Para calcular la variable G (precio de referencia) se debe coger el precio de adquisición del combustible, con el impuesto especial de hidrocarburos, IEH, sin considerar el IVA ni la devolución parcial por el gasóleo profesional. En cambio, para calcular el cociente C se tiene en cuenta el PAI (precio antes de impuestos, sin IVA y sin IEH).
Las diputaciones forales publican las medidas tributarias consensuadas para paliar los efectos derivados del conflicto de Irán
El diputado general de Araba, Ramiro González, la diputada general de Bizkaia, Elixabete Etxanobe, y la diputada general de Gipuzkoa, Eider Mendoza, presentaron el pasado día 1 las medidas consensuadas que consisten principalmente en el aplazamiento de las deudas tributarias, la exoneración de los pagos fraccionados de IRPF, la amortización acelerada extraordinaria sobre activos nuevos adquiridos o la deducción incrementada por creación de empleo. Asimismo, las diputaciones se han comprometido a agilizar la tramitación de las devoluciones del IVA con el objetivo de proveer de mayor liquidez a las empresas.
Detalle de medidas consensuadas:
- Aplazamiento excepcional de deudas tributarias
Se propone el aplazamiento sin garantía ni devengo de intereses de demora de las deudas tributarias de las personas físicas que realicen actividades económicas y de las microempresas y pequeñas empresas, cuyo plazo de presentación e ingreso en período voluntario finalice en el periodo entre la entrada en vigor de las medidas urgentes y los siguientes 3 meses. Hay que señalar que dichos aplazamientos no afectarán a las deudas tributarias derivadas de las campañas de presentación ordinaria de los impuestos.
Las deudas se aplazarán durante 2 meses, desde la finalización del periodo voluntario de declaración e ingreso, a partir del cual, deberán ingresarse mediante su fraccionamiento en 4 cuotas mensuales de idéntico importe.
- Exoneración de los pagos fraccionados de IRPF
Las personas físicas que realizan actividades económicas estarán exoneradas de realizar los pagos fraccionados en el IRPF, cuyo plazo de presentación e ingreso en periodo voluntario finalice en el periodo entre la entrada en vigor de la medida y los siguientes tres meses.
- Amortización acelerada extraordinaria respecto a los activos nuevos adquiridos
Durante el ejercicio 2026 se reconoce el derecho a practicar fiscalmente una amortización acelerada (al 150% de su importe ordinario) para los activos nuevos que adquieran los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades contribuyendo con ello a facilitar la realización de las inversiones que necesiten para impulsar la reactivación de su actividad económica.
- Deducción incrementada por creación de empleo
Durante el ejercicio 2026 se amplía el importe de la deducción por creación de empleo en el Impuesto sobre Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los contribuyentes que realicen actividades económicas para facilitar la creación de empleo. Tanto la deducción por creación de empleo general, como la nueva específica por contratación de jóvenes y mujeres se aumentan un 10%.
- Agilizar la tramitación de las devoluciones del IVA
Las tres diputaciones forales vascas también se han comprometido a agilizar la tramitación de las devoluciones del IVA, acortando los plazos, con el objetivo de proveer de mayor financiación a las empresas, al igual que se ha hecho en las crisis previas.
Se estima que este paquete de medidas suponga una inyección de liquidez a corto plazo de 282 millones en Bizkaia, 103,5 en Araba y 155 en Gipuzkoa. Por lo tanto, el efecto de dichas medidas en el conjunto de la CAV es de 540,5 millones de euros.
Reducción impositiva a la electricidad:
A todo lo citado anteriormente hay que sumar además el impacto de la reducción de la carga impositiva derivada de los impuestos que gravan la energía y su generación (IVA e impuestos especiales), aprobado en el Congreso mediante el Real Decreto Ley 7/2026 y de aplicación en la CAV desde el mismo 22 de marzo de 2026 hasta el 30 de junio de 2026, con un impacto negativo de 232 millones en la recaudación de las haciendas forales.
En los siguientes enlaces puede acceder a los decretos normativos publicados por las tres diputaciones en sus boletines oficiales correspondientes del 20 de abril:
- Gipuzkoa: Decreto Foral-Norma 2/2026, de 14 de abril, de medidas para mitigar el impacto de la Crisis en Oriente Medio (BOG, 20/04/2026).
- Bizkaia: Decreto Foral Normativo 1/2026, de 16 de abril, de medidas tributarias urgentes para responder a la crisis en Oriente Medio (BOB, 20/04/2026).
- Araba: Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 2/2026, de 14 de abril, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar medidas tributarias urgentes en respuesta a la situación económica derivada de la crisis en Oriente Medio (BOTHA, 20/04/2026).
ATENCIÓN, cambios en la base mínima de cotización para autónomos familiares colaboradores y societarios
Tal y como ya informamos anteriormente, en el BOE del 31 de marzo se publicó la Orden PJC/297/2026 de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2026. La base de cotización de 1.424,4 euros mensuales que corresponde para este año al grupo de autónomos societarios y familiares colaboradores es la misma que la del grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social, según la citada orden publicada. La redacción empleada por Seguridad Social implica que estos autónomos podrán, sin embargo, seguir abonando la misma cuota que en 2025, pero en la regularización (que se hará en 2027) se les exigirá aportar, como mínimo, la cuota correspondiente a la base mínima de 1.424 euros para el ejercicio 2026. Por ello es aconsejable que aquellos autónomos afectados que estén cotizando por debajo de 1424,40 euros soliciten el cambio de bases ya mismo, para que la regularización el año que viene solo afecte al periodo que no se haya regularizado, esto es, al primer trimestre del año 2026 y así no tengan que abonar la diferencia del año entero.
Mientras que la Seguridad Social decidió prorrogar para 2026 las cuotas que los autónomos pagaban en 2025 tras varios intentos por incrementarlas, a los familiares colaboradores, autónomos societarios y autónomos sin rendimientos pasan a serles de aplicación las reglas establecidas en el Real Decreto de 2022 que establecía el nuevo sistema de cotización por ingresos reales de los autónomos, debiéndose aplicar la relativa al grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social. Y esto es así porque a partir de la reforma de 2022 se acordó que aquellos no podrían tener a partir de 2026 una base inferior a la mínima del Régimen General.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) no observa por ahora comportamientos «anormales ni manipuladores» en los precios de los carburantes
A la presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández, se le ha preguntado en una comisión del Congreso sobre posibles sanciones a las gasolineras ante un hipotético ensanchamiento de los márgenes de ganancias en el marco de la subida del coste energético por la guerra en Irán, descartando «por el momento» que eso se esté produciendo. «Lo que estamos observando son comportamientos que no son anormales ni manipuladores», ha afirmado durante su comparecencia ante la Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital para exponer las líneas básicas de la actuación de la CNMC y sus planes y prioridades para el futuro.
Pero en caso de que no se produjese «una actuación normal de mercado», la Comisión abrirá «los expedientes que correspondan», ha advertido.
Guerra Irán: Los ministros de transporte de la UE, a favor de que se activen ayudas estatales
Los ministros de transporte de la UE se reunieron este pasado martes en una videoconferencia informal para evaluar el impacto de los acontecimientos en Oriente Medio en el sector del transporte, lo que supone un paso importante hacia una respuesta coordinada de la UE ante el aumento de los costes del combustible y la volatilidad del mercado.
Tal y como informa la IRU en su página web, «los ministros subrayaron que el aumento de los precios del combustible y la volatilidad de los precios ya están ejerciendo una presión considerable sobre los operadores de transporte, con consecuencias para las cadenas de suministro. Hicieron hincapié en la necesidad de mantener redes de transporte resilientes, salvaguardar las cadenas de suministro y evitar respuestas nacionales fragmentadas».
Los ministros destacaron «la necesidad de adoptar medidas específicas y temporales, incluido el uso de ayudas estatales y flexibilidad regulatoria, manteniendo al mismo tiempo la proporcionalidad y la igualdad de condiciones en todo el mercado único».
También subrayaron la «importancia de garantizar la continuidad del suministro de combustible, fortalecer la resiliencia del sistema y supervisar de cerca las reservas de combustible, reconociendo la volatilidad de los precios como el desafío más inmediato».
De cara al futuro, la IRU subraya que las medidas de la UE deben traducirse rápidamente en apoyo práctico sobre el terreno, en particular para los operadores que se enfrentan a márgenes ajustados y a una capacidad limitada para absorber nuevos impactos en los costes.
Ante la previsión de que la Comisión Europea presente su conjunto de herramientas para la crisis y las medidas que la acompañan en los próximos días, la IRU pide una actuación rápida, coordinada y eficaz que refleje la realidad operativa y proporcione ayuda inmediata a los operadores de transporte de toda la UE.
El documento de control digital plantea una revisión de la operativa del transporte

El documento de control digital, que será obligatorio en 2026, trae consigo la necesidad de revisar la operativa entre cargadores y transportistas. Aunque algunos elementos relacionados con la carta de porte y el CMR ya eran obligatorios previamente, no se cumplían siempre como marcaba la normativa o eran confusos. La digitalización va a impulsar que haya más orden y un reparto más claro de la responsabilidad relacionada con los documentos de control.
El transporte de mercancías por carretera en España encara uno de los cambios administrativos más relevantes de los últimos años. A partir del 5 de octubre de 2026, el documento de control deberá existir obligatoriamente en formato digital antes de iniciar el transporte, lo que supondrá el abandono definitivo del papel en el transporte público de mercancías.
Esta obligación, derivada de la Ley de Movilidad Sostenible, no introduce nuevos deberes contractuales entre las partes, pero sí eleva el nivel de exigencia operativa y documental. El documento de control, al estar dentro de un sistema digital, deja de ser un mero trámite y pasa a convertirse en un elemento clave de cumplimiento, trazabilidad y coordinación entre cargadores, operadores logísticos y transportistas. La flexibilidad de su elaboración acababa recayendo en el transportista. El salto a lo digital va a poner las cosas en su sitio.
El documento de control nace antes de salir a carretera
Uno de los aspectos esenciales del nuevo marco es el momento en el que debe existir la documentación. El documento de control no se genera “en ruta” ni se resuelve durante la inspección, sino que debe estar completo, correcto y disponible antes de que el vehículo inicie el transporte.
El documento de control no es un papel que acompaña al camión, sino la prueba administrativa de que existe un contrato de transporte y de que este cumple con los requisitos legales. La digitalización refuerza esta lógica y desplaza el foco desde la carretera hacia la fase previa de planificación y contratación.
La digitalización no cambia las obligaciones, pero sí hace visibles los errores
En este contexto, el Ministerio de Transportes ha aprobado la Orden TRM/282/2026, que no introduce un nuevo régimen de responsabilidades, pero sí aclara cómo se atribuyen los errores en los datos del documento de control cuando se produce una infracción.
La Orden actúa como una norma interpretativa. En el entorno digital los datos son trazables y verificables y resulta necesario concretar qué información corresponde a cada parte. No se trata de un cambio de modelo, sino de una precisión técnica que gana relevancia con la desaparición del papel.
Qué información corresponde a cada parte
El reparto de responsabilidades se estructura de forma coherente con la lógica del contrato de transporte:
- El cargador contractual es responsable de la exactitud de los datos comerciales: quién contrata el transporte, origen y destino, naturaleza de la mercancía o condiciones del servicio.
- El transportista efectivo responde de los datos operativos: vehículo asignado, fecha de realización del transporte y ejecución material del porte.
Si el documento es inexistente, incompleto o incorrecto, el riesgo no desaparece ni se traslada automáticamente a una sola parte. En la práctica, el cumplimiento se convierte en una responsabilidad compartida, especialmente cuando los procesos no están bien coordinados.
Quién emite el documento y por qué eso deja de ser lo relevante
La normativa no impone expresamente quién debe emitir el documento de control digital. Puede hacerlo el cargador, el operador logístico o el transportista. Lo verdaderamente determinante es que…
- El documento exista en formato digital antes de iniciar la ruta.
- Sea accesible durante el transporte.
- Contenga información veraz y coherente.
En caso de inspección, la Administración comprobará la existencia y validez del documento, con independencia de quién haya realizado materialmente la emisión. Esto obliga a dejar atrás la idea, aún presente en muchos flujos de trabajo, de que “la documentación es cosa del transportista”.
Un reto operativo y tecnológico para el sector
La obligatoriedad del documento de control digital no es solo un requisito legal, sino un cambio operativo que afecta a la forma en que las empresas se coordinan. Cargadores y operadores logísticos deben revisar sus procedimientos internos, mejorar el intercambio de información con los transportistas y asegurar que sus sistemas informáticos sean capaces de interoperar.
La digitalización elimina errores y pérdidas de documentación, pero también expone cualquier incoherencia en origen. Por eso, anticiparse y adaptar los procesos resulta clave para evitar incidencias cuando el papel deje de ser válido.
La digitalización como palanca de cumplimiento y eficiencia
Contar con soluciones digitales robustas y compatibles es fundamental para cumplir con la normativa y, al mismo tiempo, ganar eficiencia operativa.
En este contexto, Guitrans colabora con Grupo Igarle en proyectos de digitalización orientados a facilitar la adaptación del sector a las nuevas exigencias.
Grupo Igarle ha desarrollado DS TruckBridge, una solución que cubre todas las necesidades relacionadas con el eCMR, la carta de porte digital y la gestión documental asociada. Se trata de una plataforma diseñada para facilitar el cumplimiento legal y mejorar la eficiencia en las tareas diarias de las empresas de transporte.
Más información en: https://dstruckbridge.com/
Ya se conocen las condiciones del primer tramo de la línea de reavales gratuitos para autónomos y pymes
En el BOE de 21 de abril se ha publicado la Resolución de 17 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de abril de 2026, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de reavales por cuenta del Estado para el sector del transporte de mercancías por carretera, regulada en el artículo 31 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.
Este primer tramo activa 500 millones de euros, con cargo a la dotación total de 2.000 millones de euros de la línea.
La medida tiene por objeto asegurar que autónomos y pymes del sector puedan seguir accediendo al combustible necesario para su actividad mediante las tarjetas de crédito emitidas por las compañías suministradoras, cuya concesión requiere la constitución de un aval bancario. En este contexto, la línea pretende evitar que el importe avalado por las entidades financieras resulte insuficiente por el alza de los precios del combustible y facilitar, asimismo, la renovación de los avales que venzan.
Condiciones
Los autónomos y pequeñas y medianas empresas del sector que quieran beneficiarse de los reavales deberán estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y Hacienda; no figurar en situación de morosidad en los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE); no tener ninguna ejecución de avales o reavales gestionados por el ICO por cuenta del Estado. Son las mismas condiciones que se imponen a las entidades bancarias que financian los avales.
El reaval del ICO cubrirá el 50 % del aval emitido por la entidad financiera y el plazo máximo de cobertura será de tres meses. El importe máximo reavalable por operación no podrá superar, con carácter general, los 2,25 millones de euros por aval elegible.
Dado el escenario excepcional generado por la crisis en Oriente Medio, el reaval otorgado por el ICO será gratuito tanto para los autónomos y pymes del sector del transporte, como para las entidades financieras que otorgan el aval.
Las entidades financieras podrán solicitar el reaval al ICO hasta el 30 de junio de 2026.
MLC Energía impulsa el ahorro en carretera con descuentos en carburante para sus clientes de luz y gas

MLC Energía continúa reforzando su posicionamiento dentro del sector energético y del transporte con una propuesta clara: ofrecer soluciones integrales que generen ahorro real para profesionales y empresas.
Como parte del sólido ecosistema del Grupo MLC, la compañía ha lanzado una ventaja especialmente atractiva para el sector del transporte. Todos aquellos clientes que contraten sus servicios de luz y gas podrán beneficiarse de un descuento de hasta 10 céntimos por litro en carburante en las estaciones de servicio MLC.
Además, MLC Energía apuesta por un modelo de cercanía y atención personalizada, facilitando la gestión tanto energética como de repostaje en un único proveedor, lo que simplifica procesos y optimiza recursos para sus clientes.
Con este movimiento, el Grupo MLC refuerza su compromiso con el sector transporte, ofreciendo soluciones eficientes, competitivas y adaptadas a las necesidades reales del mercado.
Para más información o contratación, los interesados pueden contactar directamente con MLC Energía a través de sus canales de atención al cliente.
649 707983 / atencioncliente@mlcenergia.com
TALENTO GRUPO INTERNACIONAL, colaborador en materia de formación y contratación de conductores extranjeros
«No movemos currículums, movemos proyectos de vida». Talento Grupo Internacional es una consultora pionera y especialista en laincorporación en Europa de profesionales extranjeros cualificados con experiencia y validados en país de origen. Además, disponen de presencia propia en Hispanoamérica, en su central en Perú, desde donde llevan a cabo todas las operaciones físicas del proceso de selección y documentación en país de origen. En la búsqueda de soluciones para paliar la escasez de conductores en el sector de transporte de mercancías por carretera, GUITRANS, junto con Grupo Talento Internacional y Profieco, ha impulsado varios programas de contratación en origen de un grupo de conductores peruanos.
¿Debe reflejarse en factura la variación en el precio del gasóleo?
A partir del 16 de abril, y de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 15/2009, de Contrato de Transporte Terrestre, modificado en el Real Decreto-Ley 9/2026, la variación del precio del transporte en función de la variación del precio de combustible se reflejará obligatoriamente de manera desglosada. El importe resultante de aplicar la correspondiente fórmula se sumará a la base imponible del precio del transporte, y sobre este total aplicar el IVA.