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NAVARRA: restricciones de circulación para vehículos pesados en 2026

En el BOE y en el BON del 30 de enero se ha publicado la Resolución 24E/2025, de 31 de diciembre, del Servicio de Tráfico, del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante este año 2026 en la Comunidad Foral de Navarra. A diferencia de lo establecido en las Resolución de 2025, en la Resolución para este año se contempla prohibición de circulación el jueves 3 de diciembre, festivo local, para los transportes de mercancías peligrosas y transportes especiales.

Resumen restricciones Navarra 2026.
RIMP Navarra 2026.

 

Cursos on line gratuitos sobre PRL para autónomos organizados por OSALAN

OSALAN, como lleva haciendo en los últimos años, ha publicado en su página web las fechas de los cursos de prevención de riesgos laborales para personal trabajador autónomo, en total, 5 cursos. Los cursos constan de un módulo general (para cualquier persona trabajadora autónoma) de 7 horas de formación y un módulo específico en función del sector de trabajo (construcción, industria, comercio y transporte) de 8 horas de formación.

Primera edición 2026

  • Comienzo curso: lunes 2 febrero 2026
  • Fecha cierre inscripción: jueves 29 enero 2026
  • Fin curso: 31 marzo 2026

Segunda edición 2026

  • Comienzo curso: lunes 30 marzo 2026
  • Fecha cierre inscripción: jueves 26 marzo 2026
  • Fin curso: 31 mayo 2026

Tercera edición 2026:

  • Comienzo curso: lunes 1 junio 2026
  • Fecha cierre inscripción: jueves 28 mayo 2026
  • Fin curso: 31 julio 2026

Cuarta edición 2026:

  • Comienzo curso: lunes 5 octubre 2026
  • Fecha cierre inscripción: jueves 1 octubre 2026
  • Fin curso: 30 noviembre 2026

Quinta edición 2026:

  • Comienzo curso: lunes 7 diciembre 2026
  • Fecha cierre inscripción: jueves 3 diciembre 2026
  • Fin curso: 31 enero 2027
  • Plataforma Moodle
  • Contenidos interactivos
  • Avatares que sirven de guías/presentadores a lo largo de todo el curso
  • Recapitulaciones y ejercicios
  • PDF descargables con todo el contenido
  • Glosario de términos
  • Enlaces de interés
  • Videos
  • Normativa
  • Evaluación de conocimientos
  • Certificado autodescargable si se acaba el curso y se supera el examen
  • Encuesta de satisfacción de la formación

Cursos:

  • Módulo general
    • Conceptos básicos en prevención de riesgos laborales
    • Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995)
    • Coordinación de Actividades Empresariales (RealDecreto 171/2004)
    • Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997)
    • Mutuas colaboradoras con la seguridad social
    • Especialidades en prevención de riesgos laborales
    • Liderazgo preventivo y cultura de la seguridad y la salud en el trabajo
    • Examen de evaluación.
  • Módulo específico. Sectores: construcción, industria, transporte, comercio
    • Riesgos y medidas preventivas del sector
    • Enfermedades profesionales del sector
    • Actuación en emergencias y evacuación generales. Emergencias y evacuación del sector
    • Primeros auxilios
    • Normativa aplicable al sector
    • Examen del sector

Matriculación:

Precio: gratuito

Acceso al formulario

NAVARRA: ayudas para autónomos para contratar trabajadores, ya se pueden solicitar

En el BON de 27 de enero se ha publicado la Resolución 6232E/2025, de 23 de diciembre, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare por la que se aprueba la convocatoria para 2026 de subvenciones de Crecimiento Autónomo a través de la primera contratación de una persona trabajadora por cuenta ajena por parte de una persona trabajadora autónoma. Dotada con 1 millón de euros, se destinarán a apoyar la primera contratación de una persona trabajadora por cuenta ajena por parte de una persona trabajadora autónoma. Se trata de una convocatoria con incentivos reforzados a la primera contratación por parte de personas trabajadoras autónomas físicas que ejercen la actividad directamente o a través de sociedades en centros de trabajo ubicados en Navarra. La subvención oscilará entre los 5.000 y los 9.500 euros por contrato. Las ayudas se concederán en régimen de evaluación individualizada.

Importes superiores y más supuestos subvencionables
Esta convocatoria de ayudas permite contratar a cualquier persona desempleada, no sólo a aquellas pertenecientes a colectivos con mayor dificultad de acceso al mercado laboral.  Además, la contratación a personas pertenecientes a estos colectivos con mayor desempleo se incentiva con un importe un 85% superior a la convocatoria ordinaria del organismo.

Dirigido
Personas trabajadoras autónomas físicas o por cuenta propia que no hayan tenido personal contratado en los 12 meses anteriores.

Cuantías a subvencionar:

Cuantías base:

  • 5.000 euros por contrato indefinido.
  • 6.000 euros por contrato suscrito con persona mayor de 55 años o menor de 30 años inscrita en el registro de garantía juvenil.
  • 7.000 euros por contratos a:
    • Persona desempleada de larga duración.
    • Persona perceptora de renta garantizada o Ingreso Mínimo Vital (IMV).
    • Persona con discapacidad con grado reconocido igual o superior al 33 por ciento.
    • Persona procedente de un itinerario de inserción en una empresa de inserción socio-laboral.
  • 8.500 euros por contrato a mujer víctima de Violencia de Género (VVGG).

Cuantías adicionales:

  • Contrato suscrito con mujer (salvo mujer VVGG): 1.000 euros.
  • Contrato en centro de trabajo situado en localidad con menos de 5.000 habitantes (ver municipios excluidos en base 5.3. de la convocatoria): 1.000 euros.

Plazo: 28/01/26 – 30/11/26

    • Se subvencionarán los contratos suscritos desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2026.
    • El plazo de presentación de la solicitud será de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual.
    • En el caso de que el contrato se haya realizado sin haberse llegado a publicar esta convocatoria en el BON, el plazo de presentación de la solicitud será un mes desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

Contacto

Gestión de la subvención:
Sección de Emprendimiento y Trabajo Autónomo

Parque Tomás Caballero, 1
Edificio Fuerte del Príncipe II, 3.ª planta
31005 Pamplona / Iruña
Correo electrónico: autoempleo@navarra.es

Servicios a empresas y profesionales:
Información sobre búsqueda de trabajadores/as y ofertas de empleo, modalidades de contratación, ayudas, bonificaciones, etc.
Enviar la consulta junto con el DNI / CIF, nombre y apellidos y número de teléfono a empleo.empresas@navarra.es.

BIZKAIA: cuantías del peaje para camiones en 2026


En el BOB del 30 de diciembre pasado se publicó el Decreto Foral 146/2025, de la Diputación Foral de Bizkaia, de 29 de diciembre, por el que se actualiza la cuantía del canon a vehículos pesados de transporte de mercancías por uso de determinadas carreteras del territorio histórico de Bizkaia.

Recordamos que la segunda fase del sistema de arcos de peaje, que ya se puso en marcha en 2023 en la BI-625 y N-240, se extendió el 1 de julio de 2024 a la A-8 y BI-10, N-636 y la BI-30. El sistema afecta a los grandes vehículos pesados de más de 3,5 toneladas. Los tramos afectados en las distintas vías son los siguientes:

• A-8 Autopista del Cantábrico y BI-10, desde Basurto (p.k. 119,500) hasta El Haya (p.k. 139,219).

• N-240 Tarragona – Bilbao (Barazar), desde la unión de El Gallo (p.k. 55,773) y la variante Ubidea (p.k. 23,050).

• N-636 Beasain – Durango (Kanpazar) desde el punto limítrofe con Gipuzkoa (p.k.34,980) hasta Durango (p.k. 49,350).

• BI-30 (antigua N-637) Cruces- Erletxes (Rontegi), entre la unión de Cruces (p.k.8,000) y la unión de Erletxes (p.k. 28,180).

• BI-625 desde Laudio (p.k. 372,560) a Basauri (p.k. 387,310).

Al igual que en Gipuzkoa, para beneficiarse de los descuentos, tanto por categoría EURO como por frecuencia de utilización, hay que registrar los vehículos  en INTERBIAK.

Para acceder a las tarifas de 2026, ver este Decreto Foral.

Corrección de errores Decreto Foral 146/2025.

Folleto resumen con tarifas y descuentos 2026.

 

 

 

 

¿Existe garantía en la venta de un vehículo entre particulares?

En las operaciones entre particulares no se aplica la normativa de consumo. El vendedor privado no tiene obligación legal de ofrecer garantía alguna, y solo responde ante defectos latentes según lo establecido en el Código Civil, con la carga probatoria recayendo siempre sobre el comprador. El artículo 1484 y siguientes regulan la responsabilidad del vendedor frente a los llamados «vicios ocultos». El comprador tiene un plazo de 6 meses desde el descubrimiento del vicio oculto para ejercer acciones legales contra el vendedor particular.

IPC Europa 2025

La tasa de inflación anual de la zona euro fue del 1,9 % en diciembre de 2025 , frente al 2,1 % de noviembre . Un año antes, la tasa fue del 2,4 %. La inflación anual de la Unión Europea fue del 2,3 % en diciembre de 2025 , frente al 2,4 % de noviembre . Un año antes, la tasa fue del 2,7 %.

Las tasas anuales más bajas se registraron en Chipre (0,1%), Francia (0,7%) e Italia (1,2%) . Las tasas anuales más altas se registraron en Rumanía (8,6%), Eslovaquia (4,1%) y Estonia (4,0%) . En comparación con noviembre de 2025 , la inflación anual disminuyó en dieciocho Estados miembros, se mantuvo estable en tres y aumentó en seis.

En el siguiente documento puede acceder a la inflación interanual 2025 en los distintos países europeos publicados el pasado 19 de enero por EUROSTAT.

Publicado el Convenio entre Tráfico y la Seguridad Social para la consulta sobre la condición de conductor profesional

En el BOE de 26 de enero se ha publicado la Resolución de 20 de enero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de Tráfico y la Tesorería General de la Seguridad Social, para la consulta sobre la condición de conductor profesional. El presente convenio tiene por objeto establecer un mecanismo de cooperación entre la Dirección General de Tráfico y la Tesorería General de la Seguridad Social para el intercambio de la información sobre la condición de conductor profesional de aquellas personas que solicitaran a la Dirección General de Tráfico la realización de cursos de sensibilización y reeducación por estar desempeñando la actividad de transporte de personas o de mercancías, de acuerdo con las cotizaciones que la Tesorería General de la Seguridad Social tenga registradas; así como para la consulta por la Dirección General de Tráfico de que las empresas o empleadores que acuden a ella para conocer si uno de sus conductores está habilitado legalmente para conducir son empresas dedicadas al transporte de personas o mercancías por carretera, que dichos conductores son empleados suyos y que cotizan como conductores profesionales.

Recuperación de puntos del carnet

En particular, a los efectos del sistema del permiso de conducción por puntos, la DGT necesita conocer qué conductores cotizan a la Seguridad Social como conductores profesionales en orden a conceder o denegar los beneficios que la normativa de tráfico y seguridad vial establece para la realización de los cursos de recuperación parcial de puntos y para la reducción del tiempo durante el cual el permiso no habilita para conducir tras la declaración de una pérdida de vigencia por agotamiento del crédito de puntos.

Consulta de las empresas de transporte de la vigencia del permiso de conducir de sus conductores

De igual manera, el convenio también cumple con los cambios introducidos en la Ley de Tráfico, que prevén, entre otras cosas, el desarrollo un sistema telemático para que las empresas dedicadas al transporte de personas o de mercancías y las personas trabajadoras autónomas que tengan la condición de empleadoras puedan conocer si un conductor profesional que trabaja en ellas se encuentra habilitado legalmente para conducir, no siendo necesario el consentimiento del trabajador.

Por todo ello, el convenio establece un mecanismo de cooperación entre la Dirección General de Tráfico y la Tesorería General de la Seguridad Social para el intercambio de la información sobre la condición de conductor profesional de aquellas personas que solicitaran a la Dirección General de Tráfico la realización de cursos de sensibilización y reeducación por estar desempeñando la actividad de transporte de personas o de mercancías, de acuerdo con las cotizaciones que la Tesorería General de la Seguridad Social tenga registradas, así como para la consulta por la Dirección General de Tráfico de que las empresas o empleadores que acuden a ella para conocer si uno de sus conductores está habilitado legalmente para conducir son empresas dedicadas al transporte de personas o mercancías por carretera, que dichos conductores son empleados suyos y que cotizan como conductores profesionales.

La vigencia de este convenio será de cuatro años. Antes de la finalización de la vigencia del convenio, las partes podrán acordar, expresamente y por escrito, su prórroga por otros cuatro años adicionales.

ALEMANIA: cierre del puente Bonn-Renania del Norte, en la A565, a vehículos de más de 7,5 toneladas a partir del 9 de febrero de 2026


Ya es oficial. El cierre del puente Bonn-Rin del Norte a todos los vehículos con un peso total autorizado superior a 7,5 toneladas entrará en vigor el lunes 9 de febrero de 2026. Ese día
se instalará la señalización correspondiente en las inmediaciones del puente. Además, se instalarán señales digitales de orientación (dWiSta) en las carreteras de un amplio radio de acción para indicar este cierre. 

Excepciones para vehículos de emergencia relevantes para la seguridad

El cierre se aplica a todos los vehículos de más de 7,5 toneladas. Se exceptúan los vehículos de emergencia de las autoridades y organizaciones responsables de la seguridad, como servicios de rescate, bomberos, servicios de mantenimiento y socorro en casos de desastre. Todos los demás tipos de vehículos (de más de 7,5 toneladas) se ven afectados por el cierre. 

Publicado el Real Decreto que actualiza el objetivo de venta o consumo de biocarburantes para el año 2026

En el BOE de 10 de enero de 2026 se publicó el Real Decreto 5/2026, de 8 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes, con el fin de actualizar el objetivo de venta o consumo de biocarburantes para el año 2026. Concretamente, se aprueba la modificación del objetivo anual de incorporación de biocarburantes y otros combustibles renovables en el transporte para 2026, elevándolo del 12% al 14%. Esta modificación pretende facilitar la adaptación progresiva de la Directiva Europea que impone la obligación de garantizar que, en 2030, la cuota de energía renovable en el consumo final del transporte alcance, al menos, el 29%

Este incremento también refuerza la prevención del fraude y se acompaña de medidas transitorias que flexibilizan el cumplimiento parcial durante el primer semestre del año.

Se recuerda que en el BOE de 16 de julio de 2024 se publicó la Orden TED/728/2024, de 15 de julio, por la que se desarrolla el mecanismo de fomento de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte. La orden establece las bases para alcanzar el objetivo de renovables de 2030 e incluye por primera vez los sectores de la aviación y la navegación, así como el biogás, el hidrógeno y otros combustibles renovables de origen no biológico, primándolos frente al transporte por carretera y los biocarburantes tradicionales. Igualmente, refuerza y flexibiliza el Sistema de Certificación de Biocarburantes que permite realizar los cálculos para el cumplimiento de los objetivos anuales de combustible renovable en el transporte.

A partir de 2025, el biogás, el hidrógeno y los combustibles renovables de origen no biológico (RFNBO, según sus siglas en inglés) computan para el cálculo de cumplimiento de los objetivos, junto con el biodiésel y el bioetanol, pero para fomentar la producción y el consumo aquellos, cada unidad energética puesta en mercado se valorará el doble que la de éstos.