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Plan de Inspección de Transporte por Carretera 2026: la digitalización, la lucha contra el fraude, la morosidad y el control de las 44 toneladas serán los grandes protagonistas


El pasado 10 de diciembre, el Ministerio de Transportes presentó al CNTC el Plan de Inspección de Transporte por Carretera 2026, siendo unas semanas después, concretamente el pasado 29 de enero, cuando ha sido elevado a la Comisión de Directores Generales de Transporte de las distintas CCAA. En la programación inspectora se tiene en cuenta las distintas denuncias provenientes de Asociaciones, Instituciones y de los particulares realizadas en los distintos medios telemáticos implantados en las Administraciones de transporte. Los Servicios de Inspección de Transporte Terrestre pondrán especial atención en la vigilancia de aquellas empresas que presenten una mayor frecuencia infractora. Para ello se utilizará una fórmula matemática europea para identificar y vigilar más de cerca a las empresas que cometen infracciones con mayor frecuencia. Uno de los ejes centrales del Plan será el control del nuevo régimen de masas y dimensiones, tras la modificación del Reglamento General de Vehículos que permite circular hasta 44 toneladas en determinados conjuntos de cinco o más ejes.

Áreas de actuación para 2026

Autorizaciones y Mercado:

  • Se controlará que los servicios de transporte se realizan con autorizaciones de transporte válidas y que se siguen cumpliendo los requisitos de otorgamiento de las mismas.
  • Se vigilará especialmente a los transportistas extranjeros que operan en España (cabotaje) y a las plataformas digitales de transporte.
  • Lucha contra las empresas buzón: se perseguirá a aquellas compañías que se registran en otros países solo para pagar menos impuestos o salarios bajos, pero que realmente trabajan en España.
  • Se controlarán las cooperativas en el sector del transporte en las que no existe una verdadera relación societaria o que estén encubriendo las obligaciones y responsabilidades que son exigidas a las empresas de transportes. Este control se extiende a la detección de los falsos autónomos y fraude fiscal.

Requisitos de los Conductores:

  • En cumplimiento de la Directiva 2006/22/CE, España deberá controlar al menos el 3% de las jornadas de trabajo del sector, lo que en 2026 supondrá 3.325.340 jornadas de conductores.
    De ellas:

    • Al menos el 50% se controlarán en sede de empresa.
    • Al menos el 30% se inspeccionarán en carretera
  • Se verificará que los conductores tengan su certificado profesional (CAP) vigente y, en el caso de conductores de fuera de la UE, que cuenten con el permiso de trabajo necesario.

Transporte de Mercancías:

  • 44 toneladas: tras los cambios legales, se vigilará estrictamente que no se superen estos nuevos límites ya que los excesos de peso sobre la masa máxima autorizada, aparte de los daños que producen en la infraestructura y del peligro que suponen para la seguridad vial, distorsionan la competencia y la ordenación del transporte.
  • Carga y descarga: Se controlará que se respete la prohibición de que los conductores realicen las tareas de carga y descarga de la mercancía, salvo excepciones muy concretas.
  • Morosidad: Se perseguirá a las empresas que tardan más de 60 días en pagar a sus transportistas. Se comprobará:
    • Facturación.
    • Justificantes de pago.
    • Cumplimiento del límite máximo legal de 60 días
    Asimismo, se intensificará el control del cumplimiento de la prohibición de trabajar por debajo de costes, analizando cartas de porte y documentación contractual para verificar que el precio cubre los costes efectivos del servicio.

Actualización de cuantías de indemnizaciones por daños y perjuicios en accidentes de circulación 2026

En el BOE de 18 de febrero pasado se publicó la Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
A través de esta resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, se procede a la actualización de las cuantías de las indemnizaciones por accidentes de circulación en un 2,9 por 100 para el año 2026. Estas cantidades quedan exentas de tributación en el IRPF hasta los límites resultantes por aplicación de lo establecido en el artículo 7.d) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre.
La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acuerda hacer públicas en su Portal de internet http://www.dgsfp.mineco.gob.es/, las cuantías indemnizatorias aplicables durante el año 2026, una vez actualizadas conforme al citado porcentaje.
Entrada en vigor el 19 de febrero de 2026, con efectos desde el 1 de enero de 2026.

Cambios en la inspección y control del transporte de mercancías peligrosas

En el BOE del pasado 21 de febrero se publicó la Resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, por la que se modifica la de 21 de noviembre de 2005, sobre la inspección y control por riesgos inherentes al transporte de mercancías peligrosas. Esta actualización adapta la normativa española a la nueva normativa europea, en concreto, a la Directiva Delegada (UE) 2025/1801.

Anexo I – Lista de control para inspecciones en carretera

Campos principales:

  • Lugar y país del control
  • Fecha y hora
  • Datos de vehículos y carga: matrícula, empresa transportista, conductor y certificados ADR
  • Última dirección y fecha de carga o descarga
  • Número ONU, grupos de embalaje y cantidad de mercancías peligrosas
  • Documentación: instrucciones escritas, certificados ADR, documentos de transporte
  • Operación de transporte: mercancías autorizadas, disposiciones sobre medios de contención, transporte y manipulación
  • Marcado, etiquetado, placas y paneles naranja
  • Equipamiento a bordo
  • Acuerdos bilaterales o multilaterales, normas nacionales
  • Medidas correctoras: denuncia, apercibimiento o inmovilización

Anexo II – Infracciones y categorías de riesgo

Las infracciones se clasifican en tres categorías, según el riesgo que representan:

Categoría I – Mayor gravedad

  • Transporte prohibido o sin identificación de mercancías peligrosas
  • Fuga de sustancias peligrosas
  • Vehículo sin certificado ADR adecuado
  • Incumplimiento de normas de embalaje, manipulación, estiba, marcaje y etiquetado
  • Falta de formación del conductor o consejero de seguridad

Categoría II – Riesgo medio

  • Vehículo con más de un remolque, vehículos deteriorados sin peligro inmediato
  • Incumplimiento de extintores, equipamiento, instrucciones escritas, inspecciones y períodos de uso de embalajes
  • Transportar bultos deteriorados, transporte de personas no autorizadas en unidades de transporte
  • Incumplimiento de disposiciones de seguridad y formación

Categoría III – Menor riesgo

  • Tamaño incorrecto de marcas, etiquetas o paneles
  • Información incompleta en la documentación no crítica
  • Certificado de formación del conductor presente pero no a bordo
  • Falta de identificación con fotografía de la tripulación
  • Presentación fuera de plazo de documentos o informes.

En controles en carretera, la categoría de riesgo determina las medidas a tomar, pudiendo llegar a la inmovilización del vehículo en los casos más graves. Por otra parte, cuando se detecten varias infracciones, solo se tendrá en cuenta a efectos de notificación la de mayor categoría de riesgo.

Prórroga de la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal

En el BOE del pasado 17 de febrero se publicó la Orden INT/96/2026, de 12 de febrero, por la que se prorroga la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal. Así, la validez se extenderá hasta el 4 de marzo de 2027, no siendo necesario la obtención de una nueva tarjeta identidad de extranjero a efectos de cumplir con las obligaciones dispuestas en el artículo 210 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.

ÚLTIMA HORA sobre el proceso de negociación de la jubilación anticipada para conductores profesionales

Tal y como ya anunciamos en su día, en octubre pasado se presentó ante el Ministerio de la Seguridad Social la solicitud para tramitación y posterior aprobación de la jubilación anticipada para los conductores profesionales en el sector del transporte por carretera, solicitud que fue promovida por los sindicatos UGT y CCOO y por las patronales CETM, FENADISMER y FITRANS, de la que forma parte GUITRANS.

Ayer, día 18, se celebró una reunión entre los solicitantes en la que se abordó el requerimiento realizado por el Ministerio de Seguridad Social para presentar los datos de identificación de las personas incluidas en el colectivo de conductores que presten o hayan prestado servicio durante los años 2018-2025, algo que afectaría a un total de 300.000 conductores.

Ante la extrema dificultad que entraña la obtención de estos datos, se ha acordado solicitar una reunión al Ministerio de Seguridad Social para tratar esta cuestión, ya que se entiende que la Tesorería General de la Seguridad Social dispone de esos datos, siendo lo más lógico que sea esta o el Ministerio de Transportes quien los facilite.

Les mantendremos informados.

La Estación de Servicio de MLC en Urnieta refuerza la seguridad de su parking de camiones


La Estación de Servicio MLC situada en Urnieta, dentro de su polígono industrial, continúa avanzando en su compromiso con el transporte profesional y con la mejora constante de los servicios dirigidos a los conductores y a las empresas de transporte. En esta línea, la compañía ha llevado a cabo un importante refuerzo del sistema de seguridad en su parking de camiones mediante la implantación de un nuevo circuito de videovigilancia y un sistema de control de accesos que eleva notablemente el nivel de protección de las instalaciones.

El nuevo sistema incorpora cámaras de última generación, estratégicamente distribuidas para cubrir la totalidad del parking, tanto en accesos como en zonas de estacionamiento. Este circuito de videovigilancia funciona de manera continua, permitiendo una supervisión permanente que aporta tranquilidad a los chóferes durante sus paradas y a las empresas que confían en este espacio para el estacionamiento de sus vehículos. Además, el control de entrada y salida permite una gestión más ordenada y segura del tráfico interno, reduciendo riesgos y mejorando la experiencia de uso.

En un contexto en el que la seguridad es una de las principales preocupaciones del sector del transporte, iniciativas como esta cobran un valor especial. Los conductores pasan muchas horas en carretera y necesitan áreas de parada donde puedan descansar con la certeza de que su camión y su carga están protegidos. Con esta inversión, MLC refuerza su apuesta por ofrecer un entorno fiable, moderno y alineado con las necesidades reales del transporte profesional.

Pero la Estación de Servicio de MLC en Urnieta no destaca únicamente por la seguridad de su parking. El complejo ha sido concebido como un espacio integral pensado para la parada y el descanso. Los chóferes que estacionan en la estación disponen de un hotel cómodo y funcional, el Hotel MLC San Sebastián ideal para realizar una pausa reparadora antes de retomar la ruta. A ello se suman unas duchas amplias y cuidadas, un servicio especialmente valorado por quienes pasan largos periodos lejos de casa y necesitan recuperar confort y bienestar.

Otro de los puntos fuertes de la estación es su tienda de grandes dimensiones, equipada para cubrir las necesidades del día a día del transportista. Desde productos de alimentación hasta artículos básicos para el viaje, la tienda se convierte en un apoyo práctico durante la parada. Todo ello se integra en un entorno accesible, bien comunicado y pensado para optimizar el tiempo de descanso sin renunciar a la comodidad.

Con este conjunto de servicios: seguridad reforzada, descanso, higiene y oferta comercial, la Estación de Servicio de MLC en Urnieta se consolida como un punto de referencia para el transporte en la zona. La mejora del sistema de videovigilancia es un paso más dentro de una estrategia clara: ofrecer a chóferes y empresas un lugar donde parar con confianza, descansar con tranquilidad y continuar su camino con la seguridad de haber elegido un espacio preparado para ellos. Una apuesta firme por el presente y el futuro del transporte profesional.

El antes y el después de una pyme al implantar el eCMR y sus tecnologías de gestión


¿Cómo cambian las operaciones de una pyme cuando adopta la carta de porte digital, el eCMR y tecnologías de gestión? Diversos estudios demuestran ahorros de hasta un 70% de coste y un 60% de tiempo.

La digitalización documental en el transporte ha llegado a un punto de inflexión en 2026 para miles de pymes logísticas. El eCMR y la carta de porte digital van a ser obligatorios a partir de octubre de 2026 en sustitución de sus versiones en papel. Si una cosa buena tiene este cambio es que los documentos digitales permiten eliminar tareas manuales, acelerar la facturación y ofrecer a clientes y cargadores una visibilidad imposible con procesos en papel.

Pero ¿qué cambia realmente en una pyme cuando adopta estas tecnologías? En diversos estudios de nivel europeo, los datos hablan por sí solos de los beneficios que han experimentado las empresas de transporte en diferentes países.

Hemos tomado los datos de los siguientes estudios:

  • Proyecto piloto de Uniontrasporti e IRU “Towards the implementation of the e-CMR system in Italy”.
  • Estudio realizado por la consultora SIRA Consulting Research para el Ministerio de Transporte de Dinamarca (2012).
  • Estudio de la Universidad de Zilina de Eslovaquia “The Impact of Digitization Transport Documents on the Competitiveness of Road Freight Transport Companies” (2026).

El antes: procesos manuales, lentos y con poca visibilidad

Documentos en papel y duplicidad de tareas

La operativa tradicional obliga a imprimir, entregar, firmar, devolver, escanear y archivar cada documento de control. Esto implica tiempos y costes que han sido medidos en varios estudios llevados a cabo:

  • En Italia, el trabajo administrativo por expedición pasa de 50 minutos a 20 minutos, lo que supone una reducción del 60%.
  • En Dinamarca, procesar un pedido de carga manualmente requiere 23 minutos, frente a los 9 minutos al usar eCMR (−60%).

La información de entrega llega tarde

Cuando el soporte es en papel, la información solo llega cuando el conductor regresa o envía una foto improvisada. No es trazable ni auditable.

Visibilidad limitada para el cliente

Sin trazabilidad digital:

  • No se puede saber ubicación real.
  • No se registra el estado del envío en tiempo real.
  • La comunicación entre conductor-tráfico-cliente se dispersa en diferentes vías como WhatsApp, llamadas y fotos no vinculadas.

Facturación retrasada

El ciclo administrativo se alarga innecesariamente porque el documento físico llega tarde.

Un estudio reciente de la Universidad de Zilina de Eslovaquia sobre digitalización documental en Europa indica que el paso a documentación digital acorta de forma muy relevante los plazos de facturación, reduciendo el retraso medio en 11,5 días y liberando un 7% del capital circulante.

El después: operaciones más rápidas, integradas y controladas

Documento electrónico firmado en el momento

El eCMR permite que:

  • El documento nazca digital.
  • Se complete y firme en el dispositivo del conductor.
  • Se sincronice de inmediato.

Las empresas europeas que han participado en pilotos han registrado:

  • Desde un 54% a un 83% de ahorro en costes administrativos, según el piloto Uniontrasporti + IRU.
  • Hasta 70% de reducción de costes administrativos y 60% de agilización en el manejo de documentos.

Trazabilidad y visibilidad en tiempo real

Aunque cada solución lo implementa distinto, las mejoras reportadas son comunes:

  • Mejor seguimiento y trazabilidad de cargas.
  • Integración con sistemas de gestión para reducir errores, mejorar la visibilidad y las conciliaciones documentales.

Ciclo de facturación más rápido

La disponibilidad inmediata del documento reduce tiempos de cobro:

  • Empresas europeas que integran eCMR con sus sistemas pasan de ciclos de facturación de 2 meses a 2–3 semanas.
  • A nivel macro, la digitalización puede ahorrar de 75 a 102 millones de horas de trabajo anuales en Europa, según la Comisión Europea.

Menos errores y mayor seguridad

  • El eCMR reduce errores de transcripción y documentación duplicada.
  • La integridad del documento mejora la relación con clientes y administraciones.

Resumen del impacto real medido en pymes europeas

  • Reducción del tiempo administrativo: 60%
  • Reducción de costes administrativos: 70%
  • Reducción de costes: 54%–83%
  • Mejora del flujo de caja: −11,5 días en retraso de facturación.
  • Reducción de tiempos de cobro: de 2 meses a 2-3 semanas.
  • Liberación del capital circulante: 7%
  • Mejor trazabilidad: Empresas con eCMR reportan mejoras claras en seguimiento y eficiencia.
  • Ahorro europeo estimado: 75–102 millones de horas anuales en tareas administrativas.

Recomendaciones para pymes de transporte

Inicia ya la transición hacia lo digital

No esperes a septiembre y arranca ya tu plan de digitalización de los documentos de control. No solo debes adoptar una solución para el eCMR o la carta de porte. Este cambio implica contar con un ERP o TMS que te permita una gestión más global. Es aquí dónde vas a encontrar el gran cambio y beneficio.

Guitrans colabora con Grupo Igarle para proyectos de digitalización

Grupo Igarle ha creado una solución sencilla y completa para cumplir con el eCMR y la carta de porte digital y todo lo que conlleva. DS TruckBridge es la solución tecnológica que aborda las principales necesidades de gestión, digitalización y cumplimiento legal de las empresas de transporte.

Conoce más en: https://dstruckbridge.com/

Forma a conductores y personal de oficina

La formación y la adaptación requieren un periodo de tiempo y gente experta que os ayude en el camino. Guitrans y Grupo Igarle están aquí para acompañaros.

Ayudas económicas

Como empresa asociada a Guitrans, te ofrecemos la oportunidad de poner en marcha el eCMR y la carta de porte digital, sin que tengas que asumir el coste de implantación inicial.

Nuestro objetivo es que puedas digitalizar tus documentos de control con todas las garantías y sin esfuerzo económico adicional.

Gracias a la colaboración con Grupo Igarle te ayudamos a aprovechar las ayudas y mecanismos de financiación disponibles para que la digitalización obligatoria de tus documentos de control no suponga un nuevo escollo.

Baliza V-16: la Ertzaintza comenzará a sancionar a partir de esta semana por no llevarla a bordo del vehículo

El Departamento de Seguridad recuerda que desde el pasado 1 de enero es obligatorio el uso de balizas V-16. Desde que se puso en marcha esta nueva medida la Ertzaintza ha estado informando y haciendo una labor pedagógica entre las personas conductoras con el fin de informar sobre ella. Tras la fase transitoria de carácter informativo, la Ertzaintza comenzará a sancionar a partir de esta semana las infracciones relacionadas con el incumplimiento de la obligación de utilizar la baliza V16.

No tener la baliza o la no utilización de la misma se considera una infracción leve, que conlleva una sanción de 80 euros. Esta sanción es la misma que se establecía a quienes conducían y no llevaban o utilizaban los triángulos de preseñalización.

Desde el pasado 1 de enero es obligatorio activar la señal de preseñalización de peligro V-16 para señalizar averías o accidentes cuando el vehículo se encuentre detenido en la vía. La baliza  es, desde esa fecha, el único dispositivo de preseñalización de peligro autorizado en la CAVy en el resto del Estado en sustitución de los triángulos de emergencia.

El Tribunal Supremo fija que la pena de privación del derecho a conducir debe ejecutarse de forma ininterrumpida y no fraccionada

Y desestima el recurso interpuesto por un hombre condenado a 7 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros que solicitaba el cumplimiento fraccionado de la pena alegando que era conductor profesional y el trastorno económico-laboral que le iba a ocasionar. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo considera que la privación del derecho a conducir está concebida como una inhabilitación temporal, puesto que el artículo 47 del Código Penal dispone que la imposición de esta pena «inhabilitará al penado para el ejercicio de ambos derechos durante el tiempo fijado en la sentencia».  Añade que la dicción legal no describe una suma de «días de no conducción» susceptibles de reparto, sino un periodo temporal de privación que se proyecta de forma continua desde un dies a quo hasta un dies ad quem. Por ello subraya que “fraccionar ese periodo -abriendo intervalos en los que el penado recobraría la posibilidad de conducir- equivaldría a mutar la pena desde una inhabilitación temporal (privación íntegra del derecho durante un tiempo) a un régimen de restricción intermitente (privación solo en ciertos tramos), modalidad que no está prevista en la ley para esta pena y que, por ello, queda vedada por el principio de legalidad en ejecución”.

Aprobado el Real Decreto que sube un 3,1% el SMI para este 2026

En el BOE de hoy, 19 de febrero, se ha publicado el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026. El real decreto sube el importe para 2026 un 3,1%, hasta los 1.221 euros mensuales en 14 pagas, exento de tributación. El nuevo importe se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.

En el año 2026, el SMI se incrementa 37 euros mensuales en 14 pagas, suponiendo un incremento de 518 euros anuales hasta los 17.094, sin tributación en concepto de IRPF. Desde el año 2018 el SMI ha aumentado un 66%. Un incremento de 485,10 euros al mes y 6.791,4 euros al año.

Según la estimación obtenida con datos a partir de la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2024, la subida beneficiará a unos 2,5 millones de personas trabajadoras.

Las personas trabajadoras en contratos de duración determinada de menos de 120 días no podrán percibir una cuantía inferior a 57,82 euros por jornada legal en la actividad. En el caso de las empleadas de hogar que trabajen por horas en régimen externo no podrán percibir menos de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.

Andalucía, Madrid, Comunitat Valenciana y Cataluña son las comunidades en las que más personas beneficiarias percibirán esta referencia salarial.

Este real decreto entrará en vigor mañana, día 20, y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo fijado en este con efectos desde el 1 de enero de 2026.