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CAV: el Consejo de Gobierno Vasco aprueba el calendario de festivos laborales para 2025

El Consejo de Gobierno aprobó este martes 23 de abril el el calendario laboral de 2025 para Euskadi que mantiene las mismas fechas festivas que en 2024, con la incorporación del 8 de diciembre (que en 2024 será domingo), y en el que no figura el 12 de octubre por ser domingo en 2025.

Los doce festivos que tendrá el calendario laboral en Euskadi en 2025 serán:

  • 1 de enero (Año Nuevo)
  • 6 de enero (Reyes)
  • 17 de abril (Jueves Santo)
  • 18 de abril (Viernes Santo)
  • 21 de abril (Lunes de Pascua)
  • 1 de mayo (Fiesta del Trabajador)
  • 25 de julio (Santiago)
  • 15 de agosto (Asunción)
  • 1 de noviembre (Todos los Santos)
  • 6 de diciembre (Día de la Constitución)
  • 8 de diciembre (Inmaculada)
  • 25 de diciembre (Navidad)

A estas jornadas hay que añadir dos festivos más que corresponde decretar a Ayuntamientos y Diputaciones, para cuya determinación se inicia ahora la correspondiente tramitación.

CATALUÑA: autorizaciones de transporte especial a partir del 1 de mayo

Nota informativa sobre la necesidad de disponer de un permiso del Servicio Catalán de Tráfico para circular por la red viaria catalana para los vehículos en régimen de transporte especial y vehículos especiales afines, y para los conjuntos euromodulares de hasta 32 metros de longitud.

A partir del 01/05/2024 todos los vehículos en régimen de transporte especial y los vehículos especiales sujetos a autorización previa que circulen total o parcialmente por la red viaria catalana deberán disponer de dicha autorización emitida por el Servicio Catalán de Tráfico. Transitoriamente, las autorizaciones de la DGT en vigor emitidas antes de esta fecha serán válidas hasta la finalización del periodo autorizado. Las autorizaciones emitidas por la DGT con posterioridad al 1 de mayo de 2024 no tendrán validez en la red viaria catalana. Por otra parte, también se comunica que el Servei Català de Trànsit tramitará los permisos para conjuntos euromodulares de hasta 32 metros de longitud, de forma excepcional y bajo determinadas condiciones de circulación, a partir del 17 de abril de 2024.

 

El Gobierno Vasco aprueba los Decretos de las tres últimas transferencias

El Consejo de Gobierno Vasco aprobó este pasado martes los proyectos de Decreto por los que se certifican el traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Euskadi en las materias de ferrocarriles de cercanías, homologación y equiparación de títulos universitarios extranjeros y del sistema de acogida de los beneficiarios de protección internacional en su fase de autonomía personal. Los tres traspasos fueron acordados el pasado 11 de marzo en la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma de Euskadi. Los Decretos entrarán en vigor al publicarse simultáneamente en el BOPV y en el BOE mañana, 19 de abril.

  1. El traspaso de trenes de cercanías supone que Euskadi gestionará los servicios de trenes de cercanías existentes en Bizkaia y Gipuzkoa. Las funciones que asume la Comunidad Autónoma del País Vasco comprenden la regulación, la planificación, la gestión, la coordinación y la inspección de los servicios transferidos, así como la potestad tarifaria sobre los mismos, los horarios y las frecuencias. El acuerdo también incluye poner en marcha un plan de inversiones en infraestructuras de ADIF para afrontar las carencias y mejorar el estado de algunas infraestructuras que inciden en la prestación de servicios de cercanías. Se estiman unas 100 actuaciones por un valor aproximado de 400 millones de euros.
  2. Por otra parte, la CAV también asume las funciones en relación con solicitudes de homologación o declaración de equivalencia de títulos de educación superior obtenidos en el extranjero por parte de las personas que estén empadronadas en algún municipio de Euskadi. El acuerdo entrará en vigor el 1 de julio de 2024. La homologación supone que tendrán los mismos efectos que los títulos estatales de cara a habilitar para el ejercicio de la profesión titulada de que se trate.
  3. El tercer Decreto aprobado por el Consejo de Gobierna aborda el traspaso de funciones y servicios en materia de asistencia social en la fase de autonomía de las personas que tienen reconocida la condición de beneficiarias de protección internacional y que han solicitado la inclusión en dicho sistema. Con esta transferencia la comunidad autónoma asume la gestión del proceso de la acogida de estas personas, a las que se les acompaña en la consolidación de conocimientos y habilidades que hagan efectiva su plena inclusión en la sociedad que les acoge.

Adif arrienda 34.000 m2 de espacios e instalaciones en la terminal de transporte de mercancías de Noáin


El presupuesto mínimo del contrato asciende a 2,3 millones de euros, con una vigencia inicial de 15 años, a partir del 1 de julio de 2025, que puede ser ampliada hasta 5 años en función de la realización de inversiones adicionales. Durante la fase previa a la explotación, el adjudicatario deberá realizar inversiones con un importe mínimo de 5 millones de euros.

La licitación de estos espacios potenciará los tráficos ferroviarios de mercancías y la actividad de este centro de transporte multimodal. Las empresas interesadas podrán optar a un terreno con superficie mínima de 5.000 m2 y máxima de 8.500 m2, para la ampliación de la terminal de carga intermodal, así como a otros espacios para actividades logísticas: una nave de 2.100 m2 y espacios de trabajo de 180 m2 para usos relacionados con la explotación de la terminal de carga intermodal.

HERMES, nueva plataforma impulsada por el Ministerio de Transportes que engloba toda la información de interés relativa a las infraestructuras de transporte

HERMES es una plataforma digital alimentada por una gran cantidad de información procedente de las diferentes unidades y centros responsables, en cada caso, en un marco colaborativo. A medida que el volumen de información vaya creciendo, HERMES será más útil para todos los usuarios, ya que se podrá disponer en un único espacio de toda la información actualizada de la Red de Transporte de Interés General, que incluye carreteras, puertos, aeropuertos, líneas ferroviarias y terminales ferroviarias. Los principios básicos que rigen el funcionamiento de HERMES son la transparencia, los datos abiertos y la reutilización de la información.

A través de la plataforma HERMES, se pueden consultar datos de la red de puertos, aeropuertos, terminales ferroviarias, carreteras y líneas ferroviarias, con más de 150 mapas temáticos y más de 300 parámetros consultables como la intensidad media de tráfico, capacidad, actuaciones planificadas, titularidad de la vía, longitudes, accidentalidad, velocidades, modo de acceso aeroportuario…

Así, la herramienta (sistema de información geográfica) permite buscar los datos de una forma sencilla, descargar información, crear mapas propios con las herramientas de edición, medir superficies y longitudes sobre el mapa, superponer sus propios datos o datos procedentes de otros servicios web, etc.

Las empresas de transporte podrán utilizar esta plataforma HERMES para la planificación sus rutas, su movilidad, logística e infraestructuras, así como para estudios específicos e investigación. Los datos servirán a su vez para la creación de nuevas aplicaciones y servicios fomentando así la reutilización y el crecimiento económico.

Todos los datos son descargables en formato abierto y en formatos georreferenciados para su reutilización. Además, contiene un Diccionario de Datos que facilita la interpretación de estos para su correcta reutilización.

El Sistema HERMES, en el que se lleva trabajando desde 2017, ha sido cofinanciado con fondos europeos FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) y del Mecanismo Conectar Europa. HERMES es una de las medidas incluidas en la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada 2030 que constituye la hoja de ruta del Ministerio para los próximos años en materia de transportes y movilidad.

Aquí tienes acceso directo a la plataforma HERMES.

60 urtetik gorako Bizkaiko garraiolari autonomo bat salbuets al daiteke BATUZ-ticketBAI derrigortasunetik?

Ez, Bizkaian aplikagarria den TicketBAI sistemari buruz argitaratutako araudiak (BATUZ izenekoa eta 2024/07/01etik aurrera nahitaez aplikatuko dena) ez du adinaren araberako inolako salbuespenik jasotzen. Hala ere, BATUZ behin betiko ezarri eta hurrengo 3 urteetan (hau da, 2024/07/01 eta 2027/07/01 artean eteten bada) autonomo horrek jarduera etetea pentsatzen badu, betebehar horretatik salbuets daiteke. Parte hartzeko, idazki bat aurkeztu beharko duzu «Batuz – TicketBAI betebeharretatik salbuesteko eskabidea: jarduera uzteagatik (pertsona fisikoak eta ERAR). Helbide elektroniko honetan eskura daiteke: https://www.ebizkaia.eus/es/catalogo-de-tramites-y-servicios? procID = 1787

GIPUZKOA: Nuevo servicio Calculadora IVA 300 TicketBAI


Con la nueva utilidad, se facilita la elaboración de declaraciones de IVA. El nuevo servicio se encuentra disponible en el portal TicketBAI Ataria. Se abrirá en una ventana nueva. en el apartado «Calculadora IVA 300 TicketBAI». La calculadora muestra el resultado de las casillas del IVA devengado del modelo 300, tanto de su parte liquidativa como de la información adicional, a partir de la información suministrada mediante los ficheros TicketBAI, teniendo en cuenta los ficheros enviados sin errores.

¿Las tarjetas de tacógrafo de conductor diseñadas para los tacógrafos inteligentes de primera generación son válidas para los de segunda generación?

Sí. El Reglamento de ejecución 799/2018, respecto a la interoperabilidad entre la VU (unidad intravehicular) y las tarjetas permite seguir utilizando las tarjetas de conductor de versión 1 en los tacógrafos inteligentes de generación 2, aunque si la empresa quiere beneficiarse de todas las nuevas funcionalidades del tacógrafo inteligente de versión 2, deberá sustituir esa tarjeta por una nueva tarjeta. Por ejemplo, si se utiliza una tarjeta de versión 1 en un tacógrafo inteligente de versión 2, no se hará el registro automático de los pasos por frontera, por lo que deberán registrarse manualmente.

IHOBE crea la primera calculadora para medir de forma integrada huella de carbono, huella ambiental e indicadores de circularidad de organizaciones, productos y servicios


Climate&Circularity Calculator
es una herramienta web gratuita que integra varias métricas ambientales a partir de los mismos datos de partida, facilitando el trabajo de cálculo a las organizaciones. Está diseñada para que las pymes, en especial, puedan disponer de un diagnóstico y de una herramienta de seguimiento para mejorar su desempeño ambiental con perspectiva de ciclo de vida, pudiendo utilizarse también para simulaciones para ecodiseño. Una necesidad especialmente importante en el contexto actual tanto para el cumplimiento de una legislación cada vez más exigente -como el horizonte de neutralidad en carbono a más tardar en 2050 que establece la recién aprobada Ley 1/2024 de Transición Energética y Cambio Climático de Euskad- como para convertir un buen desempeño ambiental en un factor de competitividad en el mercado. Los cálculos se realizarán basándose en metodologías reconocidas como las normas UNE-EN ISO 14064-1:2019 y UNE-EN ISO 14067:2019 en el caso de huella de carbono; UNE-EN ISO 14040:2006 y UNE-EN ISO 14044:2006 en el caso de huella ambiental y análisis de ciclo de vida; y los indicadores de economía circular se calculan siguiendo la metodología “Circular Transition Indicators 3.0”, compatibles con la futura norma ISO 59020 de medición y evaluación de la circularidad.

El acceso a la herramienta es a través de la página web de Ihobe y de forma gratuita para las empresas vascas. Se puede acceder a Climate&Circularity Calculator by Ihobe  a través del siguiente enlace.

 

Cómo está abonando BIDEGI el descuento por FRECUENCIA de uso

Hemos podido aclarar en la Asociación cómo está abonando BIDEGI el descuento por frecuencia de utilización de las vías N-1, AP-15, A-636, AP-8 y AP-1 cuyos tramos están sometidos a peaje para los vehículos pesados. En la factura del proveedor del dispositivo de telepeaje, por ejemplo SOLRED, referida al consumo en AUTOPISTAS, aparece una línea en el último día del mes al que se refieren los pasos o tránsitos con el siguiente texto 202401BidegiAST-PES-SS-202401Bi  (en este caso se trataría del mes de enero de 2024) con un importe a descontar resultante de la suma entre el descuento por categoría EURO en las vías AP-8 y AP-1 y el descuento por FRECUENCIA en la N-1, AP-15, A-636, AP-8 y AP-1.

Recordamos que el descuento por frecuencia aplicado varía en función del número de viajes siendo aquel de:

  • Entre el viaje 21 y el viaje 50: 10% DE DESCUENTO.
  • Viaje 51 y sucesivos: 13% DE DESCUENTO.