Debido a la integración de
cajas en KUTXABANK, la tarjeta de GEROA PENTSIOAK EPSV va a quedar fuera de servicio a partir del 01/01/2013 en los cajeros automáticos, de manera que desde esa fecha únicamente se podrá acceder a los datos a través de www.geroa.es (Área privada- área socios). Desde la entidad de previsión social se informa también de que a excepción de la información fiscal, NO se enviará ninguna comunicación por correo ordinario a no ser que sea solicitado expresamente por no tener acceso a Internet y no poder consultar su página web.
El copago en la Justicia: Recurrir ante los tribunales, más caro
Las nuevas tasas van a suponer que se encarezcan considerablemente, para la mayoría de los ciudadanos (con la excepción de los parados y pensionistas) los trámites de lo contencioso civil. Se pretende con esta ley paliar la saturación de los juzgados, además de contar con unos mayores recursos para mejorar la financiación del sistema judicial y, en particular, de la asistencia jurídica gratuita.TASAS: Orden jurisdiccional civil
Verbal y cambiario: 150 euros
Ordinario: 300 euros
Monitorio y demanda incidental en el proceso concursal: 100 euros
Ejecución extrajudicial: 200 euros
Concurso necesario: 200 euros
Apelación: 800 euros
Casación: 1.200 euros
Orden jurisdiccional contencioso-administrativo
Abreviado: 200 euros
Ordinario: 350 euros
Apelación: 800 euros
Casación 1.200 euros
Orden social
Suplicación: 500 euros
Casación: 750 euros
Por ejemplo, una multa de tráfico que no conlleve la retirada de puntos y que sea inferior a 100 euros tendrá una tasa de 200 euros, el doble de la multa.
Los infractores sancionados por incumplimientos en la normativa de prevención de riesgos laborales serán dados a conocer en un registro creado a tal efecto por el Gobierno Vasco
Por tanto, el Gobierno dará publicidad a dichas sanciones y creará un
registro de empresas sancionadas por incumplir la prevención de riesgos
laborales. El registro queda adscrito a la dirección de Trabajo del
Departamento de Empleo y Asuntos Sociales. La creación de este registro ya está prevista en la Ley estatal de
Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que prevé la publicidad de
las sanciones firmes impuestas por infracciones muy graves en materia de
prevención de riesgos laborales, en la forma que reglamentariamente se
establezca. Las sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de
prevención de riesgos laborales, una vez firmes, y previa comunicación a
la empresa sancionada, serán publicadas en el Boletín Oficial del País
Vasco, mediante resolución del Director o Directora de Trabajo. Una vez
publicadas, se inscribirán en el registro. La publicación especificará,
entre otras cuestiones, el nombre de la empresa, la infracción cometida y
la cuantía de la sanción económica, así como otras sanciones impuestas
con carácter principal o accesorio, en su caso.(Real Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y creación del Registro de empresas sancionadas, publicado en el BOPV de 4 de diciembre de 2012).
Gestiones con eficacia con GUITRANS GESTIÓN
Tras el período de VISADOS, el Departamento de GUITRANS-GESTIÓN le sigue atendiendo y asesorando en sus tramitaciones ante la Administración. No lo dude más y confíe sus tramitaciones al Departamento de Gestiones de GUITRANS.
Gestiones con eficacia con GUITRANS GESTIÓN
Tras el período de VISADOS, el Departamento de GUITRANS-GESTIÓN le sigue atendiendo y asesorando en sus tramitaciones ante la Administración. No lo dude más y confíe sus tramitaciones al Departamento de Gestiones de GUITRANS.
Los depósitos de combustible fijos en una unidad de transporte en el ADR 2013: Caso particular de los frigoríficos
El nuevo ADR 2013, cuya entrada en vigor es el 1 de enero de 2013 recoge la Disposición Especial 363, que literalmente dice:»Condiciones de transporte, señalización y documentación de los combustibles líquidos para maquinaria instalada o transportada en un vehículo».Según nos informa ASTIC, de este texto, y en palabras de D. Eduardo Gómez, Jefe de Mercancías Peligrosas del Ministerio de Fomento, se deduce que los depósitos de combustible para funcionamiento del equipo de frío están exentos, pero cumpliendo los dos siguientes requisitos:1. Etiquetas.- Depósitos con una capacidad entre 60 y 450 litros. Tendrán que llevar pegada una etiqueta de la clase 3 (Inflamables) de unas dimensiones de 10 x 10 cm.- Depósitos con una capacidad entre 450 y 1.500 litros. Llevarán cuatro etiquetas de 10 x 10 cm. cada una de ellas en una de las caras del depósito.- Depósitos con más de 1.500 litros, llevarán Placas Etiquetas de 30 x 30 cm.
2. 2.- En el documento de transporte se tiene que hacer mención a la Disposición Especial 363 del capítulo 3.3. del ADR. Con estos dos requisitos, y no superando los 1.500 litros para el transporte en los depósitos de combustible, no se considerará que estos vehículos transportan mercancías peligrosas.
El Gobierno analiza modificar el sistema de prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos por las dificultades que presenta acceder al mismo
Los requisitos para acceder al sistema están siendo difíciles de cumplir, a la vista de las estadísticas de la Seguridad Social. Y es que, según datos de la Seguridad Social, en lo que va de año, 505.889 trabajadores del RETA cotizan por la cobertura de cese de actividad. En este periodo se presentaron 5.281 solicitudes, de las que se resolvieron favorablemente 959 (un 18,2%). En este sentido, solo 1 de cada 100 autónomos, el 1,04%, de los trabajadores por cuenta propia que cotizaban por la cobertura de cese de actividad solicitaron el paro. Para acogerse al sistema, además de estar en situación de alta y de haber cotizado el tiempo exigido, deben además justificar y acreditar la situación de cese, requisito prácticamente imposible de acreditar.
Los contribuyentes deberán informar en el primer trimestre de 2013 sobre los bienes y derechos situados en el extranjero
El Real Decreto excluye de esta obligación de declarar cuando el valor de los mismos no supere los cincuenta mil euros por cada tipo de bien. La presentación en años sucesivos de la declaración informativa sólo será obligatoria cuando el citado límite hubiese experimentado un incremento superior a veinte mil euros.La información a suministrar incluirá, en el caso de cuentas abiertas en entidades financieras, los saldos de estas cuentas a 31 de diciembre y el saldo medio correspondiente al último trimestre del año; esta información se referirá a cuentas corrientes, de ahorro, imposiciones a plazo, cuentas de crédito y cualesquiera cuentas o depósitos dinerarios con independencia de la modalidad o denominación que adopten, aunque no exista retribución. En el caso de inmuebles figurarán la fecha y el valor de adquisición, y la fecha de apertura o cancelación y, en el caso de valores, constará derechos, seguros y rentas depositados o gestionados en el extranjero, el saldo a 31 de diciembre de cada año.
El incumplimiento de las obligaciones en cuestión podrá tener consecuencias en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades, en la medida en la que se puedan descubrir, por parte de la Administración tributaria, patrimonios ocultos vinculados a este tipo de bienes y derechos. En ese caso serán imputados al último ejercicio no prescrito, con lo que el contribuyente se arriesga a fuertes sanciones e, incluso, a incurrir en delito fiscal.
Túnel de Mont- Blanc: Desde el 1 de noviembre de 2012, los vehículos de más de 3,5 Tn de la categoría Euro 2 también tienen prohibido el acceso al túnel
La conferencia intergubernamental franco-italiana del túnel de Mont-Blanc, reunida el pasado 12 de octubre, constataron la prohibición para los vehículos pesados de la categoría Euro 2 de circular por el interior del túnel. Según informa el servicio de prensa de la Prefectura de la Alta Saboya, esta prohibición afecta a los vehículos de más de 3,5 Tn puestos en circulación con anterioridad al 1 octubre de 2001. Recordamos que los vehículos de las categorías 0 y 1 ya tenían prohibida la circulación por el túnel.
Túneles de Mont-Blanc y Fréjus: Atención a la tarjetas que caduquen el 31/12/2012
Según nos informa SETIR, las tarjetas que caducan en diciembre de 2012 se podrán utilizar hasta el 31 de diciembre de 2014, por indicaciones de la empresa que gestiona dichos túneles. Además, ya desde octubre de 2012 las tarjetas nuevas se expiden sin fecha de caducidad.