No. El artículo 2 de la Orden TRM/59/2025, de 16 de enero, establece que «deberán obtener un certificado de conductor aquellas empresas que realicen transporte público internacional de mercancías por carretera y sean titulares de una licencia comunitaria para cada conductor contratado o empleado salvo que sea trate de nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o residentes de larga duración de acuerdo con la Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración».
La escasez de conductores es alarmante pero, un trimestre más, la ocupación de conductor de camión sigue sin incluirse en el Catálogo de ocupaciones de difícil Cobertura
El Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura es un listado que hace el Servicio Público de Empleo que recoge todos aquellos puestos de trabajo y vacantes que son especialmente complicadas de cubrir y, a través de los cuales, se puede obtener un permiso de residencia temporal y trabajo en España. Llama la atención que en este catálogo no se encuentre, en ninguna de las CCAA, la ocupación de conductor de vehículo de transporte de mercancía por carretera. En el último catálogo, publicado en el BOE de 2 de septiembre, para este tercer trimestre de año, tampoco lo está. A pesar de la grave escasez de conductores de camión, esta ocupación no figura en el listado, al igual que en los trimestres anteriores. Sí aparecen las ocupaciones de conductores-operadores de grúa en camión, conductores-operadores de grúa fija en general y conductores-operadores de grúa móvil. Entre el primer trimestre de 2006 y el tercero de 2008 sí estuvo incluida, y a la vista de los datos, mucho peores que los de aquella época, debería volver a incluirse, por ello no se entiende que el Ministerio de Trabajo no tenga en cuenta la gravedad del problema y no acceda a que sea nuevamente incorporada. Incomprensible.
Nueva Secretaria General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes
El Consejo de Ministros celebrado ayer, 1 de septiembre, aprobó el nombramiento de Sara Hernández del Olmo como Secretaria General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible relevando en el cargo a Rocío Baguena. Tanto el nombramiento de la primera como el cese de la segunda se publicaron en el BOE de 2 de septiembre. Desde enero de 2025, Hernández del Olmo ha liderado la Secretaría General de Movilidad Sostenible de este ministerio y anteriormente desarrolló su actividad en consultoría y asesoramiento profesional dentro de Deloitte y en una etapa previa como investigadora de TRANSyT, Centro de Investigación de proyectos de transporte y territorio.
Publicada la relación definitiva de beneficiarios de las ayudas al abandono de la actividad 2026
En el BOE de 1 de septiembre se ha publicado el Anuncio de la Dirección General de Transporte Terrestre sobre el otorgamiento definitivo de las ayudas a los transportistas autónomos por carretera que opten por abandonar la actividad en el año 2026. En el siguiente enlace a la página web del Ministerio de Transportes se puede acceder a la Resolución con el listado definitivo de beneficiarios una vez vencido el plazo para efectuar reclamaciones al listado provisional. En el Anexo 1 de dicha Resolución se incluye el otorgamiento de las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad. En los Anexos 2 y 3 se relacionan las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito y por incumplimiento de requisitos respectivamente. El plazo de presentación de la documentación para el abono de la subvención finaliza el próximo 19 de octubre. Las ayudas se han otorgado a los que ocupan los primeros lugares hasta el límite de crédito disponible, 9,6 millones de euros, con una cuantía individual de 30.000 euros. El corte de la edad para el otorgamiento de las ayudas ha sido de 67,2 años, resultando beneficiarios 320 transportistas de los 1.382 transportistas solicitantes.
Tras esta publicación se le requiere a cada beneficiario la presentación de una serie de documentos como por ejemplo la baja de la autorización de transporte etc.; una vez validados los mismos, se inicia el trámite del pago.
MLC ENERGÍA apuesta por el futuro de la movilidad sostenible

MLC Energía continua liderando la transición hacia la descarbonización y hacia un modelo multienergético más eficiente, eficaz y sostenible para el medio ambiente, el transporte profesional y la movilidad privada.
Por ello, anuncia u hito decisivo en su compromiso con el futuro del transporte: combustible renovable HVO 100 (Aceite Vegetal Hidrotratado) ya está disponible en su red de estaciones de servicio con suministro de gran caudal.
El futuro de la movilidad sostenible no se proyecta a largo plazo; se reposta hoy en los surtidores de MLC Energía.
Para brindarle nuestra mejor oferta, le invitamos a contactar con un comercial o con el departamento de atención al cliente: 608 945 022
¿Qué diferencia hay entre jubilación activa y jubilación flexible para un autónomo?
El 28 de agosto entra en vigor el Real Decreto 416/2026 que regula la jubilación flexible, a partir de esa fecha podrán acogerse a la jubilación flexible también los autónomos. En la jubilación flexible es obligatorio reducir la jornada entre un 33 y un 80% (la pensión se reduce en la misma proporción) y no haber estado en autónomos en Los últimos tres años. En la jubilación flexible debe acreditarse la reducción de jornada (horas, facturación…).
En cambio en la jubilación activa permite seguir trabajando sin límite y se dan dos casos:
- que el autónomo no contrate a nadie con lo que cobrará el 50% de la pensión
- que el autónomo contrate a alguien en el régimen general en cuyo caso cobrará el 100% de la pensión.
En ambos casos en la jubilación activa deberá haber transcurrido un año desde la edad legal de jubilación y cotizan la cuota de solidaridad, un 9%.
La actividad del Puerto de Pasaia crece un 2,2% en siete meses
La actividad del Puerto de Pasaia ha avanzado en el acumulado de los primeros siete meses del año un 2,2% al recibir 2.072.275 toneladas de productos, casi 44.000 más que en el mismo periodo del año pasado. Una cifra de tráfico de mercancías que le sitúa por encima de la media estatal, que ha experimentado solo un ligero crecimiento del 0,4%, según el informe publicado ayer lunes por Puertos del Estado, organismo del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Aunque el crecimiento interanual se deba a un aumento de la cantidad en todas las categorías especificadas, el auge está especialmente supeditado a la sección de mercancía general donde destacan los productos metalúrgicos. Y es que esta sección, uno de los puntos fuertes de la instalación por la tipología de sus empresas, ha aumentado en los primeros siete meses del año un 13,2% hasta superar el millón y medio de toneladas (1.587.421, más concretamente). Por el contrario, síntoma de las dificultades de la automoción, el tráfico de automóviles en régimen de mercancía ha sido el tipo de producto con mayor disminución interanual (un 12%). Entre enero y julio de este año, el puerto ha recibido 113.797 toneladas mientras que en el mismo periodo del año pasado acogió 129.327 toneladas en materia de vehículos.
La oficina de atención ciudadana de Hacienda en Eibar reabre sus puertas

La oficina de atención ciudadana de Hacienda de Gipuzkoa en Eibar volverá el próximo 1 de septiembre su ubicación habitual en la calle Arragueta, 2, tras finalizar los trabajos de reforma y mejora realizados en sus instalaciones.
Durante el periodo de obras, la atención presencial se ha trasladado temporalmente a la calle Bittor Sarasketa. A partir del próximo lunes, día 1, la ciudadanía volverá a ser atendida en la oficina de la calle Arragueta, en su horario habitual, de 8:30 a 14:00 horas.
Con esta actuación, Hacienda de Gipuzkoa mejora las instalaciones destinadas a la atención presencial y recupera su ubicación habitual para facilitar la realización de trámites y consultas por parte de la ciudadanía de Eibar y su entorno.
La oficina de Eibar forma parte de la red de siete oficinas de atención ciudadana de Hacienda de Gipuzkoa, ubicadas en Bergara, Eibar, Azpeitia, Tolosa, Donostia (Errotaburu y Okendo) e Irun.
Países Bajos: prohibido el paso de camiones por el puente de Merwede

(Fuente: Wikipedia).
Desde el 18 de julio de 2026, está prohibido el paso de camiones y autobuses por el puente Merwede, en la autopista A27, cerca de Gorinchem, en los Países Bajos. Dicha prohibición se estableció al demostrar las inspecciones técnicas que la estructura de arco de acero del puente era más frágil de lo que se creía. La prohibición se mantiene vigente hasta nuevo aviso.
Los vehículos pesados están siendo desviados a rutas alternativas, incluidas las autopistas A15–A2–A59 y A15–A16–A59, dependiendo del sentido de la circulación.
Más información.
EIBAR: convocatoria de ayudas para la contratación de personas desempleadas
Se ha publicado en el BOG de 24 de agosto la convocatoria de estas subvenciones para la contratación de personas desempleadas por parte de empresas radicadas en Eibar. El plazo de presentación de las ayudas finaliza el 15 de enero de 2027 inclusive.
Requisitos a cumplir por la persona a contratar
- Constar empadronada en Eibar como mínimo desde el 1 de enero de 2026.
- Ser desempleada y estar inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide al menos un mes antes del inicio del contrato.
- No tener relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con el/la empresario/a o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de la sociedad.
- No haber sido contratada por la misma empresa si dicha contratación fue subvencionada en convocatorias anteriores.
Requisitos a cumplir en la contratación
- Solo se financiarán los contratos indefinidos a jornada completa o a tiempo parcial con un mínimo del 50% de jornada.
- La pervivencia de los contratos será de al menos 12 meses debiendo formalizarse mediante contrato indefinido.
- En cualquier caso, los contratos deberán iniciarse entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, y el periodo subvencionable será de 12 meses, sin perjuicio de que su duración vaya más allá de dicha fecha.
- En todos los casos, los contratos deberán de realizarse de acuerdo con el convenio del sector correspondiente.
- Las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione. A fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media.
- No se subvencionarán más de 4 contratos por cada beneficiario/a.
- En el caso de que se rescindiera el contrato de trabajo a lo largo de los meses a subvencionar debido a la no superación del periodo de prueba, cese voluntario, despido declarado procedente o por muerte o invalidez de la persona contratada, se reducirá el importe de la subvención en proporción a la duración efectiva del contrato de trabajo o se podrá realizar un nuevo contrato, en los mismos términos que el original subvencionado, en el plazo de 15 días naturales. Se considerarán mismos términos, la misma tipología de contrato y puesto de trabajo que el original subvencionado.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de obtención de subvenciones, dirigidas al órgano convocante y suscritas por el/la beneficiario/a o persona que lo represente, junto con la documentación anexa, comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y finalizará el 15 de enero de 2027. (inclusive). Las solicitudes de subvención deberán realizarse electrónicamente a través de la página web municipal, www.eibar.eus. Para realizar el trámite electrónicamente es necesario disponer de un certificado digital (B@kQ, DNI electrónico, tarjeta de Izenpe, etc.).