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La Diputación Foral de Araba se plantea abaratar el peaje de la AP-68 un 50% para los vehículos pesados

La autopista AP-68, a su paso por el territorio histórico de Araba, va a disponer de un nuevo sistema de pago por uso para vehículos pesado y ligeros, una vez que la infraestructura pase a titularidad foral el próximo 11 de noviembre. La norma foral plantea unas tarifas de carácter público inferiores a las actuales: un 50% menos para camiones y un 70% menos para turismos.

La implantación del sistema de pago por uso se extenderá durante los próximos años de forma progresiva para vehículos pesados a otras vías de alta capacidad del Territorio.

El Portal de Transparencia de la Diputación Foral de Álava publicó el pasado 22 de junio el proyecto de norma foral con el fin de que ciudadanía, asociaciones, empresas e instituciones puedan conocer su contenido y presentar alegaciones durante un plazo de 6 días hábiles desde este mismo lunes. Este plazo concluirá de esta forma el martes 30 de junio.

El texto plantea unas tarifas de carácter público -la gestión ahora es privada con ánimo de lucro- con el único objetivo de generar los recursos económicos necesarios para el mantenimiento y la modernización del tramo alavés de la autopista y el resto de vías de alta capacidad. Estas tarifas son sustancialmente inferiores a las vigentes: un 70% inferior a la actual en el caso de los vehículos ligeros y un 50% menos en el caso de los vehículos pesados.

De esta manera, y según las tarifas para turismos recogidas en el proyecto, el precio por kilómetro en el tramo alavés de la autopista pasará de 22 céntimos de euro a 6 céntimos de euros y el precio de la totalidad de los 55 kilómetros del tramo alavés pasará de 11,20 euros a 3,35 euros.

Sistema mixto

El proyecto define para el tramo alavés de la autopista AP-68 un sistema mixto que combina una infraestructura tecnológica de peaje dinámico free flow mediante pórticos y banderolas, que ofrece comodidad a las personas conductoras y agilizan el tráfico de vehículos; y peajes canalizados convencionales con barrera, que garantizan la robustez del sistema. El modelo contará con una plataforma de gestión unificada que integrará en el futuro otras vías de alta capacidad.

El control y abono del pago por uso funcionará a través de dispositivos VIA-T y similares, un registro web en el que las personas usuarias podrán vincular su vehículo con una tarjeta de crédito/débito, lectores y cámaras en distintos puntos, así como máquinas para pago en metálico y/o tarjeta de crédito/debito en los principales recorridos. El uso de VIA-T ofrecerá a medio plazo la posibilidad de acceder a tarifas inteligentes con ventajas en función de tramos, vehículo electrificado o menos contaminante, etc.

Ignacio Cepeda, nombrado Consejero de la Sección de Transporte de Mercancías del CNTT

Ignacio Cepeda Alejos, Presidente de Fundación GUITRANS Fundazioa y Presidente de Honor de FITRANS, ha sido designado como consejero de la Sección de Transporte de Mercancías del Consejo Nacional de Transportes Terrestres, a propuesta del Comité Nacional del Transporte por Carretera, como representante de las Empresas de transporte público de Mercancías.

El Consejo Nacional de Transportes Terrestres (CNTT) es el órgano superior de asesoramiento, consulta y debate sectorial de la Administración en asuntos que afecten al funcionamiento del sistema de transportes.

Se trata de un órgano adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y la labor de administrativa y de secretaría del Consejo, se lleva a cabo con personal de la Subdirección General de Ordenación y Normativa de la Dirección General de Transporte Terrestre.

Actualizado el Reglamento General de Circulación para mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía


El Consejo de Ministros celebrado este pasado martes ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación cuyo objetivo es mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, concepto en el que están englobados peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de vehículos de movilidad personal.

Así, por primera vez, la norma recoge una definición de «usuario vulnerable de la vía», aquel que, por razón del medio de desplazamiento que utiliza o por las características físicas del grupo de edad al que pertenece, tiene un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente de tráfico o que éstas sean de mayor gravedad. El Reglamento General de Circulación incluye gracias a la reforma un nuevo Título VI que incluye normas de circulación específicas en zonas urbanas.

Esta reforma busca también el alineamiento con algunos de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, aprobada por la ONU en el año 2015, como la mejora de la salud y el bienestar de las personas, la apuesta por una energía asequible y no contaminante, la búsqueda de unas ciudades y comunidades más sostenibles y la acción por el clima, entre otros.

Principales cambios

Los principales cambios introducidos en el Reglamento de Circulan se agrupan en seis grandes bloques:

1. Conductores de vehículos de movilidad personal (VMP)

  • Fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP.
  • Deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad. Los profesionales que circulen en VMP deberán utilizarlo en todo momento. Ambas son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
  • Estos vehículos deberán llevar siempre encendido el alumbrado.
  • Fuera de los núcleos urbanos, se puede permitir la circulación de los VMP por vías segregadas de vehículos a motor, tales como vías ciclistas o carriles bici.

2. Ciclistas

  • Se suprimen las exenciones de uso del casco y todos los ciclistas deberán llevarlo en vías interurbanas.
  • Aquellos ciclistas que desarrollen su actividad profesional en este vehículo (riders) deberán hacer uso en todo momento de casco de protección y chaleco reflectante. Ambas situaciones son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
  • El conductor que adelanta a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.
  • Además, en calzadas con más de un carril por sentido, el conductor que adelanta debe cambiar completamente de carril, además de dejar la separación lateral de 1,5 m.

En vías urbanas:

  • Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad.
  • Los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril.
  • En aquellas de un solo carril donde esté limitada la velocidad a 30 kilómetros/hora o inferior, y previa señalización, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de las bicicletas en los dos sentidos de circulación.

3. Usuarios de motocicletas

  • Es obligatorio el uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas son una infracción grave cuya sanción económica es de 200 euros.
  • Se permite la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, sin exceder la velocidad de 30 kilómetros/hora y previa señalización del tramo.
  • Los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados.
  • Los riders que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento. Es una infracción grave con sanción económica de 200 euros.

4. Equipamiento de protección

  • Se suprimen las exenciones al uso del cinturón de seguridad que existían para conductores de taxi, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción. A partir de su entrada en vigor deberán llevarlo puesto en todo momento.
  • Se establece una excepción que ampara a pasajeros de las ambulancias asistenciales acondicionadas para permitir asistencia técnico-sanitaria en ruta cuando en servicio de urgencia ocupen habitáculo del paciente.

5. Otras normas en vías interurbanas

  • Los vehículos que rebasen a otros inmovilizados ya sea por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deben dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.
  • En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar y se circulará únicamente por el carril de la derecha dejando expedito el de la izquierda para la circulación de los vehículos de emergencia y quitanieves.
  • Cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, espacio denominado «carril de emergencia».

6. Otras normas en vías urbanas

  • En pasos para peatones con semáforo, como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones.
  • Se dota de entidad jurídica a los caminos escolares seguros, definiéndolo como aquel conjunto de vías acondicionadas por la autoridad competente para favorecer que los niños y las niñas se trasladen a los centros escolares caminando, en transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados.
  • Se regula la maniobra de estacionamiento de las autocaravanas, que no podrán extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo, considerando como tal la proyección en planta, deberán descansar sólo sobre neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.

Entrada en vigor

El real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros entrará en vigor el día 1 de octubre de 2026, excepto los artículos referidos al alumbrado obligatorio para VMP y al casco homologado para usuarios de motocicletas que lo harán el 1 de octubre de 2027.

Por su parte, el artículo relativo a la obligación de guantes de protección homologados se hará efectivo cuando entre en vigor la orden ministerial que regule sus especificaciones técnicas; mientras tanto, se utilizarán guantes de protección de las mismas características de los que se usan en la actualidad.

20 años del permiso por puntos


El 1 de julio de 2006 entró en vigor la Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regulaba el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modificaba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El nuevo modelo está orientado a promover una conducción más responsable mediante un sistema acumulativo de puntos. A diferencia de los sistemas tradicionales, basados en sanciones económicas, este incorpora una lógica progresiva que vincula cada infracción con consecuencias futuras. Ser consciente de que se pueden perder puntos ejerce un efecto disuasorio y evita infracciones.

Los cursos de sensibilización y reeducación vial constituyen una pieza esencial dentro del sistema del permiso por puntos. Su finalidad es modificar conductas infractoras y generar conciencia sobre las consecuencias humanas, sociales y económicas de los siniestros de tráfico.

Jubilación anticipada conductores profesionales: el informe de Seguridad Social avala la alta siniestralidad para aplicar coeficientes reductores

El sindicato CCOO ha informado en su página web de que el informe que ha elaborado la Dirección General de la Seguridad Social (DGOSS), que determina los índices de mortalidad y morbilidad (personas que fallecen y/o enferman) de las personas conductoras del sector,  constata que el colectivo presenta una alta mortalidad, superando el umbral de “excepcional siniestralidad” y que dicha mortalidad aumenta con la edad. Además, la tendencia en mortalidad e incapacidad permanente ha sido creciente en los últimos años, en contraste con la media del resto de actividades. Sobre la morbilidad, la DGOSS resalta que la incapacidad permanente también aumenta con la edad, al igual que el porcentaje de días en incapacidad temporal por contingencias profesionales, que es también excepcional y muestran una tendencia creciente en los últimos años.

Este informe de morbilidad y mortalidad de la Seguridad Social concluye además que se dan también otros criterios como una elevada edad media del sector con una creciente tendencia a la siniestralidad, lo que contribuye a justificar la aplicación de los coeficientes correctores a los conductores profesionales.

Este informe es solo el primero de los que se necesita para anticipar la jubilación a los conductores profesionales. Tras él, le toca emitir reportes a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y al Instituto de Seguridad y Salud en el trabajo. Toda esta información será remitida a una comisión de evaluación, que, contando con la presencia de los interlocutores sociales, emitirá un dictamen que justifiquen la aplicación de coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación del colectivo.

Tras ello, se podrá iniciar los trámites, mediante la aprobación del correspondiente real decreto, para que la edad ordinaria de jubilación exigida pueda ser rebajaba mediante la aplicación de coeficientes reductores.

El precio de los combustibles en la UE se disparó un 20,7% en mayo

El precio de los combustibles y lubricantes para el transporte personal en la UE aumentó un 20,7 % en mayo de 2026 con respecto a mayo de 2025, tras un incremento del 12,9 % en marzo de 2026 y del 20,8 % en abril, en comparación con los mismos meses de 2025. Hasta febrero de 2026, estos precios tendían a la baja, tanto en la media de la UE como en la mayoría de los países miembros. Según informa Eurostat, en comparación con mayo de 2025, los precios de los combustibles y lubricantes aumentaron en todos los países de la UE en mayo de 2026, y en cuatro de ellos los incrementos superaron el 30%: Bulgaria (+33,9%), Luxemburgo (+32,2%), Lituania (+30,8%) y Rumanía (+30,4%). El menor aumento se registró en Hungría (+3,5%), y en el resto de los países las subidas oscilaron entre el +12,7% en Polonia y el +29,2% en Francia.

Los precios del diésel bajaron, mientras que los de la gasolina subieron ligeramente en comparación con abril

En cuanto a los precios del diésel y la gasolina en la UE, en mayo de 2026 aumentaron un 29,0 % para el diésel y un 16,2 % para la gasolina en comparación con mayo de 2025. En abril de 2026, los precios del diésel subieron un 33,7 % y los de la gasolina un 13,6 %.

Sin embargo, mensualmente, los consumidores de la UE vieron disminuir los precios del diésel un 5,8 %, mientras que los precios de la gasolina volvieron a subir, aunque solo un 0,8 % en comparación con abril de 2026. En abril de 2026, el diésel subió un 7,9 % y la gasolina un 2,4 % con respecto a marzo de 2026.

Entre abril y mayo de 2026, los precios del diésel aumentaron únicamente en Rumanía (+1,6 %) y disminuyeron en el resto de los países de la UE. Las mayores bajadas se registraron en Alemania (-11,9 %), Grecia (-8,5 %), Estonia (-8,4 %) e Irlanda (-8,1 %), mientras que las menores se observaron en Bulgaria (-0,7 %), Hungría (-0,9 %) y Chipre (-1,5 %).

En lo que respecta a los precios de la gasolina, 23 países de la UE registraron aumentos entre abril y mayo de 2026, que oscilaron entre el +6,9 % en Italia y el +0,1 % en Croacia y Hungría. Por otro lado, Alemania (-5,6 %), Irlanda (-2,0 %) y Suecia (-0,7 %) registraron descensos en mayo en comparación con el mes anterior.

Transferencias pendientes: dos nuevos traspasos en seguros agrarios y tráfico

El País Vasco ha sumado este pasado lunes dos nuevos traspasos en la Comisión Mixta de Transferencias celebrada en Madrid tras la aprobación de la gestión de las subvenciones para seguros agrarios combinados y la ampliación de funciones en materia de tráfico y circulación de vehículos.

Ampliación de funciones en seguridad vial

La ampliación de las competencias en tráfico y circulación de vehículos tendrá efectividad el 1 de enero de 2027. A partir de esa fecha, el Departamento de Seguridad autorizará, inspeccionará y sancionará los centros de reconocimiento de aptitudes psicofísicas para la obtención o renovación del permiso de conducir.

También se hará cargo de los centros de sensibilización y reeducación vial, en los que se imparten los cursos de recuperación de puntos. Además, el Gobierno Vasco tramitará los procedimientos administrativos relacionados con ambas actividades y percibirá las tasas derivadas de estas funciones.

En la actualidad, existen 25 centros de sensibilización y reeducación vial autorizados en la CAV y 78 centros autorizados de reconocimiento de aptitudes psicofísicas.

El Gobierno Vasco mantiene abierta la negociación para materializar las transferencias de la Seguridad Social, del FOGASA y de los Puertos de Bilbao y Pasaia.

MLC Energía consolida su expansión nacional al alcanzar las 101 estaciones de servicio y reafirma el concepto de «Hospitalidad Real» en ruta


MLC Energía, la compañía multienergética referente en la distribución y comercialización de soluciones energéticas en España, ha alcanzado un hito histórico en su plan estratégico de expansión al poner en funcionamiento su estación de servicio número 101. Lo que comenzó en el año 2011 como un proyecto local impulsado por su fundador, José Luis Martín López, en Linares (Jaén), con apenas dos empleados, se consolida hoy como una sólida red nacional en constante crecimiento que desafía los estándares tradicionales del sector.

Este logro va más allá del crecimiento cuantitativo; representa la madurez de un ecosistema diseñado por y para el transporte profesional, las grandes flotas logísticas y los conductores particulares que exigen eficiencia, confianza y valor añadido en cada kilómetro.

Para MLC Energía este número significa 101 puntos de sinergia estratégica y transición energética

La red de 101 ubicaciones de MLC Energía, entre estaciones propias y hospitalidades, opera bajo una visión de vanguardia e innovación tecnológica. Cada una de las estaciones ha sido proyectada para responder a las demandas de la movilidad del presente y del futuro, estructurándose en cuatro pilares de valor:

  1. Carburantes de Alto Rendimiento
  2. Infraestructura de Precisión para el Transporte Profesional
  3. Transición Energética Real

MLC Urnieta: El buque insignia de la «Hospitalidad Real» en el norte de España

Dentro de este hito de las 101 estaciones, la ubicación de MLC Urnieta (Guipúzcoa) destaca de forma unánime como el modelo de referencia e inspiración de la compañía, uniendo la eficiencia energética con el confort en una de las arterias logísticas más importantes del norte peninsular.

Este complejo estratégico no solo ofrece el suministro de combustible de gran caudal y la robustez logística que caracteriza a la marca , sino que alberga el Hotel MLC San Sebastián. Concebido bajo una arquitectura funcional y una estética contemporánea, este hotel dispone de 31 habitaciones totalmente equipadas, wifi de alta velocidad, salones comunes y accesos optimizados para ofrecer un descanso premium a conductores ejecutivos, transportistas y turistas.

Visión de futuro: Acelerar sin perder la cercanía

“Cuando fundé Grupo MLC en 2011, lo hice con una visión clara: transformar el concepto de servicio en el sector energético y la movilidad de nuestro país. Hoy, ver que esa visión se consolida con 101 estaciones de servicio y áreas de hospitalidad activas en toda España, es la confirmación de que el esfuerzo constante tienen recompensa. Este hito es el resultado del trabajo extraordinario del equipo MLC. Seguimos acelerando, innovando y expandiendo nuestra energía. Gracias a todos los que forman parte de esta gran ruta” ha compartido su Presidente Jose Luis Martín López en su perfil profesional @joseluismartinlopez

 

En relación con la obligatoriedad a partir del 1 de julio del tacógrafo digital en los vehículos de entre 2,5 Tn y 3,5 Tn de MMA que realicen internacional, ¿cómo se debe operar respecto al mismo cuando se realice transporte nacional?

En el caso de que se realice un servicio de transporte exento de aplicación del Reglamento CE 561/2006, como es el transporte nacional, en el menú del tacógrafo, en entrada de vehículo deberá seleccionarse la opción OUT. En la impresión correspondiente, este período de tiempo aparecerá definido con la palabra OUT y no computa a efectos de tiempos de conducción y descanso, aunque sí deberá ir debidamente documentado el motivo de la exención y, además, cuando inicie una conducción en la que sí se aplica el citado Reglamento, el conductor deberá tener realizado el descanso diario o semanal.