Sí. Desde la asociación de transporte francesa O.T.R.E nos confirman que, a pesar de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2019/2144, que exige una serie de elementos de seguridad avanzados de carácter obligatorio que deben incorporar las homologaciones de vehículos nuevos, sigue vigente la obligación de colocar las pegatinas de de señalización de ángulo muerto en los vehículos pesados.
Unai Andueza, nuevo diputado foral de Promoción Económica y Proyectos Estratégicos
En el BOG de 21 de marzo se publicó el cese de Ane Insausti como Diputada del Departamento de Promoción Económica y Proyectos Estratégicos. Le sustituye en el cargo Unai Andueza que ha asumido en los últimos años la responsabilidad de ser director foral de Proyectos Estratégicos (2020-2023) y de Promoción Económica (2023-2025).
Iruña actualiza su protocolo para la descarga de mercancías en horario nocturno
El Ayuntamiento de Pamplona cuenta con un protocolo para la descarga de mercancías en horario nocturno que deben cumplir las empresas distribuidoras autorizadas. El Ayuntamiento tiene concedidas 34 autorizaciones, principalmente a empresas de transporte de productos con destino a supermercados de la ciudad. El protocolo se ha actualizado y se adjunta a la resolución de las autorizaciones concedidas para insistir en la obligatoriedad de su cumplimiento.
El Ayuntamiento de Pamplona va a mantener reuniones con empresas distribuidoras para dar una mejor difusión al protocolo y para desarrollarlo, con la introducción incluso de posibles mejoras. El protocolo se ha actualizado incluyendo una especificación en lo que se refiere al transporte de la mercancía por las aceras. Se añade al protocolo que “en el recorrido por los tramos de acera de acera se deberán instalar algún tipo de estera de caucho, alfombra de goma, manta o similar de espesor suficiente, a fin de evitar el ruido generado al desplazar la transpaleta y las jaulas sobre el dibujo (pastillas) de las baldosas”.
El protocolo de descarga de mercancías en horario nocturno establece una serie de disposiciones que regulan tanto la preparación y la descarga en sí como la labor del personal que participa en los trabajos. Se exige, por ejemplo, señalización de balizamiento e iluminación acorde al vehículo, elementos y condiciones de la vía, que la descarga se realice con el motor del camión parado, que se desconecte en equipo frigorífico de los vehículos hasta que se salga del término municipal o que la apertura del establecimiento, en especial las puertas y persianas metálicas, se realice con especial cuidado evitando ruidos innecesarios.
El personal involucrado en la descarga deberá portar un chaleco reflectante y el conductor del camión se abstendrá de utilizar el claxon y la radio, o de conducir de forma agresiva en especial sin acelerones bruscos. Los elementos que se utilicen para el transporte de mercancías contarán con ruedas de material específico para evitar ruido, el suelo de la cama del camión deberá estar insonorizado y, una vez finalizada la descarga, el tiempo entre el arranque del camión y el abandono del lugar será mínimo, además de que la zona queda despejada y limpia.
El Ayuntamiento de Pamplona quiere insistir en el cumplimiento de este protocolo para evitar molestias a la ciudadanía en el horario nocturno. En el caso de que se detecten incumplimientos, el Ayuntamiento de Pamplona podría proceder a la retirada de las autorizaciones o incluso a sanciones.
Izaskun Goñi Razquin, nueva presidenta del Puerto de Pasaia
El Gobierno Vasco nombrará en la reunión del Consejo de Gobierno del próximo martes 25 de marzo a Izaskun Goñi Razquin como nueva presidenta de la Autoridad Portuaria de Pasaia, en sustitución de Joakin Telleria, que ha cesado en su cargo por jubilación. Con este nombramiento, Izaskun Goñi pasará a ser la primera mujer en ostentar la máxima responsabilidad del Puerto de Pasaia.
Inició su carrera profesional en el campo de la Industria, como responsable de exportación en la empresa Docuworld, en Oiartzun, y como directora general de la empresa Óptima Comunicación en el Parque Tecnológico de Bizkaia, durante 8 años.
En los dos últimos años ha ostentado el cargo de Presidenta no ejecutiva de NHOD Industries, ingeniería francesa de innovación dedicada a la transferencia del conocimiento a la industria, y ha trabajado como miembro del Consejo Asesor de SRT Automotive.
Izaskun Goñi ha sido miembro del Comité Ejecutivo de la Eurorregión NAEN – Nueva Aquitania-Euskadi-Navarra durante 8 años donde trabajó en proyectos transfronterizos de colaboración logística y captando fondos europeos.
También ha ostentado el cargo de Directora General del Departamento de Desarrollo Económico del Gobierno de Navarra durante 8 años, responsabilizándose de las áreas de Industria, Digitalización, Política Económica, Comercio Internacional, Fondos Europeos y Trabajo.
Una empresa de transportes debe tramitar el certificado de conductor no comunitario para un conductor con residencia de larga duración?
No. El artículo 2 de la Orden TRM/59/2025, de 16 de enero, establece que «deberán obtener un certificado de conductor aquellas empresas que realicen transporte público internacional de mercancías por carretera y sean titulares de una licencia comunitaria para cada conductor contratado o empleado salvo que sea trate de nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o residentes de larga duración de acuerdo con la Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración».
Primer paso para reducir la tasa máxima de alcohol en la conducción y la prohibición de la difusión de la ubicación de controles en redes sociales
El Pleno del Congreso ha tomado en consideración este martes la Proposición de Ley sobre la reducción de la tasa máxima de alcohol en la conducción y la prohibición de la difusión de la ubicación de controles en redes sociales. La iniciativa, del Grupo Socialista, comienza su tramitación con 177 votos a favor, 32 en contra y 135 abstenciones.
Según la exposición de motivos, las múltiples reformas de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial “han tenido como hilo conductor la mejora de la seguridad vial. Y en este mismo objetivo deben entenderse las dos medidas objeto de la presente modificación: la reducción de la tasa máxima de alcohol en sangre o en aire espirado permitida para la conducción de vehículos y la prohibición de la difusión de información sobre controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial, claramente complementarias”.
La ley, que se constituye por un artículo único, propone reformar el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
En primer lugar, se añade al artículo 13 la prohibición de “la difusión por cualquier medio, público o privado, de todo dato o información relativa a la ubicación de controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial”.
Asimismo, el artículo 76 señalará que será infracción grave “conducir con tasas de alcohol superiores a 0,1 miligramos por litro de aire espirado o 0,2 gramos por litro en sangre, hasta 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre.” De la misma manera, el artículo 77 recogerá que será infracción muy grave “conducir con tasas de alcohol superiores a 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre, o con presencia en el organismo de drogas”.
También será infracción muy grave “la difusión por cualquier medio, público o privado, de todo dato o información relativa a la ubicación de controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial”.
A su vez, se modifica el artículo 80, que señalará que “las infracciones previstas en el artículo 77c) cuando la tasa de alcohol exceda de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o 1 gramos por litro en sangre, y d) serán sancionadas con multa de 1.000 euros”.
Por su parte, el punto seis modifica el artículo 82, relativo a los controles policiales, que queda redactado de la siguiente manera: “En el supuesto de difusión por cualquier medio, público o privado, de todo dato o información relativa a la ubicación de controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial, el responsable de la infracción será la persona física que difunda el contenido, aunque se sirva para ello de plataformas o servicios de la sociedad de la información, o se trate de redifusiones con origen en otros datos o informaciones de terceros”.
Por último, el punto siete modifica el punto 1 del anexo II, que recoge las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos. De tal modo, la sanción será de seis puntos cuando los valores miligramos por litro aire espirado sean superiores a más de 0,5, o 1 gramo por litro en sangre; de cuatro puntos cuando los valores miligramos por litro aire espirado sean superiores a 0,25 hasta 0,50, o superior a 0,5 hasta 1 gramo por litro en sangre (incluido), y de dos puntos cuando los valores miligramos por litro aire espirado sean superiores a 0,10 hasta 0,25, o superior a 0,2 hasta 0,5 gramos por litro en sangre (incluido).
Tramitación parlamentaria
Al haber superado el debate de toma en consideración, la proposición de ley se remitirá a la comisión competente y se abrirá el correspondiente plazo de presentación de enmiendas a la totalidad y al articulado. En el caso de que se presentaran enmiendas a la totalidad, que solo pueden ser de texto alternativo, se celebrará el debate de totalidad. Una vez celebrado el debate, y si dichas enmiendas son rechazadas, la iniciativa continuará su tramitación en el Congreso. Si la iniciativa resulta aprobada por la Cámara Baja, se remitirá al Senado para continuar su tramitación parlamentaria.
Eslovaquia: desvío del tráfico de mercancías en tránsito desde el puente Prístavný
Según informa ANTRAM, con la información facilitada por CESMAD, apartir de este mes de marzo entrará en vigor una nueva normativa que permitirá el paso por el puente Prístavný (circunvalación de la autopista D1 en Bratislava) únicamente a vehículos con un peso superior a 3,5 toneladas destinados al transporte de mercancías. El tráfico de tránsito se redirigirá desde la D2 (Pečňa – Petržalka) a la D4, desde donde los vehículos accederán a la D1 a través del ramal recientemente inaugurado en el cruce D1/D4.
Si bien el nuevo trazado puede suponer un ligero incremento en las tarifas de los peajes, es una solución eficaz y recomendable si la comparamos con el ahorro de tiempo que supone la menor frecuencia de los atascos.
En caso de infracción de la prohibición de circulación, el conductor podrá ser multado con hasta 1.000 € en procedimiento sumario y con hasta 1.500 euros en procedimiento administrativo.
Presentado el proyecto de conexión entre la A-15 y la N-I en el entorno de Bazkardo, en Andoain
La Diputación Foral de Gipuzkoa ha presentado el proyecto de conexión entre la A-15 y la N-I en el entorno de Bazkardo, en Andoain, que reorganizará la confluencia entre estas dos carreteras mediante una estructura en lazo. La solución planteada prioriza un menor impacto y permite acabar con las retenciones en Bazkardo,mayor foco de atascos diarios de todo el territorio de Gipuzkoa. Con el nuevo diseño, se prevé una mejora significativa en la funcionalidad y capacidad, garantizando una circulación más fluida y minimizando las afecciones a la trama urbana de Andoain, ya que todo el enlace se desplaza más al norte y se aleja del área urbana.
El nuevo trazado partirá desde la salida del túnel de Atorrasagasti y mantendrá los dos carriles hasta la convergencia con la N-I que proviene de Lasarte. El tronco de la A-15 sobrevolará perpendicularmente la N-I y el río Oria mediante una primera estructura de 595 metros de longitud. A continuación, una segunda estructura curva de 215 metros volverá a cruzar la N-I y el río Oria, descendiendo hasta confluir con la N-I en el tramo Tolosa-Lasarte. La configuración final de la calzada incluirá dos carriles de 3,5 metros, arcenes de 2 y 1 metro y barreras de seguridad de 0,6 metros de ancho. Además, se ha previsto la instalación de alumbrado y pantallas antirruido en el primer tramo del viaducto, con el objetivo de minimizar el impacto.
El trazado se divide en las siguientes fases:
· Comienza a la salida del túnel de Atorrasagasti. El ramal de salida al enlace de Buruntza (para los tráficos no de paso) se realizará a través de la margen izquierda de la calzada mientras que se mantienen los dos carriles para los vehículos que circulan en dirección Tolosa (tronco de la A-15).
· El tronco de la A-15 sobrevuela perpendicularmente sobre la N-I y el río Oria mediante una primera estructura que se apoya en la ladera izquierda del valle en una longitud de 70m. La estructura se encuentra apoyada en 8 pilas (9 vanos) y tiene una longitud de 595m.
· A continuación, una segunda estructura curva vuelve a cruzar la N-I y el río Oria y va perdiendo altura hasta aterrizar en la explanada anexa a la calzada “Tolosa – Lasarte” de la N-I. Esta estructura tiene 5 pilas (6 vanos) y una longitud de 215m.
· La confluencia de la A-15 y de la N-I y el paso de 4 a tres carriles finaliza a la altura del paso peatonal actual.
Según el calendario previsto, la redacción del proyecto se llevará a cabo en el segundo semestre de 2025, con la licitación de las obras y el comienzo de éstas a lo largo de 2026.
Consulta al Registro de Empresas y Consejeros de Seguridad

El RD 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español, en el art. 28, establece la obligación que tienen las empresas de comprobar previamente a contratar con otras empresas para realizar cualquier actividad que requiera designar consejero de seguridad, que estas disponen de consejero de seguridad, cuando tal requisito sea exigible. A través de la siguiente aplicación que acaba de poner en marcha el MITMS se puede comprobar respecto de cualquier empresa cuya actividad sea la expedición, el embalaje, la carga, el llenado, el transporte o la descarga de mercancías peligrosas, si dispone de consejero de seguridad adscrito, así como la especialidad en la que están habilitados. Únicamente hay que introducir el NIF de la empresa de la que se quiere consultar los datos.
Recientemente se han actualizado los códigos CNAE, ¿cuál es la equivalencia para las actividades 5225 y 5226, del CNAE-2009, en el CNAE-2025?
Los códigos CNAE son un sistema utilizado en España para clasificar las actividades económicas que realizan las empresas y los autónomos. Una de las funciones más importantes de los códigos CNAE es su uso por parte de la Seguridad Social, ya que estos códigos permiten determinar las bases de cotización y las tarifas de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, según el nivel de riesgo asociado a cada actividad económica. Los códigos CNAE se han actualizado en 2025. La equivalencia para la actividad 5229 del CNAE-2009, en el CNAE-2025 se desdobla en las siguientes:
- 52.25 Actividades de servicios logísticos
- 52.26 Otras actividades auxiliares del transporte
- 52.31 Actividades de intermediación