Reducciones de la cotización por contingencias comunesa) Si la contratación es a tiempo completo, se rebaja a 100 euros mensuales.b) Si la contratación es a tiempo parcial, cuando la jornada de trabajo sea, al menos equivalente a un 75% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable, 75 euros mensuales.c) Si la contratación es a tiempo parcial, cuando la jornada de trabajo sea, al menos equivalente a un 50% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable, 50 euros mensuales.La reducción se aplicará durante 24 meses, a partir de la fecha del contrato.El contrato deberá ser indefinido, por escrito y firmado entre el 25/02/2014 y 31/12/2014.Las empresas que en el momento de celebrar el contrato cuenten con menos de 10 trabajadores (9 o menos) los 12 meses siguientes, del 24 al 36 mes de contratación, cotizarán por el 50% de la cuota patronal correspondiente a contingencias comunes.Requisitos a cumplir por las empresas1.- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. A la firma del contrato laboral y durante todo el período de aplicación de la reducción.2.- No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas, por despidos disciplinarios, que hayan sido declarado nulos o improcedentes, o por despidos colectivos en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos. En este requisito solo cuentan los contratos extinguidos por estas causas tras el 25 de febrero de 2014, no los anteriores a esta fecha.3.- Que los contratos indefinidos firmados supongan un incremento tanto del nivel de empleo indefinido, como total de la empresa.Este requisito se referirá a los 30 días anteriores a la celebración del contrato. Este extremo podría abrir la puerta a la conversión de trabajos temporales en indefinido si se dejara un plazo de, al menos, 30 días entre la baja del trabajador con contrato temporal y la recontratación de forma indefinida del mismo.4.- Mantener durante 36 meses, desde la firma del contrato, tanto el nivel de empleo indefinido como el empleo total alcanzado con dicha contratación. Este requisito se revisará cada 12 meses. No se considerarán como bajas las extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios no declarados improcedentes.5.- No hacer sido excluida del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por infracción grave o muy grave.ExcepcionesNo se aplicarán estas reducciones a:a) Relaciones laborales de carácter especialb) Contrataciones del cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, del empresario o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración ni las que se realicen con éstos. Se exceptúa la contratación de hijos de trabajadores autónomos menores de 30 años, o mayor cuando se tengan especiales dificultades para su inserción laboral.c) Contratación de trabajadores que deban encuadrarse en los sistemas especiales del Régimen General de la Seguridad Social.e) Trabajadores contratados en otras empresas del grupo cuyos contratos se hubieran extinguido por causas objetivas o despidos disciplinarios declarados como improcedentes, o despidos colectivos, en los 6 meses anteriores a la celebración de los contratos. No se aplicará a extinciones acontecidas antes del 25 de febrero de 2014.Las reducciones no afectarán a las prestaciones económicas que puedan causar los trabajadores.Las reducciones son incompatibles con otro beneficio de cotización social.Aplicación indebida de la reducciónEn este caso, se procederá al reintegro de las cantidades dejadas de ingresar con recargo e interés de demora.En caso de incumplimiento del requisito del mantenimiento del empleo- Si el incumplimiento del empleo se da en los 12 primeros meses, se reintegrará el 100% de los importes no ingresados- Si se produce en los 24 meses, se ingresará el 50%.- Si en los 36 meses se ingresará el 33%.En estos casos de incumplimiento no procederá ni recargo, ni intereses de demora.Otras característicasNo se aplicará la reducción a la cotización por horas complementarias que realicen los trabajadores a tiempo parcial con contratos que dieran derecho a esta reducción.PREGUNTAS FRECUENTES.
Según la AEC, es preciso repintar las marcas viales de 39.000 kms. de carreteras
En la Red de Carreteras del Estado, según concluye el estudio de la AEC,
es preciso repintar 4.600 kilómetros de carreteras, cifra que se sitúa
en 34.000 kilómetros para la red dependiente de las Comunidades
Autónomas.
La investigación que la Asociación Española de la Carretera realiza cada
dos años suspende en esta ocasión el estado en que se encuentra la
señalización horizontal en 18 de cada 100 kilómetros del conjunto de la
malla viaria del Estado, y en 36 kilómetros de cada 100 en las
carreteras autonómicas. En las próximas semanas estarán listos para su presentación pública los resultados finales del estudio, cuyo trabajo de campo ha sido desarrollado en los meses de julio y agosto de 2013 por una docena de evaluadores que han recorrido alrededor de 3.000 tramos, de 100 metros cada uno, tanto en la Red de Carreteras del Estado como en la Red dependiente de las Comunidades Autónomas y Diputaciones Forales.
La Justicia europea dictamina que el céntimo sanitario español es contrario al derecho europeo
Contra dicha sentencia no cabe recurso alguno. Ayer, día 27 y tal y como estaba previsto, se dio a conocer el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el anteriormente llamado céntimo sanitario español (hoy en día Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos). La sentencia difundida señala que el IVMDH no respeta la directiva sobre los
impuestos especiales. Se desconoce por el momento el alcance que dicha sentencia tendrá respecto a la devolución de los 13.000 millones de euros recaudados ilegalmente entre 2002 y 2011. Este fallo responde a un litigio iniciado por una empresa de
transporte catalana que solicitó se le
devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto
alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de
Justicia de Cataluña, que había pedido a la justicia europea que se
pronunciara. Desde GUITRANS se recomienda prudencia, al ser necesario iniciar una valoración jurídica sobre las pautas a seguir a partir de ahora, así como valorar la situación de los
procedimientos ya iniciados contra la Administración y los nuevos cauces
jurídicos que puedan plantearse respecto de aquellos que no hubieran
presentado con anterioridad a la sentencia reclamación alguna. Les mantendremos informados de los pasos para reclamar la devolución una vez confirme la Administración central el procedimiento a seguir con la documentación que hay que presentar.Comunicado de prensa del Tribunal de Justicia de la UE.Sentencia (27/02/2014).
El túnel de Toulon, abierto a los vehículos de más de 19 Tn
A partir del próximo 19 de marzo, los vehículos pesados de más de 19 Tn, salvo aquellos que transporten mercancías peligrosas, podrán utilizar el nuevo túnel subterráneo de Toulon en dirección Niza-Marsella, entre las autopistas A50 y A57. Este nuevo túnel no dispone de peaje.
Prohibido cobrar comisiones por pasar del número de cuenta de cliente (CCC) al nuevo IBAN
Además, puntualiza que esa gratuidad «será cuando sean consumidores y
exclusivamente para operaciones nacionales?, y exige a los bancos que se
facilite «al consumidor el IBAN antes de que inicie la operación». La nueva norma exige también que los bancos informen a los usuarios «de
las características del nuevo servicio, así como de las consecuencias
que con dicha conversión se producen». Esa información deberá «ser
clara, objetiva, no engañosa y comprensible para el consumidor».
Tarifa plana de 100 euros para las empresas que contraten a nuevos trabajadores de manera indefinida
La medida se aprobará en el Consejo de Ministros del próximo viernes y, al parecer, entrará en vigor de manera inmediataDurante el Debate sobre el Estado de la Nación que se celebró este miércoles, se ha anunciado la puesta en marcha de una tarifa plana de 100 euros de cotización a la Seguridad Social para los nuevos trabajadores que se contraten.
Esta medida se aplicaría a todas las empresas, independientemente del tamaño, y siempre que suponga una creación de empleo neto en la empresa y mediante contratación indefinida.
La tarifa plana se aplicaría sobre la cotización por contingencias comunes y durante 24 meses. Además deberá mantenerse el empleo creado durante 3 años, en caso de incumplir esta premisa la empresa deberá abonar la diferencia entre las cotizaciones pagadas y las que debería abonar de no aplicarse esta tarifa plana. Las empresas o autónomos que se beneficien de esta medida no habrán podido realizar despidos colectivos o individuales improcedentes en los 6 meses anteriores a la firma de los nuevos contratos.
Nuevo parking para camiones en Barcelona
Desde noviembre, Barcelona cuenta con un nuevo aparcamiento urbano. El
parking CityStop está situado en la antigua fábrica de Cobega, en la
Rambla Guipúzcoa 163-185. Está situado a
escasos metros de la C-31 y la Ronda del Litoral. La superficie del
aparcamiento es de 28.500 metros cuadrados, y su capacidad es para 163
camiones y 80 autocaravanas. Más información: www.citystopbcn.com
La Seguridad Social elabora perfiles de defraudadores para actuar con rapidez
Las empresas ficiticias son uno de los tipos de fraude contra la Seguridad Social que más ha proliferado con la crisis. El año pasado, solo en cinco grandes operaciones se detectaron fraudes por 26,4 millones de euros mediante empresas ficticias. Estas sociedades, que no tienen actividad real alguna, dan de alta a numerosos personas, en su mayoría inmigrantes en situación de extrema necesidad, para que puedan acceder a prestaciones por desempleo, de incapacidad temporal, de maternidad, o para regularizar su situación administrativa en España. La investigación de empresas ficticias creció un 57% en 2013.Pero no es únicamente la sección de investigación la que actúa contra el fraude en el sistema. Desde los controles de la Tesorería de la Seguridad Social, que es la encargada de aprobar el pago de prestaciones y seguir el cobro de cotizaciones, también se realizan multitud de controles que sirven para detectar estafas.
Cada día del año, se anulan más de 120 altas o movimientos por no corresponder a la realidad y se anulan dos empresas ficticias al día.La otra cara del fraude es la economía sumergida: cotizar por menos trabajadores o menos horas que las que se realizan. Contra esta actuación, la Seguridad Social realiza cada día entre 45 y 50 controles de «faltas de alta». Eso significa que, cada día del año, se hacen más de 45 chequeos para descubrir bajas indebidas en la Seguridad Social, horas extraordinarias no declaradas, falta de cotización por todas las retribuciones recibidas, falsos autónomos, etc.
Bajas definitivas de vehículos y bajas en el IAE
La baja definitiva es el trámite por el que el titular de un vehículo comunica al Registro de la Dirección General de Tráfico que lo retira de la circulación definitivamente o lo transfiere a otro titular. Además de esta comunicación, el titular deberá asimismo proceder a la baja del vehículo en Hacienda, cumplimentando para ello el modelo 840. De no hacerlo, seguirá constando el vehículo en cuestión en situación de alta y el titular seguirá pagando por el mismo.
GASÓLEO PROFESIONAL: ATENCIÓN a las altas y bajas de vehículos
Recordamos que si está censado en el GASÓLEO PROFESIONAL y da de baja algún vehículo, bien porque lo dé de baja definitiva, bien porque lo transfiera, debe comunicar esta baja en Hacienda Foral a través del modelo SGP. De igual manera, si matricula un vehículo nuevo y quiere acogerse a la ayuda del GASÓLEO PROFESIONAL (máximo 50 euros por vehículo y año), deberá comunicar este alta cumplimentando el mismo impreso.