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Nueva Orden Ministerial que actualiza los cursos de recuperación de puntos del permiso de conducir

En el BOE del 4 de septiembre se publicó la Orden INT/914/2024, de 2 de septiembre, por la que se regulan los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso o licencia de conducción. Tras casi veinte años de la implantación del Permiso por Puntos y de la Orden que regulaba dichos cursos, era necesario realizar una revisión completa del contenido de los mismos con el objetivo de incluir las modificaciones realizadas en la Ley de Tráfico en los últimos años y adaptarlos a la movilidad actual.

Las novedades más significativas de la citada Orden Ministerial, que entrará en vigor el próximo 4 de noviembre, se centran en los siguientes asuntos:

  • Aumento del tiempo destinado a las dinámicas de grupo, por considerar que los alumnos interiorizan mejor los mensajes y permite a los psicólogos apreciar cómo van aceptando los alumnos los mismos.
  • Creación de nuevos perfiles infractores: distracciones, conductas imprudentes en motoristas, velocidad, alcohol y otras drogas, conductas imprudentes y penal que se asignan a los alumnos en función de las infracciones cometidas y por las que han perdido los puntos para la impartición de la parte específica del curso.
  • Participación de las víctimas con carácter preceptivo, puesto que en los casi veinte años de experiencia se ha demostrado su efectividad en el cambio de actitudes.
  • Aplicación de las nuevas tecnologías en la parte específica de los cursos, con la posibilidad de que el contenido de dicha parte se pueda realizar de forma on line mediante teleformación o aula virtual.

La Ley de Tráfico y Seguridad Vial establece dos tipos de cursos; los de recuperación parcial de puntos y los de recuperación del permiso o licencia de conducción.

Los cambios que se establecen en la nueva Orden en los cursos de recuperación parcial de puntos son los siguientes:

  • La duración mínima de estos cursos será de 10 horas, distribuidas de la siguiente forma y orden:
    • 7 horas para la parte común: de las cuales, 4 horas estarán destinadas a la formación general sobre materias relacionadas con la cultura de la seguridad vial que será impartida por un formador, 1 hora de dinámica de grupo dirigida por psicólogos-formadores que trabajarán en el cambio de actitudes y comportamientos, otra hora para testimonios de víctimas y una última hora de contenido variable, impartida por un formador que puede incluir la intervención de otros profesionales.
    • 3 horas para la parte específica y que será individualizada para el conductor en función de las mayores carencias que presente, teniendo en cuenta el perfil infractor del mismo. Los perfiles establecidos son: velocidad, alcohol y otras drogas, conductas imprudentes, penal, distracciones o conductas imprudentes en motocicleta.
  • La realización y superación del curso permitirá al conductor recuperar 4 puntos, sin que en ningún caso pueda recuperar más puntos de los que se hubieran perdido.

El curso de recuperación parcial de puntos solo se puede realizar una vez cada dos años, excepto los conductores profesionales que pueden realizarlo una vez al año. Esta periodicidad no ha cambiado en la Orden Ministerial publicada.

Respecto a los cambios que se establecen en la orden para el Curso de recuperación del Permiso o Licencia de conducir son:

  • La duración mínima de los cursos será de 20 horas, distribuidas de la siguiente forma:
    • 16 horas de duración para la parte común, repartidas en 9 horas de formación general, 4 horas de dinámica de grupo impartidas por un psicólogo formador, 1 hora para una víctima de un siniestro vial y 2 horas de contenido variable, impartidas por un formador que puede incluir la intervención de otros profesionales.
    • 4 horas para la parte específica, que al igual que en los cursos de recuperación parcial son individualizados en función del perfil infractor de cada conductor.

Acuerdo entre España y Georgia para el canje del permiso de conducir

España y Georgia han firmado un acuerdo para el canje de permisos de conducir. Según este acuerdo, los conductores georgianos que deseen canjear un permiso profesional de las clases C o D solo tendrán que aprobar una prueba de circulación en vías abiertas al tráfico.

Este acuerdo, publicado en el BOE el lunes 2 de septiembre, entrará en vigor el 29 de septiembre de 2024, coincidiendo con la entrada en vigor del acuerdo similar firmado con Moldavia el pasado 30 de agosto.

Existen algunas diferencias entre ambos acuerdos. Mientras que los conductores moldavos que soliciten el canje de permisos de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E deberán superar dos pruebas de conducción (una en una zona de maniobras y otra en circulación en vías abiertas al tráfico), los conductores georgianos solo tendrán que aprobar la prueba de circulación en vías abiertas al tráfico general, utilizando un vehículo o conjunto de vehículos correspondientes a los permisos que desean canjear.

Por lo demás, las condiciones son similares a las del acuerdo con Moldavia.

Un vehículo nuevo con tacógrafo de segunda generación ¿debe tener un certificado de control antes de los dos primeros años?

Legalmente no es obligatorio, ya que la primera revisión de control hay que realizarla a los dos años, pero los tacógrafos inteligentes de segunda generación, vienen, habitualmente, activados y esto hace que si no se realiza la revisión y calibración marque un error. Aunque el tacógrafo sigue funcionando la existencia del error puede dar problemas en relación a la garantía del aparato, con lo que obtener el certificado de control es algo más que recomendable.

¿A partir de qué fecha los vehículos pesados de más de 12 toneladas tendrán que contar con una calificación mínima de tres estrellas en el Estándar de Visión Directa (DVS) para poder circular por el área GRAN LONDRES?

A partir del próximo 28 de octubre. Si se dispone de un permiso de seguridad para vehículos pesados ​​con calificación de cero, una o dos estrellas, caducará a la medianoche del 27 de octubre. Para solicitar dicho permiso,  https://tfl.gov.uk/modes/driving/dvs-safety-permit-application/. Los vehículos que no dispongan de este permiso, cuya tramitación es gratuita, son susceptibles de ser sancionados con multas de 550 libras para la empresa (643 euros). Más información sobre este requisito, pinchar aquí.

A finales de septiembre entrará en vigor el acuerdo sobre el reconocimiento y canje de permisos de conducir con Moldavia

Tras su aprobación por parte del Consejo de Ministros el pasado 16 de abril, en el BOE del 30 de agosto se ha publicado el Acuerdo entre el Reino de España y la República de Moldavia sobre reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales. El presente acuerdo entrará en vigor el próximo 29 de septiembre, a los 60 días de la fecha de recepción de la última notificación por las que las Partes se comunicaron, por la vía diplomática, el cumplimiento de sus requisitos internos necesarios.

Los titulares de permisos de conducción moldavos que soliciten su canje por los equivalentes españoles de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E deberán realizar una prueba de control de aptitudes y comportamientos en circuito cerrado y una prueba de circulación en vías abiertas al tráfico general, utilizando un vehículo o conjunto de vehículos de los que autorizan a conducir dichos permisos.

En al Anexo I se encuentran las tablas de equivalencias cuando se canjeen los permisos de conducción expedidos por la República de Moldavia por los correspondientes españoles:
.- Permisos moldavos expedidos desde el 1 de noviembre de 1995 al 31 de diciembre de 2010
.-Permisos moldavos expedidos desde el 15 de julio de 2008 hasta el 31 de agosto de 2015
.- Permisos moldavos expedidos desde el 1 de septiembre de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2019
.- Permisos moldavos expedidos a partir del 1 de enero de 2020
.- Tabla de equivalencia cuando se canjeen los permisos de conducción expedidos por el Reino de España (con independencia de la fecha de expedición) por los correspondientes moldavos.

La Jefatura de Tráfico de Gipuzkoa delega en la Jefatura de Zaragoza la expedición de las autorizaciones especiales de circulación

No es nuevo que la Jefatura Provincial de Tráfico de Gipuzkoa carece de medios personales suficientes para dar salida a todos los trámites que van entrando (GUITRANS lleva meses denunciándolo). Debido a ese déficit de personal, el Jefe Provincial de Gipuzkoa ha adoptado la decisión de delegar la tramitación de determinadas autorizaciones especiales en la Jefatura de Zaragoza. En consecuencia, las solicitudes de autorizaciones especiales y en configuración euromodular para circular por el Estado (fuera de la CAV, Navarra y Cataluña), que hasta el 03/09/2024 eran tramitadas para los transportistas guipuzcoanos por la Jefatura de Tráfico de Gipuzkoa, serán gestionadas, a partir de entonces, por su homóloga en Zaragoza.

En el BOG de 3 de septiembre se ha publicado la Resolución de 27 de agosto de 2024, por la que el jefe provincial de tráfico de Gipuzkoa, Carlos Muñoz Pedraz, delega determinadas competencias en materia de autorizaciones de circulación en el jefe provincial de tráfico de Zaragoza.

La Jefatura Provincial de Tráfico de Gipuzkoa carece de los medios personales necesarios para ejercer las competencias relativas a la expedición de las autorizaciones de circulación previstas en el artículo 14.2 y en el anexo IX.6 del Reglamento General de Vehículos. Por el contrario, la Jefatura Provincial de Tráfico de Zaragoza sí dispone de los medios personales adecuados para ejercer, por delegación, las citadas competencias.

Competencias que se delegan

Se delegan en el Jefe Provincial de Tráfico de Zaragoza las siguientes competencias:

1.    Para expedir las autorizaciones de circulación previstas en el artículo 14.2 del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, a los vehículos que, por sus características técnicas o por la carga indivisible que transportan, superen las masas y dimensiones máximas establecidas.

2.    Para expedir las autorizaciones de circulación previstas en el anexo IX.6 del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, a los conjuntos de vehículos en configuración euro-modular, con una masa máxima de hasta 60 toneladas y una longitud máxima de hasta 25,25 metros.

Entrada en vigor. 04/09/2024.

Es posible obtener el permiso de conducir de ciclomotor y coche en euskera en 160 autoescuelas de la CAV


A las puertas del nuevo curso, el Gobierno Vasco recuerda que es posible obtener el permiso de conducir de ciclomotor y coche en euskera en 160 autoescuelas de la CAV. En estas autoescuelas se facilitarán al alumnado manuales y soportes on-line (tests) íntegramente en euskera. Estos materiales fueron elaborados por la Federación de Autoescuelas de Euskadi el año pasado con el apoyo del Gobierno Vasco para garantizar los derechos lingüísticos también en este ámbito, es decir, para que cada persona pueda aprender en el idioma que desee. Para descargar los manuales en su totalidad es necesario inscribirse en alguna autoescuela que se haya adherido al proyecto. Más información sobre las autoescuelas adheridas al proyecto aquí. Para el examen práctico también se ofrecerán herramientas para trabajar la terminología en euskera para el profesorado y en breve estará listo el material para sacarse el permiso de conducir para autobuses y camiones en euskera.

Abierta la nueva estación de servicio de MLC en Urnieta

Localizada en Urnieta, Gipuzkoa, concretamente en Calle Bo. Ergoyen, 210 (salidas 160 y 162 en Autovía A-15), a tan solo 26 kilómetros de la frontera con Francia, esta estación de servicio promete convertirse en un gran hito para el mundo del transporte profesional ya que está completamente orientada a satisfacer todas las necesidades de los transportistas profesionales, consiguiendo así que los clientes no desaprovechen sus recursos valorando entre distintas opciones.

La ubicación de esta estratégica estación de servicio ha sido cuidadosamente seleccionada para atender las rutas de transporte de los clientes de MLC Energía, especialmente para aquellos que acceden a Francia a través de Irún. A pesar de que MLC Energía ya cuenta con estaciones de servicio en Elgoibar (Gipuzkoa) y Burutain (Navarra), se ha considerado que eran insuficientes en cuanto a capacidad.

MLC Urnieta es un ejemplo en firme del fuerte compromiso que Grupo MLC Energía tiene con sus clientes. Las características principales que hacen que esta área de descanso sea un espacio singular son:

  • Una superficie de 22.000 metros cuadrados.
  • Un área de surtidores dónde podrán repostar hasta 25 camiones. Estos surtidores son de gran caudal y repostaje a doble cara, además de 4 calles con surtidores multi producto para coches.
  • Una capacidad de almacenamiento de 12 tanques con un total de 1,330,000 litros de carburante.
  • Una superficie de marquesina para surtidores de 1,115 metros cuadrados.
  • 40 plazas de estacionamiento para turismos.
  • 54 plazas de estacionamiento de seguridad para camiones.
  • 2 plazas de estacionamiento para movilidad reducida.
  • 2 plazas para electrolineras.
  • Boxes de lavado para vehículos y un centro de lavado de camiones.
  • Tienda, duchas.
  • Completa automatización en los procesos para clientes.

Y próximamente un edificio de casi 2.000 metros que incluye hotel, restaurante, cafetería, gimnasio, peluquería, piscina, espacio de oficinas, office, lavandería y una zona de relax para clientes.

Ver precio en las estaciones MLC de la CAV y Navarra pinchando aquí.

GUITRANS tiene suscrito un convenio de colaboración con MLC. Si está interesado en ampliar información sobre el mismo, puede ponerse en contacto con el Departamento de Tarjetas de combustible, 943-316707, ext. 3 (Enara Urdanpilleta).

CAV: nuevos dispositivos de captación y reproducción de imágenes complementarios de cinemómetros en varios tramos de vías

Con el objetivo de reforzar la seguridad vial y mejorar la fluidez de la circulación, se han instalado dispositivos de captación y reproducción de imágenes complementarios de cinemómetros en la A-124, en el p.k. 74+510 sentido Logroño. Así queda establecido en la Resolución de 8 de julio de 2024 publicada en el BOPV de 2 de septiembre.