Continuar al contenido principal
C/ Portu-Etxe 9-1º, 20018-San Sebastián 943 31 67 07 guitrans@guitrans.eus

Aprobada la regularización administrativa extraordinaria de personas migrantes que ya residen en España

En el BOE de 15 de abril se ha publicado el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.  Este proceso es gratuito, salvo las tasas que hay que pagar.

Este Real Decreto comienzo al proceso de regularización administrativa extraordinaria dirigido a personas en situación administrativa irregular y solicitantes de protección internacional que se encuentren en España desde antes del 1 de enero de 2026 y que hayan permanecido durante cinco meses de forma ininterrumpida en el país. Será imprescindible carecer de antecedentes penales y no suponer una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.

Las personas solicitantes podrán acceder a una autorización de residencia y trabajo legal con una vigencia inicial de un año, siempre que reúnan los requisitos. Transcurrido ese plazo, las personas beneficiarias deberán incorporarse a las figuras ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería, lo que permite una integración plena y progresiva en el sistema.

La comunicación del inicio de la tramitación de la solicitud habilitará automáticamente para trabajar en todo el territorio nacional español y en cualquier sector de actividad y se dotará de un número personal de Seguridad Social a la persona solicitante. En el plazo de un mes desde que haya recibido la resolución favorable definitiva el beneficiario deberá presentar su solicitud para obtener la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE).

Requisitos para acreditar la estancia en España

Para justificar la estancia en España, tanto los solicitantes de protección internacional como las personas en situación administrativa irregular podrán presentar documentos públicos o privados o una combinación de ambos que contengan datos personales que puedan acreditar su identidad y que estén fechados.

Las personas en situación administrativa irregular deberán acreditar, además, uno de los siguientes tres supuestos: haber trabajado con contrato legal por cuenta ajena o propia en España; contar con una unidad familiar compuesta por hijos menores de edad, mayores con discapacidad o ascendientes de primer grado; o acreditar su situación de vulnerabilidad. Para esto último, podrán descargar un certificado de vulnerabilidad alojado en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Para su presentación, este documento deberá estar acreditado y sellado por las entidades competentes en materia de asistencia social o por las entidades del Tercer Sector inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería.

Entrada en vigor, plazos y vías de solicitud

La norma entrará en vigor el 16/04/2026. Ese mismo día tendrá lugar la apertura del periodo de solicitudes, que permanecerá abierto hasta el 30 de junio de 2026.

Desde el 16 de abril se podrá presentar la solicitud de manera telemática. Esta vía de presentación estará disponible de forma ininterrumpida, las 24 horas del día, los siete días de la semana, durante todo el periodo de solicitud. Para realizar la solicitud de manera telemática por el interesado es necesario disponer de un certificado electrónico.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo comienza y finaliza el proceso de regularización extraordinaria?

El plazo de solicitud se abre el jueves 16 de abril, con el inicio de la tramitación de solicitudes telemáticas. Para la vía presencial, el sistema de cita previa a través de la web se habilitará también el mismo día, aunque se comenzará a atender presencialmente a partir del lunes 20 de abril.

El plazo de solicitudes para ambas vías estará abierto hasta el 30 de junio.

¿Quién puede acceder a la regularización?

Las personas extranjeras podrán acceder a la regularización si se encuentran en una de estas dos situaciones:

  1. Si han solicitado Protección Internacional en España antes del 1 de enero de 2026.
  2. Si se encuentran en situación administrativa irregular y llegaron a España antes del 1 de enero de 2026.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

El Real Decreto establece dos requisitos para acceder al proceso de regularización extraordinaria:

  • Encontrarse en España antes del 1 de enero de 2026 y acreditar una permanencia ininterrumpida de al menos cinco meses en el momento de la solicitud.
  • Carecer de antecedentes penales y no suponer una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.

¿Dónde se puede presentar la solicitud?

Se puede hacer a través de dos vías: presencial y telemática. La forma presencial funcionará únicamente a través de un servicio de cita previa. En cambio, la vía telemática estará disponible de manera ininterrumpida, las 24 horas del día, los 7 días de la semana durante todo el plazo de solicitud.

1. Vía telemática: esta vía permitirá realizar solicitudes durante todo el proceso de 4 maneras:

  • De forma individual con certificado electrónico.
  • A través de personas apoderadas inscritas en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
  • A través de profesionales habilitados como abogados, graduados sociales o gestores administrativos.
  • A través de las entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería.

La plataforma de solicitud será accesible desde la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

2. Vía presencial con cita previa: esta vía requerirá contar siempre con cita previa. Se podrá gestionar en una misma cita las solicitudes de los miembros de una misma unidad de convivencia y se podrá presentar la solicitud en los siguientes puntos, de lunes a viernes:

  • Oficinas de la Seguridad Social: de 16 a 19 horas.
  • Correos: de 8:30 a 17:30 horas.
  • Oficinas de extranjería (OEX): de 16 a 19 horas.

Las comunicaciones posteriores se realizarán preferentemente por la misma vía en la que se inició la solicitud. Por esto, se solicita a efectos de notificación que se rellene con atención la información personal y de contacto (teléfono, email y dirección postal) en el momento de la solicitud. En caso de representación, las notificaciones se dirigirán al representante.

¿Cómo solicitar cita previa?

  • En el portal de la Regularización, a través de Cl@ve, se podrá seleccionar oficina, fecha y hora. Si no se dispone de sistema Cl@ve, se puede consultar los requisitos para obtenerlo aquí, o también es posible pedir a alguien que disponga de este servicio que solicite cita para la persona interesada.
  • En el portal de la Regularización, mediante un formulario web. No se puede escoger la oficina ni la fecha; se asignará la más cercana a las referencias aportadas.
  • Llamando al teléfono 060, con atención en español.

¿Qué documentación hay que presentar?

Todos los solicitantes deben presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud conforme a modelo específico, que estará disponible para descarga en el portal de la Regularización.
  • Copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje, reconocido como válido en España.
  • Documentación que acredite encontrarse en España antes del 1 de enero de 2026.
  • Documentación que acredite haber permanecido en España durante los cinco meses anteriores a la solicitud, mediante cualquier prueba válida en derecho, siempre que incluya datos personales que permitan acreditar su identidad.
  • Certificado de antecedentes penales en España, en país de origen, así como en los países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la fecha de entrada en España.

Todos los documentos justificativos deberán, en cualquier caso, ser nominativos y especificar una fecha para resultar válidos.

Además, en caso de no ser solicitante de Protección Internacional, se debe acreditar uno de estos tres supuestos:

  • Haber trabajado con contrato por cuenta ajena o propia en España.
  • Contar con una unidad familiar compuesta con hijos menores de edad o mayores con discapacidad y los ascendientes de primer grado.
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad, que se acreditará a través de un certificado que se podrá descargar desde la web de la Regularización. Este debe estar acreditado y sellado por las autoridades competentes (Entidades inscritas en el RECEX o servicios sociales).

¿Se puede contar con apoyo y asesoramiento de profesionales?

La solicitud puede realizarse de forma individual, si bien se permite contar con apoyo y asesoramiento de profesionales especializados:

  • Por una parte, asesoramiento de profesionales habilitados a través de abogados, graduados sociales o gestores administrativos que pueden actuar como representantes para la presentación de solicitudes.
  • En paralelo, entidades del Registro de Colaboradores de Extranjería, formado por entidades sociales y sindicatos. Estas ofrecerán asesoramiento gratuito y pueden actuar en calidad de representantes.

Preguntas frecuentes
¿Con este permiso se puede trabajar?

La comunicación de inicio del procedimiento permite trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector de actividad. Este documento no es el justificante de solicitud, sino una comunicación oficial emitida por la Unidad de Tramitación de Expedientes (UTEX) a la persona solicitante.

Con el inicio del procedimiento, se obtendrá de oficio un Número de Seguridad Social (NUSS) y una resolución que reconoce el derecho a recibir asistencia sanitaria.

La autorización que se concede tiene una vigencia inicial de un año. Transcurrido ese plazo, las personas deberán incorporarse a las figuras ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería.

¿Este permiso es válido para la Unión Europea?

El permiso de residencia y trabajo no otorga autorización para establecerse ni trabajar en el resto de la Unión Europea.

Los beneficiarios podrán acceder a una autorización de residencia legal en España con una vigencia inicial de un año y es un permiso para residir y trabajar únicamente en España, no en otro Estado miembro de la UE.

¿Para quién no está dirigido este procedimiento?

Este proceso no está dirigido a:

  • Personas con autorización en vigor o en proceso de renovación o prórroga.
  • Personas procedentes del conflicto en Ucrania que tengan una autorización de residencia en vigor o que cuenten con una autorización de protección internacional temporal.
  • Personas apátridas, puesto que cuentan con la normativa del Real Decreto 865/2001, del Reglamento del reconocimiento del estatuto de apátrida.

¿Y si ya se ha solicitado arraigo?

No será necesario realizar ningún trámite adicional. La solicitud seguirá su curso normal.

¿Dónde se puede contactar?

  • Teléfono 060 (desde el 16 de abril), habilitado para la petición de cita previa y que atenderá en español. El horario de atención es de 09:30 a 14:00 horas y 16:30 a 19:30 horas, de lunes a viernes.

IPC marzo: la inflación se eleva al 3,4% por la subida de los combustibles


La inflación se situó en marzo en el 3,4% interanual, una décima por encima de lo adelantado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) hace un par de semanas y en más de un punto respecto al dato de febrero, en el 2,3%. Se trata de su nivel más alto desde junio de 2024 y el mayor salto mensual desde el inicio de la invasión de Ucrania en la primavera de 2022. En el siguiente enlace puede calcular cuánto ha variado el IPC desde una determinada fecha.

Irun: curso de carretillas elevadoras gratuito para desempleados residentes en Irun


Dentro de la oferta de cursos y talleres que Bidasoa Activa tiene publicados en su página web, se encuentra este Curso de Formación para el empleo, con una duración de 50 horas, subvencionado por Irun Ekintzan (Pacto por el Desarrollo Económico y el Empleo de Irun). El curso está dirigido a residentes en Irun en búsqueda de empleo e inscritas en LANBIDE. No es necesario tener experiencia en el manejo de carretillas elevadoras. Edad mínima 18 años. Preferible con carne de conducir.

  • Fecha inicio: 20/04/2026
  • Fecha fin: 04/05/2026
  • Duración: 50 horas.

Preinscripción en el siguiente enlace.

¿Quieres conocer cómo la IA puede ayudarte en la gestión de tu empresa?

Quién más, quién menos, todos hemos oído hablar de la IA, la inteligencia artificial, que está suponiendo una revolución similar a la que en su día representó Internet. Son múltiples las potencialidades y aplicaciones de esta herramienta transformadora en la gestión de las empresas. Con el objetivo de dar a conocer este potencial en el ámbito empresarial, mostrando sus principales aplicaciones prácticas y casos de uso reales, se ha planteado desde GUITRANS, de la mano de ELKARGI, una charla formativa, en modalidad presencial en el aula de formación de la Asociación, de 4 horas de duración. En función del interés que la misma suscite entre las empresas asociadas, se fijará un día entre semana para su impartición. Es por ello por lo que si está interesado en participar en la sesión, puede dirigir un correo electrónico a guitrans@guitrans.eus

LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL APLICADA EN LA GESTION EMPRESARIAL.

ELO, nuevo requisito aduanero para los camiones que crucen el Canal de la Mancha a partir del 20 de abril de 2026


A partir de esa fecha, las autoridades francesas exigirán un ELO (sobre logístico obligatorio) para todas las unidades de transporte que crucen la «frontera inteligente» entre Francia y el Reino Unido. Los vehículos sin código de barras ELO serán desviados al carril naranja para su procesamiento manual. El ELO es un servicio web interconectado con el sistema francés de frontera inteligente Brexit diseñado para simplificar, proteger y agilizar los cruces del tráfico de transbordo rodado (RoRo), ya sea acompañado o no.

El ELO reúne toda la información necesaria sobre las mercancías, como los trámites aduaneros y los datos ICS2 ENS, dependiendo del flujo, en una única referencia. Esta referencia se emite en formato pdf e incluye un código de barras para facilitar su identificación y tramitación.

Resumiendo

  1. El código de barras ELO debe presentarse en la parada tanto en Francia como en el Reino Unido, al igual que el GMR, a menos que se haya creado un pase fronterizo
  2. Una referencia ELO contiene 19 caracteres, precedidos por EI para las importaciones y EE para las exportaciones
  3. Se requiere un ELO por camión.
  4. El ELO es obligatorio para los camiones vacíos.

Más información: https://www.douane.gouv.fr/fiche/obligatory-logistics-envelope-elo-key-transition-roro-trade-united-kingdom

Al igual que con las declaraciones sumarias de entrada en Reino Unido, el Colegio Oficial de Agentes de Aduanas y Representantes Aduaneros de Irun realiza este trámite. Si está interesado en conocer la tarifa del servicio, así como los datos que tendrá que aportar para su presentación por parte del Colegio, póngase en contacto con el Departamento de Comunicación de GUITRANS, 943-316707, ext. 5.

En relación con el plazo máximo de pago de facturas de transporte, ¿qué establece la Ley 3/2004 sobre el momento a partir del cual se empieza a contar el plazo para el pago?

En el punto 1 del artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, sobre la determinación de los plazos de pago, se establece que el plazo de pago que debe cumplir el deudor, si no hubiera fijado fecha o plazo de pago en el contrato, será de 30 días naturales después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, incluso cuando hubiera recibido la factura o solicitud de pago equivalente con anterioridad, pudiendo dicho plazo de 30 días ampliarse a 60 días naturales mediante pacto de las partes.

El Gobierno mantendrá la rebaja del IVA a los carburantes como medida «temporal» pese a la advertencia de Bruselas

El Gobierno mantendrá la rebaja del 10% en el IVA sobre los carburantes como medida «temporal» para hacer frente a la carestía de la energía como consecuencia de la inestabilidad en Oriente Próximo, a pesar del aviso remitido por carta por la Comisión Europea de que esta rebaja choca con las reglas de la Unión Europea. El Ejecutivo comunitario envió una carta a las autoridades españolas el pasado sábado 28 de marzo para advertir al Gobierno de que la directiva europea sobre IVA «no contempla la posibilidad de aplicar un tipo reducido al suministro de combustible»,

NAVARRA: aprobado el aplazamiento excepcional de determinadas deudas tributarias para ayudar a empresas y autónomos

El Gobierno de Navarra aprobó este pasado martes una nueva Orden Foral que establece un aplazamiento excepcional de deudas tributarias con el objetivo de reforzar la liquidez de empresas, autónomos y profesionales ante las consecuencias económicas derivadas del actual contexto internacional. La medida permite aplazar sin intereses, sin garantías y sin pago a cuenta determinadas deudas tributarias correspondientes al IVA del primer trimestre o del mes de marzo de 2026, y al pago fraccionado del IRPF del primer trimestre de 2026. Este aplazamiento está dirigido a contribuyentes que desarrollen actividades económicas con un volumen de operaciones inferior a 6 millones de euros en 2025.

Resto de medidas aprobadas el 01/04/2026

El Gobierno de Navarra aprobó el pasado día 1 un Decreto Foral Legislativo de Armonización Tributaria que permitirá aplicar de forma inmediata una batería de medidas fiscales dirigidas a proteger a la ciudadanía y al tejido económico navarro ante los efectos derivados del contexto internacional actual.

El decreto aprobado contempla una serie de medidas de impacto directo:

  • reducción del IVA del 21% al 10% en combustibles, electricidad y gas hasta el 30 de junio, con un impacto estimado de 9,3 millones de euros;
  • rebaja del Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica, con una reducción del 10% en el primer trimestre y del 100% en el segundo, con un impacto de 8,4 millones de euros; disminución del Impuesto de Electricidad, que pasa del 5,1% al 0,5% hasta el 30 de junio, que supondrá unos 6,5 millones de euros de ingresos;
  • y reducción del Impuesto de Hidrocarburos, con bajadas como por ejemplo de 11,4 céntimos por litro en la gasolina, 4,9 céntimos en el diésel o 7,6 céntimos en el gasóleo B, lo que implicará unos 13 millones de euros.

Además de las medidas fiscales, Navarra gestionará directamente ayudas por valor estimado de diez millones de euros, destinadas especialmente al sector agrario, para compensar el coste del gasóleo; transportistas con derecho a devolución de gasóleo profesional; y otros profesionales del transporte. A estas se suman otras líneas estatales que también se aplicarán en Navarra, dirigidas a colectivos vulnerables, industria y transición energética, reforzando así el impacto global de las medidas.

Manual del Transporte 2026

26ª edición del Manual del Transporte, publicación que recoge en sus 204 páginas múltiples datos de interés sobre la actividad del transporte de mercancías por carretera, tanto nacional como internacional, de mercancías peligrosas, especiales y un largo etcétera. Una publicación singular por su contenido diverso, actualizado y adaptado a las especificidades concretas de cada tipo de transporte (Ver índice).

Este Manual recoge los aspectos más importantes del día a día del transporte, una actividad tan variada, que requiere de un gran conocimiento del medio para poder ser desarrollada. En sus páginas encontrará información detallada sobre los requisitos que hay que cumplir en los diversos países europeos, información que precisa un esfuerzo de actualización importante.

Con su edición, Fundación GUITRANS Fundazioa impulsa la formación y la información en el sector del transporte de mercancías por carretera desarrollando recursos como este manual que se convierten en guías de cabecera para los profesionales experimentados, pero también para aquellos noveles que requieren de herramientas de información ágiles y rigurosas para avanzar y progresar en un sector cada vez más competitivo y regulado.

El Manual del Transporte es una de las aportaciones de Fundación GUITRANS Fundazioa al objetivo de conseguir un sector moderno, competitivo y sostenible.

Si no es socio de GUITRANS y está interesado en adquirir ejemplares de esta práctica guía completa: Fundación GUITRANS Fundazioa, 943-316707, ext. 5,  fundacionguitrans@fundacionguitrans.org