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¿Cuándo será obligatorio el documento de control o CMR electrónico? La respuesta, el 8 de junio próximo en la Asamblea General Ordinaria de GUITRANS

Este año, al igual que en 2023, celebraremos la Asamblea ordinaria de socios en la Escuela de Ingeniería de la UPV/EHU. El día escogido, el sábado 8 de junio. El acto dará comienzo a las 10:30 horas y la entrada al mismo estará limitada a las empresas asociadas.

La digitalización es, hoy por hoy, un tema estratégico, íntimamente ligado a la descarbonización, y va a ser clave para el sector en el futuro inmediato, ya que va  a revolucionar toda la logística del transporte. Consciente de ello GUITRANS está desarrollando diversas iniciativas para impulsar esta digitalización. En la Asamblea General de Socios va a ser un tema central y para ello, contaremos en la parte pública, a partir de las 11:30 horas, con dos ponentes cualificados en la materia. Por un lado, José Antonio Santano, Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible expondrá el estado en que se encuentra la tramitación de la Ley de Movilidad Sostenible que incorporará como obligación la digitalización de los documentos de transporte. El plazo de enmiendas al Proyecto de Ley, actualmente en tramitación en el Congreso, se ha ampliado hasta las 18:00 del 5 de junio, y las últimas noticias apuntan a que la obligatoriedad se retrasará a enero de 2026.

Y, posteriormente, Marcos Suárez, de la empresa ProfiEco Sistemas SL – IFT, tratará sobre el potencial de la implantación de sistemas de digitalización integrados en toda la actividad de la empresa.

Durante la misma se procederá al sorteo de varios regalos entre los socios asistentes (tarjetas de combustible, comida/cena para 2 personas, lavados de camiones…). Una vez finalizado el acto, los asistentes podrán degustar una serie de pintxos en el Restaurante Aratz de Donostia (cerca de las oficinas de GUITRANS).

¡ACUDE, TU PARTICIPACIÓN ES FUNDAMENTAL!

GUITRANS: «El transporte de mercancías, una vez más el más perjudicado»


Las empresas de transporte guipuzcoanas que realizan transporte internacional, y las que hacen nacional pero dependen de la mercancía procedente de Francia, han sufrido una vez más las consecuencias del paro del sector agrícola y ganadero llevado a cabo durante 24 horas, entre el 3 y 4 de junio. GUITRANS es consciente de que los agricultores tienen motivos para llevar a cabo sus reivindicaciones, pero tienen que tener en cuenta que nuestro sector no es parte del problema, y a pesar de ello se ve afectado de una manera brutal. «No todo vale».

Nota de prensa íntegra emitida por GUITRANS.

Transportes ampliará las cuatro áreas de servicio para camiones de Castellón en la AP-7

 El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible tiene en proyecto la ampliación de las zonas de aparcamiento destinadas a tráfico pesado de tres áreas de servicio de la AP-7 en la provincia de Castellón, así como la de Sagunto. En concreto, se están redactando en la actualidad dos proyectos para la ampliación de las áreas de servicio de La Ribera (Cabanes), La Plana (Burriana) y Benicarló. Tal y como han explicado desde el Ministerio, la ampliación será en ambos sentidos de la vía.  También se ampliará el área de servicio de Sagunto, en este caso, únicamente en dirección Valencia. Así consta en una respuesta parlamentaria  del pasado mes de abril. Por el momento, desde el Ejecutivo no han concretado el número nuevo de plazas de aparcamiento para tráfico pesado.

La DGT recomienda a los ayuntamientos permitir el acceso de todos los vehículos a las estaciones de ITV ubicadas en ZBE

En la actualidad hay ayuntamientos que no permiten que los vehículos sin distintivo ambiental accedan a una estación de ITV, si esta se encuentra dentro del perímetro de una Zona de Bajas Emisiones. Si lo hacen, pueden verse afectados por una sanción económica.

Para solventar esta situación, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha aprobado el Escrito Directriz MOV 2024-03 que actualiza el Anexo II de la Instrucción MOV 2023/20 sobre las Recomendaciones para el establecimiento de moratorias, exenciones y autorizaciones en el acceso de vehículos a las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y otras UVAR (Urban Vehicle Access Regulations) publicado en septiembre de 2023.

Así la DGT ha modificado la instrucción con la finalidad de incluir específicamente la recomendación de exención de restricción en el acceso y la circulación a Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) cuando sea para realizar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) o para legalizar reformas, de forma que todos los vehículos, con independencia de su distintivo ambiental, puedan acudir a una estación de ITV que esté en una ZBE sin ser multados.

Una recomendación de la DGT para los ayuntamientos que tienen o tendrán ZBE

La instrucción constituye una recomendación que realiza la DGT a todos los ayuntamientos que tengan o tendrán Zonas de Bajas Emisiones para que, en el momento de regular las ordenanzas municipales de estas áreas, establezcan una exención para acceder sin restricciones cuando es para pasar la inspección técnica de vehículos o legalizar reformas en una estación de ITV.

IVA – Criterios interpretativos para la aplicación de la normativa tributaria


Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, Hacienda Foral de Gipuzkoa acaba de publicar en su web algunos criterios interpretativos de la normativa del IVA.

Estos criterios se podrán consultar en:

Más información:

El nuevo Reglamento de Extranjería, en vigor desde el 21 de mayo

En el BOE de 20 de noviembre de 2024 se publicó el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, que entrará en vigor el 20 de mayo de 2025. Con el mismo se pretende simplificar y agilizar los procedimientos, evitando la presentación excesiva de documentos o por vías inadecuadas y la doble comprobación de los mismos requisitos; reducir los tiempos, excesivos, empleados para algunas vías de migración regular; mejorar la concreción jurídica respecto a las figuras y situaciones cubiertas por determinados permisos; contemplar, de manera expresa, los derechos de las personas trabajadoras migrantes; conseguir una mayor claridad, también, en lo relativo a aquellas disposiciones comunes a todas las autorizaciones, como es el caso de la presentación de las solicitudes o las extinciones de las autorizaciones; la regulación de en qué supuestos, y bajo qué condiciones, se puede modificar el estatus migratorio de una persona, y de sus familiares, algo que resultaba necesario dada la confluencia de varias figuras jurídicas y la dificultad, tanto para el operador jurídico como para el propio titular de la autorización, de efectuar esa transición con seguridad jurídica.

Principales novedades: visados

El nuevo texto crea un título específico para los visados, que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.

De esta forma, se evitan situaciones de irregular sobrevenida, algo que también se ha querido evitar en la nueva norma al aclarar y simplificar los trámites para el cambio de una situación de residencia a otra. Por ejemplo, no será necesario abandonar nuestro país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal.

También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo, que antes era una autorización de 3 meses. Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales, de forma que los 12 meses “van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan”.

Principales novedades: cinco figuras de arraigo

Mención específica merecen en esta reforma las figuras de arraigo. España es el único país de la Unión Europea que dispone de una figura específica para regularizar a las personas día a día a través del arraigo, con cinco modalidades: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad, que es una de las novedades más importantes de este nuevo Reglamento. Esta nueva modalidad va dirigida a las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no se hubiera renovado por diversas razones.

Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento.

Todas estas autorizaciones serán de un año salvo la familiar, que será de 5.

Tres palancas de inclusión: trabajo, formación y familia

Trabajo

En este sentido, la mayor parte de las autorizaciones reguladas en este reglamento habilitan para trabajar desde el primer momento, sin tener que solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena. Esto incluye a las personas que vienen a realizar estudios, que podrán trabajar hasta 30 horas a la semana. De esta forma, se fomenta la inclusión del migrante y su integración en la sociedad.

En cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo. Además, se mejora la protección de los derechos de los trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita (en un idioma que comprendan) de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos. También se mejoran sus condiciones de habitabilidad y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la Seguridad Social aquí. A esto se suma una mejora en la posibilidad de cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la cosecha etc.).

Por otra parte, el texto promueve que los empresarios dispongan de más información en todo el proceso, que es más sencillo y flexible para que puedan adaptarse a las necesidades concretas como la duración determinada o la gestión colectiva de contrataciones. Ampliar los permisos de residencia (con la fórmula 1+4) da mayor estabilidad y más garantías a las empresas.

Formación

Otra de las novedades para los estudiantes es que van a poder contar con una autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su formación, y se les va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabada su formación.

Durante sus estudios estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas semanales, e independientemente de la formación que estén cursando.

Familia

Con el objetivo común de la inclusión, se ha mejorado la reagrupación familiar. Se ha creado una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años (antes 21), y se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que pueda acreditar una relación afectiva análoga.

La mayoría de las personas que se van a beneficiar de esta medida son personas que han obtenido la nacionalidad española en los últimos años y pueden traerse a su familia.

También se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.

Resumen.

DONOSTIA: definida la ZBE (zona de bajas emisiones) que entrará en vigor a finales de 2024


Se espera que la ordenanza que regulará la ZBE entre en vigor a finales del 2024. Es decir, las restricciones no serán de obligado cumplimiento hasta entonces. Una vez esté aprobada la ordenanza, la implementación de la ZBE seguirá un proceso gradual y progresivo, para permitir a la población adaptarse paulatinamente a la nueva realidad.

Este proceso gradual tendrán lugar en dos fases de tres años cada una y con restricciones diferentes:

  • una primera fase del 2024 al 2027
  • y otra segunda fase del 2028 al 2030.

En la siguiente página web puede ampliar información sobre sobre la ZBE y podrá encontrar respuesta a las siguientes preguntas:

  • ¿Qué vehículos estarán afectados?
  • ¿A quién va a afectar?
  • ¿Quién tendrá acceso a la ZBE?
  • ¿Existen excepciones?
  • ¿Existen otras excepciones que sí tendrán que solicitar autorizaciones especiales?
  • ¿Qué ocurre con los vehículos extranjeros?
  • ¿Cómo se gestionarán las tramitaciones?
  • ¿Qué ocurre si no cumplo con esta normativa?

¿Cuándo tienen que pasar la ITV en 2024 los vehículos nuevos matriculados entre agosto y diciembre de 2023 sin tacógrafo inteligente de segunda generación?

Sobre el régimen extraordinario de prematriculación para camiones (y también autobuses) al que podían sumarse aquellos transportistas que adquirieran un vehículo nuevo que no se pudiera equipar con el tacógrafo inteligente GEN2V2 ante la falta de stock suficiente por parte de los fabricantes, la fecha para someter el vehículo a primera inspección técnica periódica en 2024 será la de la matriculación real del vehículo (en el propio Permiso de Circulación del vehículo aparecen ambas fechas: el 18 de agosto en el campo B y la fecha real de matriculación en el campo I).

BILBAO: aprobada la ordenanza que regulará la ZBE que entrará en vigor el 15 de junio

El Ayuntamiento de Bilbao aprobó el viernes 10 de mayo la ordenanza que regulará las zonas de bajas emisiones. Los vehículos 0, Eco y C no se verán afectados por la ZBE. Los vehículos A o sin etiqueta no podrán acceder a la ZBE desde su entrada en vigor, mientras que los vehículos B cuentan con un año de moratoria.

Quedan exentos los vehículos de las personas residentes empadronadas en la ZBE antes del 15 de junio de 2024, los vehículos que transportes a personas con movilidad reducida, los vehículos históricos y los ciclomotores de menos de 50 cc y con una velocidad máxima por construcción de 45 km/h, así como los vehículos de emergencias y esenciales.

Ningún vehículo que acceda a la ZBE deberá llevar la pegatina o distintivo ambiental debido a que el control de acceso se realizará a través de lectores de matrículas.

La regulación será aplicable los días laborables, de lunes a viernes, de 07.00 a 20.00 horas. Quienes incumplan la normativa se enfrentarán a sanciones que pueden llegar hasta los 200 euros, según lo dispuesto por la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Durante el mes de mayo se habilitará una oficina de información y una página web para ofrecer todos los detalles de la aplicación de la Ordenanza y las indicaciones para su cumplimiento.