Dado que el vehículo se considera el lugar de trabajo de los profesionales del transporte, todos los conductores de camiones, taxis, autobuses y demás medios de transporte tienen prohibido fumar dentro de sus cabinas.Las multas previstas para los infractores son de 100-500 LEI (20-110 euros) a los conductores, 6.000 LEI (1.100 euros) para las empresas la primera vez que incumplan la ley, 10.000 LEI (2.200 euros) la segunda vez que la incumplan y 15.000 LEI (3.300 euros) y cierre de la empresa la tercera vez que la incumplan.Los controles están siendo realizados por la policía local, los gendaremes y la policía en las fronteras.Esta antitabaco legislación es aplicable a los transportistas en tránsito.
Reglamento UE 403/2016, novedad con respecto a las infracciones
Este Reglamento establece el catálogo de infracciones leves, graves, muy graves y más graves. Se puede perder la honorabilidad por la comisión de infracciones más graves y también por la reiteración de infracciones graves o muy graves, así:
3 infracciones graves por conductor y año equivaldrán a una infracción muy grave.
3 infracciones muy graves por conductor y año equivaldrán a una infracción más grave, lo que dará lugar a la pérdida de honorabilidad.
Este Reglamento será aplicable a partir del 01/01/2017.Reglamento 403/2016
Huella de carbono: Un indicador de sostenibilidad
El registro se estructura en las siguientes tres secciones:
Sección de huella de carbono y de compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero
Sección de proyectos de absorción de dióxido de carbono
Sección de compensación de huella de carbono
Las
organizaciones que voluntariamente calculen su huella de carbono y
establezcan un plan de reducción podrán inscribirse en la primera
sección. Igualmente, si estas organizaciones quieren compensar su huella
de carbono, esta compensación podrá llevarse a cabo mediante proyectos
de sumideros agroforestales en España, que estarán inscritos en la
segunda sección del registro. Por último, la tercera sección dará fe de
las compensaciones realizadas, dando el respaldo institucional a las
mismas.Folleto del registro.
Crisis del acero vasco: Bruselas publica una serie de medidas para proteger al metal europeo del exceso de producción a escala mundial
Jyrki Katainen, vicepresidente de la Comisión responsable de Inversión, ha detallado que el impulso al sector pasa por invertir en innovación.
Ha explicado que la Comisión está decidida a restablecer unas condiciones de competencia equitativas a escala mundial. Además, ha urgido a los Estados miembros a aplicar la propuesta de la Comisión para modernizar los instrumentos de defensa comercial de la UE.
Entre los remedios para el sector, Bruselas también ha recordado que los Fondos Europeos para Inversiones Estratégicas y los Estructurales, así como el programa Horizonte2020, entre otros, están a disposición de la industria para llevar a cabo una modernización que ayudaría al sector.Actualmente, la UE ya tiene en marcha un total de 37 medidas antidumping y antisubvención en el acero importado, de las que 16 recaen sobre productos chinos. Además, hay abiertas nueve investigaciones.La Comisión ha asegurado que no descarta presentar medidas adicionales en el futuro.
Abierto el plazo de ayudas del programa del Gobierno Vasco de Apoyo Financiero a PYMES y autónomos para 2016
Las ayudas previstas en el presente Decreto cesarán
en el momento en el que las operaciones de financiación concedidas a su
amparo alcancen un nominal máximo formalizado de 600
millones de euros. El objeto de este programa es permitir el acceso a la
financiación bancaria de los
citados colectivos para atender sus necesidades de liquidez y
financiación de capital circulante. La principal novedad del nuevo
programa 2016 es una reducción en
el tipo de interés de los préstamos que queda fijado en un máximo de
Euribor a 6 meses más unos diferenciales máximos según el plazo de la
operación: 1% para operaciones a tres años, y 1,25% para operaciones a 5
y 7 años.El resto de características del programa se mantienen.Para la implementación del Programa el Departamento de Hacienda y Finanzas suscribirá los correspondientes convenios con las Sociedades de Garantía Recíproca y las Entidades Financieras.
Igualmente, se ha procedido a la modificación del convenio de colaboración con las entidades financieras con el fin de actualizar las mismas condiciones señaladas anteriormente.Para acogerse a la línea será necesario que la empresa no esté incursa
en un procedimiento de insolvencia colectiva ni reúna los requisitos
para encontrarse sometido a un procedimiento de insolvencia colectiva a
petición de sus acreedores en virtud de las normas concursales, así como
que esté al corriente en el pago de sus obligaciones con las
Diputaciones Forales y la Seguridad Social.Más informacion:ELKARGI, S.G.R. www.elkargi.esSede Principal:Paseo Mikeletegi, 5020009 Donostia-San SebastiánTeléfono: 943 30 90 60E-mail: elkargi@elkargi.esDirección Regional de Gipuzkoa:Paseo Mikeletegi, 50.20009 Donostia-San SebastiánTeléfono: 943 30 91 77E-mail: egipuzkoa@elkargi.esOINARRI, Sociedad de Garantía para la Economía Social, S.G.R. www.oinarri.esDelegación Gipuzkoa:C/ Idiáquez 13, 1º, oficina 620004 Donostia-San SebastianTeléfono: 943 44 06 66E-mail: gipuzkoa@oinarri.esENTIDADES FINANCIERAS COLABORADORASBancos:? Kutxabank, S.A.? Caixabank, S.A.? Bankinter, S.A.? Banco Santander, S.A.? Banco de Sabadell, S.A.? Bankoa, S.A.? Targobank, S.ACooperativas de Crédito:? Caja Laboral Popular, C.C.? Caja Rural de Navarra, S.C.C.La solicitudes y demás documentación deberán presentarse en las sucursales de las Sociedades de Garantía Recíproca colaboradoras detalladas anteriormente.El modelo de solicitud, así como los formularios, serán facilitados por estas sucursalaes, o podrá descargarse en la dirección de Internet www.euskadi.eus
Una web de la UE facilita la resolución de litigios sobre compras de bienes y servicios a través de internet
Esta web no dispone de organismos de resolución de litigios en algunos sectores y en los siguientes países: Alemania, Croacia, España, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Rumanía.Punto de contacto en España:c/Príncipe de Vergara nº 5428006 MadridTeléfono: 0034 91 822 45 55 Fax: 0034 91 822 45 62 E-mail:cec@consumo-inc.es
Italia: Controles sobre el transporte internacional y de cabotaje
Según informa la asociación AFTRI, los ministerios de Infraestructuras y Transportes, Interior y Trabajo y Política social han firmado un protocolo para la programación de controles en carretera y en empresas, en particular, en materia de transporte internacional y de cabotaje.
Conducción en equipo: Francia está sancionando desde primeros de marzo por no realizar la pausa de 45 minutos con el camión parado
Los gendarmenes están sancionando por exceso de conducción
ininterrumpida en aquellos supuestos en que la pausa de 45 minutos no se
realiza con el vehículo parado, y por tanto ese periodo aparece marcado
con el símbolo disponibilidad y no con el símbolo descanso. Se recomienda que, en el caso de doble conducción, si un conductor ha agotado las 4.30 horas de conducción ininterrumpida y ha empezado a circular como «acompañante» no retome la conducción sin haber realizado una pausa de 45 minutos con el vehículo parado, de forma que aparezca en el tacógrafo con el signo de descanso.Esta pausa no tiene que realizarse inmediatamente después del primer periodo de conducción, pero sí antes de reemprender la conducción tras haber agotado las primeras cuatro horas y media.ASTIC presentará las reclamaciones oportunas ante todas las instancias competentes nacionales e internacionales.
Francia: Puesta en marcha del servicio experimental de radares de control de velocidad que discriminan entre camiones y autocares
Según nos informa ASTIC, se acaban de poner en funcionamiento, con carácter experimental (no se impondrán sanciones), dos radares que también diferencian entre camiones y autocares. Los dos nuevos radares entrarán en funcionamiento en las regiones de Auvergne-Rhône-Alpes y Aquitaine-Poitou-Charentes-Limousin
Tramitación electrónica automatizada de diversos procedimientos de gestión de determinadas prestaciones del sistema de la Seguridad Social
El Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá tramitar, adoptar y
notificar resoluciones de forma automatizada en los siguientes
procedimientos:a) Solicitudes de prestaciones por maternidad y por paternidad.b) Solicitudes de pensiones de jubilación.c) Solicitudes de prestaciones por muerte y supervivenciad) El reconocimiento de la condición de persona asegurada o beneficiaria
a efectos de asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos, a través
del Sistema Nacional de Salud.e) Otros procedimientos que puedan dar lugar a la adopción de
resoluciones de forma automatizada relacionados con cualquiera de las
citadas prestaciones, incluidas las de modificación, suspensión o
extinción del derecho a las mismas.La tramitación electrónica automatizada solo será posible cuando el
procedimiento no exija la aportación física de documentos por parte del
interesado.
Para la presentación de solicitudes por los ciudadanos en el citado
registro se utilizará el entorno electrónico personalizado «Tu Seguridad
Social» accesible a través de la sede electrónica de la Seguridad
Social (dirección electrónica
https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/index.htm), donde se encontrará la
relación actualizada de los procedimientos incluidos en el resuelve
primero que sean susceptibles de tramitación electrónica automatizada.La presente resolución entrará en vigor el día 7 de marzo de 2016.