seis meses será la edad que se exija para quienes acrediten menos de 38 de cotización. Si se superan los 38 años cotizados, los trabajadores que quieran jubilarse desde el 1 de enero de 2024 con el 100% de la pensión tendrán que tener 65 años cumplidos.

Lo que no cambió con la reforma de 2013 es el requisito de cotización mínima para poder acceder a la pensión contributiva de jubilación, que se mantiene en al menos 15 años, dos de los cuales deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación.

 

Italia: prohibición de circulación de vehículos por la A4/A5

Tras las revisiones técnicas a la estructura del viaducto Camelosa ubicado en el km. 15,788 del enlace A4/A5 Ivrea-Santhià, se prohibió la circulación de vehículos con un peso bruto superior a 19 toneladas, en ambos sentidos, en el tramo comprendido entre el enlace A4 – A26 Santhià y el enlace Albiano.

A mediados de enero están previstas las obras de mantenimiento que suponen el derribo del asfalto de la carretera en dirección a Santhià. En consecuencia, también quedará prohibida la circulación de vehículos con un peso bruto superior a 3,5 toneladas, en ambos sentidos.

Los vehículos pesados ​​procedentes de la autopista A4 y del cruce A26/A4 Stroppiana – Santhià y en dirección Aosta deberán continuar por la autopista A4 Torino – Milán en dirección Turín para llegar a la autopista A5 Torino – Aosta en Settimo Torinese. Asimismo, los vehículos pesados ​​que vengan de Aosta a Milán/Alessandria/Génova deberán continuar por la autopista A5 Torino – Aosta, en dirección Turín, para llegar a la autopista A4 a Milán y a la autopista A21 a Alejandría y Génova.

Observatorios de transporte 3º trimestre 2023, baja la actividad y suben los costes

El Ministerio de Transportes y Movilidad ha publicado recientemente la actualización de los Observatorios de costes, precios y actividad del transporte de mercancías por carretera correspondientes al tercer trimestre de 2023 donde se ha constado un incremento de los costes de explotación por el gasóleo, que se incrementó casi en un 14%, una leve subida de los precios que perciben los transportistas y una nueva reducción de la actividad.

Hasta octubre se registró un aumento del coste del gasóleo del 13,6%, así como de la financiación del 3,7%. En consecuencia, el coste unitario por kilómetro recorrido para un vehículo articulado de carga general queda establecido en 1,31 euros/km y de 1,58 euros por kilómetro cargado, habiéndose producido un aumento medio en este trimestre de los costes en relación con el mismo trimestre del año anterior un 7%, del 7,2% en el caso del vehículo articulado frigorífico y del 5,6% en el caso de la furgoneta. En dicho trimestre la partida del combustible ha perdido más peso en la estructura de costes al representar en el 33% del total de los costes de explotación para un vehículo articulado de carga general, superando en este trimestre por la partida de personal y dietas, que representa un 31% del total de los costes. El coste anual de explotación de un vehículo articulado de carga general es en la actualidad de 161.565,09 euros.
En el tercer trimestre de 2023 se ha producido un incremento trimestral muy leve de tan solo el 0,3%, destacando la bajada en los transportes entre 51 y 100 kms (- 1,2%) y en los transportes de más de 300 kms (-0,6´%). Sin embargo, se registran subidas del 5% en las distancias superiores de 100 a 200 kms y en las de menos de 50 kms.
Tomando como base la encuesta permanente que semanalmente hace el Ministerio a 1000 transportistas de todos los sectores y especialidades, se constató una nueva reducción en la actividad de las empresas transportistas que se suma a la de los trimestres anteriores. Así en toneladas-kilómetros producidas durante el tercer trimestre de 2023 en relación con el mismo período de 2022 se produce una disminución de -4%, con datos negativos tanto en transporte internacional (-7,5%), en transporte nacional de corta distancia (-2,9%) y en transporte nacional de larga distancia (-2,2%). En toneladas transportadas también se produce un descenso del -2,1%, con descensos en todos los segmentos, en concreto -2,3% en corta distancia, -1,7 % en nacional y en -1,7% en transporte internacional.

Desde el 1 de enero, todos los becarios cotizarán a la Seguridad Social

Todos los alumnos universitarios y de formación profesional que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas (remuneradas o no) incluidas en programas de formación cotizarán a la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2024 y tendrán una mayor protección, en caso de accidente. Hasta ahora solo existía la obligación de dar de alta a los alumnos que llevaban a cabo prácticas remuneradas. Esta obligación apareció recogida en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, pero aún no se había desarrollado en su totalidad, ya que en el momento de la redacción de ese Real Decreto-ley no se sabía la cuantía exacta de esas cotizaciones. En la disposición transitoria novena del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, establece que en las prácticas formativas no remuneradas la cotización será de:

  • 2,54 euros al día por contingencias comunes (queda excluida la prestación de incapacidad temporal, es decir, la baja) hasta un máximo de 57,87 euros mensuales de cuota. No se cotiza por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional.
  • 0,31 euros al día por contingencias profesionales hasta un máximo de 7,03 euros mensuales de cuota. De esos 0,31 euros diarios, 0,16 euros corresponderán a incapacidad temporal y 0,15 euros a incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

Estos alumnos en prácticas quedarán comprendidos como asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, excluidos los sistemas especiales del mismo, salvo que la práctica o formación se realice a bordo de embarcaciones, en cuyo caso la inclusión se producirá en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

La acción protectora será la correspondiente al régimen de Seguridad Social aplicable, con la exclusión de la protección por desempleo, de la cobertura del Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional, tampoco aportarán al Mecanismo de Equidad Intergeneracional. En el supuesto de las prácticas no remuneradas se excluirá también la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

A efectos de prestaciones, la base mensual de cotización aplicable será el resultado de multiplicar la base mínima del grupo 8 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social (en 2023, 38,89 euros/mes) por el número de días de prácticas formativas realizadas. Se establece como límite el importe de la base mínima de cotización del grupo 7 de cotización del RGSS.

Cada día de prácticas formativas no remuneradas será considerado como 1,61 días cotizados, sin que pueda sobrepasarse el número de días del mes correspondiente.

La aplicación de esta novedad contará con una amplia bonificación en las cuotas a la Seguridad Social que alcanzará una reducción del 95% en la cotización por contingencias comunes. Además, en el en el caso de los estudiantes de Formación Profesional, el 5% restante lo asumirá el Ministerio de Educación.

La medida contempla beneficios también para antiguos becarios ya que recoge la opción de suscribir un convenio especial que posibilite el cómputo de la cotización por los periodos de formación o realización de prácticas no laborales y académicas realizados antes de la entrada en vigor de esta norma y hasta un máximo de cinco años. Esta medida se está negociando en el marco del diálogo social y está pendiente de desarrollo normativo a través de una Orden ministerial.